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La defensa de Zaplana recurrirá a la Audiencia Provincial la cuarta negativa de la juez a su excarcelación por riesgo vital

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La defensa del ex ministro y ex presidente de la Generalitat Valenciana, Eduardo Zaplana, recurrirá ante la Audiencia Provincial la negativa de la juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia a dejarle en libertad o arresto domiciliario, tal y como solicitó la semana pasada.

La Audiencia Provincial de Valencia es la siguiente instancia judicial en la que se puede presentar el recurso de apelación y es el único tribunal que puede decidir al respecto. El abogado de Eduardo Zaplana acude a este órgano solicitando amparo, tras las cuatro negativas del Juzgado de Instrucción, y atendiendo al grave riesgo para la vida del paciente, ya que se trata de “una cuestión puramente humanitaria”.

La petición que ha sido denegada se realizó hace una semana tras conocer el tercer informe médico que alerta del “deterioro acusado del estado general” del paciente, y que señala que “la probabilidad de presentar una infección grave con riesgo vital en los próximos tres meses es cercana al 100%”.

El informe mencionado, y que fue enviado a la juez junto a la solicitud de la defensa, lo elaboró el doctor Guillermo Sanz, jefe de Sección de Hematología Clínica y de la Unidad de Trasplante Hematopoyético del Hospital público de La Fe, en Valencia, tras la revisión que realizó al paciente el pasado martes.

La juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia considera que el informe médico está basado en opiniones y/o informes de prensa y por ello no ha querido tener en cuenta el criterio profesional del mismo.

El doctor Sanz, que es el médico que realizó el trasplante de médula en su día al expresidente, especificó que “un retraso de horas en su diagnóstico y tratamiento adecuado comprometería seriamente su vida” y añadía que “al parecer las actualizaciones de tratamiento no se efectúan de forma inmediata debido a las carencias de personal facultativo del centro”.

Precisamente, el pasado 3 de agosto, la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) criticaba la “gran falta de personal” en las cárceles valencianas e informaba de que, en el centro de Picassent, dónde está interno Eduardo Zaplana, “tendría que haber 21 médicos, más un subdirector médico y un subdirector médico adjunto”, pero “de esos 23 solo hay nueve, de los que cinco están de baja médica”, según recogía Europa Press.

Esa misma información también se hacía eco de que en el centro de Picassent “solamente hay un médico de guardia”.

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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