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Valencia

La Comunitat Valenciana, la que suma más disoluciones matrimoniales

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Valencia, 3 dic (EFE).- Las demandas de disolución matrimonial presentadas en el tercer trimestre de 2021 ante los órganos judiciales valencianos bajaron un 21,8% respecto del mismo periodo del año anterior, hasta situarse en una tasa de 5,2 disoluciones matrimoniales por cada 10.000 habitantes, lo que supone con una tasa de 5,2, frente al 4,2 de la media española.

En términos absolutos, sumando todas las modalidades de ruptura de parejas, los juzgados de la Comunidad Valenciana recibieron un total de 2.626 demandas, un 21,8% menos que las registradas en el mismo período de hace un año, según los datos recogidos por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial, que se han dado a conocer hoy.

Por provincias, 1.491 se presentaron en Valencia, 903 en Alicante y las restantes 230 en Castellón. En cuanto a las dos únicas demandas de nulidad matrimonial, una se presentó en Alicante y la otra en Castellón.

En este periodo se interpusieron 1.616 demandas de divorcio consensuado, esto es un 19,7 % menos que las presentadas en el mismo trimestre de 2020, pero un 4 % más de las presentadas entre julio y septiembre de 2019.

Por su parte, los 883 divorcios sin consenso entre los cónyuges supusieron una disminución interanual del 27,4 % respecto del mismo trimestre de 2020 y de un 14 % respecto del 2019.

En cuanto a las demandas de separación, se registraron 81 consensuadas, un 19,8 % menos que el tercer trimestre de 2020 y un 14,7 % menos que el del 2019.

Por lo que respecta a las no consensuadas, se presentaron 44 durante el periodo analizado, que son un 41,9 % más -la única modalidad que se incrementa- que las presentadas el año anterior, y un 2,3 % más que el tercer trimestre del año 2019.

En la provincia de Valencia se presentaron 910 demandas de divorcio consensuadas y 512 contenciosas entre julio y septiembre de 2021. Además, las separaciones de mutuo acuerdo en este periodo fueron 44 y las no consensuadas, 25.

Por su parte, en este tercer trimestre del año, los órganos judiciales alicantinos recibieron 562 demandas de divorcio consensuadas y 300 no consensuados. En cuanto a las separaciones, 28 fueron consensuadas y 13 contenciosas.

En la provincia de Castellón 144 de las demandas de divorcio presentadas fueron amistosas mientras que 71 se registraron sin acuerdo. En cuanto a las separaciones castellonenses, nueve de ellas fueron consensuadas y seis contenciosas.

Las demandas de modificación de medidas consensuadas, de las que se han presentado 290, han disminuido un 16,2 % respecto al tercer trimestre de 2020 en el conjunto de la Comunidad Valenciana, mientras que en 2019 la reducción fue del 8%. Por su parte, las demandas de modificación de medidas no consensuadas, 785, han disminuido un 19,2 % respecto a las contabilizadas un año antes y un 12,6% respecto al año 2019.

Por provincias, 622 demandas de modificación de medidas, tanto consensuadas como no consensuadas, se presentaron en Valencia durante el tercer trimestre de 2021, 349 en Alicante y 104 en Castellón.

En cuanto a las modificaciones de medidas sobre guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales de mutuo acuerdo, se registraron en toda la Comunidad 509 demandas, con una disminución del 21,6 % y un aumento del 39,8 % respecto de las 364 modificaciones presentadas en el mismo trimestre del 2019. Las no consensuadas, 542, se redujeron por su parte un 25,9 % respecto a 2020 y un 12,1% respecto al trimestre analizado de 2019.

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Valencia

La celebración del Festival de les Arts y BigSound, en peligro por una sentencia judicial en València

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Festival de les Arts 2026
Imagen de un concierto en la Ciudad de las Artes de València - EUROPA PRESS

El juez ordena medidas contra la contaminación acústica en la Ciudad de las Artes y reconoce indemnizaciones a vecinos

La Sección de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal de Instancia número 8 de València ha estimado la demanda presentada por vecinos de dos edificios y ha ordenado al Ayuntamiento de la capital adoptar medidas para evitar que el ruido de discotecas y conciertos en la Ciudad de las Artes y las Ciencias vulnere derechos fundamentales.

La resolución judicial incluye la posibilidad de revocar autorizaciones o reubicar eventos y reconoce además el derecho de los vecinos a ser indemnizados por daño moral.

