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La Batalla de Flores de València y Moros y Cristianos de Sant Vicent del Raspeig, declaradas Fiesta de Interés Turístico

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VALÈNCIA, 3 Feb. (EUROPA PRESS) –

La Generalitat Valenciana ha aprobado conceder la declaración de Fiesta de Interés Turístico Autonómico a la Batalla de las Flores de Valéncia, las Fiestas patronales y de Moros y Cristianos de Sant Vicent del Raspeig, el Corpus Christi de València y la Feria de San Antonio de Muro d’Alcoi.

El secretario autonómico de Turismo, Francesc Colomer, ha firmado las resoluciones correspondientes para que estas celebraciones cuenten, a partir de este momento, con el título honorífico de Fiesta de Interés Turístico Autonómico, por lo que pasarán a formar parte del Registro Especial de Fiestas, Itinerarios, Publicaciones y Obras Audiovisuales de Interés Turístico de la Comunitat Valenciana, ha indicado la Generalitat en un comunicado.

Colomer ha valorado estos últimos reconocimientos y ha agradecido el trabajo que llevan a cabo los municipios y entidades que contribuyen a estas celebraciones.

«Nuestras fiestas y tradiciones son los grandes eventos de la Comunitat Valenciana que debemos poner en valor para que nos ayuden a posicionarnos como un mercado atractivo, con opciones muy diversas para atraer visitantes», ha dicho.

En este sentido, ha apuntado que «Turisme Comunitat Valenciana trabaja para que las fiestas se conviertan en una propuesta de valor, que sume relevancia y atractivo al destino Comunitat Valenciana» y ha asegurado que «venir a conocer las distintas formas de celebración y preservación de las tradiciones es, sin duda, una experiencia única que se pueden ofrecer a los distintos mercados nacionales e internacionales, una oportunidad para experimentar la forma de vida y hospitalidad valencianas».

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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