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La Comunitat Valenciana lidera los divorcios en España

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València, 27 nov (EFE).- La Comunitat Valenciana presenta en la actualidad una tasa de demandas de disolución matrimonial de 6,6 por cada 10.000 habitantes, la más alta junto a Canarias y muy por encima de la media nacional, que se sitúa en el 5,4.

Así se desprende de los datos hechos públicos hoy por el Servicio de Estadística del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ).

El número total de demandas de separaciones y divorcios presentadas en España durante el tercer trimestre de 2020 ha aumentado un 16,6 por ciento respecto al mismo periodo del año anterior.

En la Comunitat Valenciana, ese incremento interanual ha sido del 23,3 por ciento, al pasar de 2.723 demandas a 3.360.

Este repunte del número de procedimientos judiciales relacionados con la ruptura de las parejas se produce después del impacto que el confinamiento, la suspensión de plazos procesales y la adopción de medidas de seguridad e higiene para hacer frente a la covid tuvieron en la actividad de los órganos judiciales entre abril y junio de este año, que se tradujo en notables reducciones en todos los tipos de demandas.

Tras las fuertes disminuciones observadas en el trimestre anterior, se han observado incrementos interanuales en casi todas las formas de disolución matrimonial.

Así, en la Comunitat Valenciana la cifra de demandas por separaciones consensuadas aumentó un 6,3 por ciento (de 95 a 101), mientras que la de divorcios consensuados se disparó un 29,4 por ciento, de las 1.555 registradas entre julio y septiembre de 2019 a las 2.012 contabilizadas en el mismo periodo de 2020.

También aumentaron, en concreto un 18,4 por ciento, los procedimientos de divorcios no consensuados (sin acuerdo entre las partes), desde los 1.027 del tercer trimestre del pasado año a los 1.216 de este año.

Únicamente bajaron las separaciones no consensuadas, de 43 a 31 (un 27,9 por ciento) y las demandas de nulidad matrimonial, de 3 a 0.

Por provincias, Alicante registró en el tercer trimestre del año 695 demandas de divorcios consensuados, 479 no consensuados, 32 de separación sin acuerdo y 12 de separación con acuerdo.

En Castellón estas cifras se situaron, respectivamente, en 199, 103, 4 y 0; y en la provincia de Valencia las demandas de divorcio consensuado ascendieron a 1.118, los divorcios no consensuados a 634, las separaciones con acuerdo fueron 65 y las no consensuadas, 19.

Las modificaciones de medidas de guarda y custodia sin consenso crecieron un 18,5 por ciento, desde las 617 del tercer trimestre del pasado año a las 731 del mismo periodo de 2020.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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