El Ayuntamiento vulneró derechos fundamentales, según la sentencia

Así lo señala el fallo, fechado el 24 de marzo, al que ha tenido acceso Europa Press. El magistrado declara que el Ayuntamiento de València ha vulnerado el derecho fundamental a la intimidad y a la integridad moral de los vecinos demandantes.

Los afectados residen en dos edificios de la avenida Profesor López Piñero, en las inmediaciones del recinto de CACSA, donde se celebran conciertos y eventos. El origen del proceso se remonta a una reclamación presentada en 2022.

Indemnización de 3.000 euros por daños morales

En la resolución, contra la que cabe recurso, el juez condena al consistorio a indemnizar con 3.000 euros a cada vecino demandante. Considera esta cantidad “proporcional” teniendo en cuenta el tiempo durante el que han sufrido las molestias.

El magistrado subraya que no es necesario aportar pruebas médicas para acreditar el daño moral, apoyándose en jurisprudencia consolidada:

  • La exposición continuada a ruido intenso genera daño moral
  • Provoca desasosiego, sufrimiento e incomodidad
  • Supone una merma en la calidad de vida

“El simple hecho de estar sometido de forma continuada a ruidos de ciertas características constituye un daño moral”, recoge la sentencia.

El control del ruido es competencia municipal

El fallo recuerda que corresponde al Ayuntamiento ejercer las inspecciones necesarias para garantizar que las actividades cumplen la normativa, en base a la Ley 7/2002 de la Generalitat sobre contaminación acústica.

Además, aclara que aunque ciertas actividades no requieran licencia previa, esto no elimina el control posterior:

  • El Ayuntamiento debe inspeccionar
  • Puede sancionar incumplimientos
  • Debe garantizar el respeto a la normativa acústica

“El hecho de que las actividades se desarrollen en ese entorno no implica que gocen de patente de corso en materia de contaminación acústica”, señala el magistrado.

“Ruidos insoportables” por conciertos y discotecas

Los vecinos denunciaron que los eventos celebrados en la Ciudad de las Artes y las Ciencias, como conciertos o la actividad de la terraza del Umbracle, generan niveles de ruido “insoportables”.

Según informes periciales:

  • Se registraron niveles de hasta 80 dBA
  • Se superaron los límites legales de 45 dBA nocturnos y 55 diurnos
  • Se detectaron molestias en festivales como Big Sound, Love the 90’s o Festival de les Arts

Estas mediciones evidencian, según los demandantes, una vulneración de los límites acústicos establecidos en la ordenanza municipal.

Falta de control municipal en la zona

El magistrado también critica la actuación del Ayuntamiento, señalando que los controles han sido “escasísimos”, deficientes e ineficaces.

Según recoge la sentencia:

  • No se han realizado mediciones adecuadas en viviendas
  • Se han ignorado numerosas quejas vecinales
  • La mayoría de actas se centran en el Umbracle, sin control sobre conciertos

Además, considera que el consistorio no ha demostrado haber adoptado medidas eficaces para proteger los derechos de los vecinos tras la reclamación.

Postura del Ayuntamiento y de la Generalitat

El Ayuntamiento defendió que no tenía competencia directa, alegando que la Generalitat declaró en 2006 de interés general la Ciudad de las Artes y las Ciencias, excluyendo ciertas actividades de licencia municipal.

También cuestionó los informes periciales al considerar que no medían el ruido de fondo sin actividad.

Por su parte, desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias se ha indicado que la resolución corresponde al Ayuntamiento, mientras que el fiscal se opuso inicialmente a la demanda al no apreciar inactividad municipal suficiente.

El Ayuntamiento estudiará la sentencia

Fuentes municipales han confirmado que los servicios jurídicos del consistorio analizarán el fallo, que no es firme y puede ser recurrido.

Además, recuerdan que los hechos denunciados se remontan a 2018 y que la demanda se presentó en mayo de 2023, antes de la llegada de la actual corporación municipal.

Desde la Ciudad de las Artes y las Ciencias también han señalado que su departamento jurídico está valorando la sentencia.

Un fallo con impacto en el modelo de eventos en València

Esta sentencia puede tener consecuencias importantes en la celebración de conciertos, festivales y actividades en la Ciudad de las Artes y las Ciencias.

El fallo reabre el debate sobre:

  • La convivencia entre ocio y vecinos
  • El control del ruido en grandes eventos
  • El modelo de festivales urbanos en València

La posible reubicación o limitación de eventos marca un punto de inflexión en la gestión de la actividad cultural en la ciudad.

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