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La defensa de Zaplana recurrirá a la Audiencia Provincial la cuarta negativa de la juez a su excarcelación por riesgo vital

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La defensa del ex ministro y ex presidente de la Generalitat Valenciana, Eduardo Zaplana, recurrirá ante la Audiencia Provincial la negativa de la juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia a dejarle en libertad o arresto domiciliario, tal y como solicitó la semana pasada.

La Audiencia Provincial de Valencia es la siguiente instancia judicial en la que se puede presentar el recurso de apelación y es el único tribunal que puede decidir al respecto. El abogado de Eduardo Zaplana acude a este órgano solicitando amparo, tras las cuatro negativas del Juzgado de Instrucción, y atendiendo al grave riesgo para la vida del paciente, ya que se trata de “una cuestión puramente humanitaria”.

La petición que ha sido denegada se realizó hace una semana tras conocer el tercer informe médico que alerta del “deterioro acusado del estado general” del paciente, y que señala que “la probabilidad de presentar una infección grave con riesgo vital en los próximos tres meses es cercana al 100%”.

El informe mencionado, y que fue enviado a la juez junto a la solicitud de la defensa, lo elaboró el doctor Guillermo Sanz, jefe de Sección de Hematología Clínica y de la Unidad de Trasplante Hematopoyético del Hospital público de La Fe, en Valencia, tras la revisión que realizó al paciente el pasado martes.

La juez del Juzgado de Instrucción número 8 de Valencia considera que el informe médico está basado en opiniones y/o informes de prensa y por ello no ha querido tener en cuenta el criterio profesional del mismo.

El doctor Sanz, que es el médico que realizó el trasplante de médula en su día al expresidente, especificó que “un retraso de horas en su diagnóstico y tratamiento adecuado comprometería seriamente su vida” y añadía que “al parecer las actualizaciones de tratamiento no se efectúan de forma inmediata debido a las carencias de personal facultativo del centro”.

Precisamente, el pasado 3 de agosto, la Agrupación de los Cuerpos de la Administración de Instituciones Penitenciarias (ACAIP) criticaba la “gran falta de personal” en las cárceles valencianas e informaba de que, en el centro de Picassent, dónde está interno Eduardo Zaplana, “tendría que haber 21 médicos, más un subdirector médico y un subdirector médico adjunto”, pero “de esos 23 solo hay nueve, de los que cinco están de baja médica”, según recogía Europa Press.

Esa misma información también se hacía eco de que en el centro de Picassent “solamente hay un médico de guardia”.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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