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La Comunitat Valenciana, la segunda con más divorcios de España

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La Comunitat Valenciana ha registrado una tasa de disoluciones matrimoniales en el primer trimestre del año de 6,3 por 100.000 habitantes, lo que la sitúa como la segunda con más rupturas, solo por detrás de Canarias (6,4) y por encima de la media nacional de 5,4.

En el conjunto del país, las disoluciones matrimoniales subieron un 5,7 % en el primer trimestre del año, sobre todo las separaciones y los divorcios consensuados, que crecieron un 9,7 % en relación al mismo periodo de 2020.

Son datos del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), que ha hecho públicos este miércoles los datos de las demandas de disoluciones matrimoniales que se presentaron entre el 1 de enero y el 31 de marzo de 2021.

Los incrementos registrados rompen la tendencia a la baja en la disolución de matrimonios de 2020, cuando separaciones y divorcios cayeron un 13,3 %.

En el primer trimestre de 2021 se presentaron 15.048 demandas de divorcio consensuado y 9.290 de divorcio no consensuado, y 723 de separaciones consensuadas y 304 no consensuada.

Estas separaciones no consensuadas descendieron un 14,4 % con respecto al primer trimestre de 2020.

Además, hubo 22 demandas de nulidad matrimonial, una menos que hace un año.

La tasa de demandas de disolución matrimonial en España es de 5,4 por cada 100.000 habitantes: la superan Canarias (6,4), la Comunidad Valenciana (6,3), Cantabria (6), Murcia(6), Baleares (5,8) y Cataluña (5,8).

En el otro extremo, los territorios donde menos gente se divorcia o separa son Madrid (4,3), Castilla y León (4,4) y País Vasco (4,7).

Las demandas de modificación de medidas matrimoniales y no matrimoniales también han experimentado importantes ascensos en el primer trimestre.

Así, las demandas de modificación de medidas consensuadas subieron un 21,4 % en el primer trimestre en relación con el mismo periodo del año anterior (3.496) y las no consensuadas lo hicieron en un 7,4 (8.439).

Por su parte, las modificaciones de medidas de guarda, custodia y alimentos de hijos no matrimoniales consensuadas tuvieron un importante aumento interanual del 34,2 % (hasta las 6.456) y las no consensuadas crecieron un 11,5 % (7.006).

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Le cobran 12 euros por un colgador de bolso en un restaurante de Ibiza 

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colgador bolso restaurante Ibiza 
Restaurante japonés Wakame

La polémica se ha desatado en Ibiza tras conocerse el caso de una clienta que recibió en su cuenta un cargo de 12 euros por un simple gancho para colgar el bolso en la mesa. La asociación FACUA-Consumidores en Acción ha denunciado al restaurante japonés Wakame, ubicado en la isla, por considerar que se trata de una práctica abusiva contraria a la legislación de consumo.

El caso: de una oferta amable a un cobro inesperado

Según relató la afectada en la red social X (antes Twitter), la camarera del establecimiento le ofreció “amablemente” colocar su bolso en un gancho instalado en la mesa. En un primer momento, la clienta rechazó la propuesta, pero la insistencia del personal la llevó a aceptar. La sorpresa llegó al recibir la cuenta, donde figuraba un cargo adicional bajo el concepto «gancho bolsa».

El restaurante ha intentado justificar el cobro alegando que en ocasiones anteriores algunos clientes se llevaban el accesorio pensando que era gratuito. Por ello, aseguran que aplican el importe como “depósito” para evitar olvidos a la hora de retirarlo, afirmando que se descuenta al pagar salvo que el cliente quiera quedárselo.

Sin embargo, FACUA señala que en ningún momento se informó a la consumidora del coste antes de ofrecerle el servicio, algo que la ley obliga a hacer de forma clara y previa. Además, recuerdan que este tipo de colgadores se pueden adquirir en el mercado por poco más de un euro, lo que hace que el cobro resulte “desproporcionado y abusivo”.

Qué dice la ley sobre este tipo de cobros

FACUA fundamenta su denuncia en el Real Decreto Legislativo 1/2007, que aprueba la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. Esta norma prohíbe prácticas comerciales desleales, cobros por servicios no solicitados expresamente y cláusulas abusivas que generen un desequilibrio entre las partes.

Asimismo, el artículo 20 establece que cualquier servicio debe mostrar su precio final completo, incluyendo impuestos y gastos adicionales, antes de que el consumidor lo acepte.

La Ley 7/2014 de las Islas Baleares también sanciona la utilización de métodos de venta que induzcan a pagar servicios accesorios no solicitados o que confundan al consumidor sobre su coste real.

FACUA pide sanciones

Ante estos hechos, FACUA ha solicitado a la Dirección General de Prestaciones, Farmacia y Consumo del Gobierno balear que abra una investigación y, en caso de confirmarse la irregularidad, imponga un expediente sancionador al restaurante.

La asociación recuerda que cualquier establecimiento que quiera cobrar por un servicio opcional debe informar de forma previa y clara al cliente y permitirle decidir libremente si lo adquiere o no. De lo contrario, la ley considera que se trata de un obsequio o atención comercial y no puede cobrarse después.

Un debate que incendia las redes

El caso ha provocado un intenso debate en redes sociales, donde muchos usuarios han criticado el cobro y lo consideran un ejemplo de cómo algunos negocios aplican tarifas abusivas en zonas turísticas como Ibiza. Otros apuntan que, aunque el restaurante intente justificarlo como un “depósito”, el hecho de no informar previamente vulnera los derechos básicos de los consumidores.

FACUA concluye que este tipo de prácticas dañan la imagen del sector hostelero y suponen un riesgo para el turismo de calidad en las Islas Baleares.

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