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Valencia

La defensa del «yonki del dinero»: «Mi cliente cada día dice una cosa»

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La defensa del "yonki del dinero": "Mi cliente cada día dice una cosa"
El "yonki del dinero", Marcos Benavent a su llegada a la Ciudad de la Justicia. EFE/ Biel Aliño
València, 2 may (OFFICIAL PRESS- EFE).- Juan Carlos Navarro, abogado defensor del exgerente de Imelsa y autodenominado «yonki del dinero», Marcos Benavent, ha solicitado la nulidad de las grabaciones realizadas por su cliente y que dieron origen a la macrocausa judicial Imelsa, cuyo primer juicio ha empezado este lunes en los juzgados de Valencia.

En su primera intervención, tras abrirse el turno para las cuestiones previas, Navarro ha solicitado incorporar a la causa determinadas actas notariales que probarían que su defendido no es propietario de una de las firmas a través de la que se distrajeron fondos públicos (Berceo Mantenimientos).

«Soy consciente de la poca credibilidad de mi cliente, que un día dice una cosa y otro otra, pero aquí hay datos objetivos que confirman que Benavent no es socio de Berceo», ha explicado Navarro.

Instantes antes el fiscal anticorrupción, Pablo Ponce, había solicitado, también como cuestión previa, la intervención del suegro de Marcos Benavent, Mariano López, pues fue él quien las entregó a la Fiscalía.

Es previsible que el resto de defensas se adhieran a esta petición del abogado de Benavent, puesto que las grabaciones son eje principal de esta y otras piezas que forman parte del mismo caso.

La sección quinta de la Audiencia Provincial de Valencia juzga a partir de este lunes al autodenominado «yonki del dinero», Marcos Benavent, y otros ocho procesados en la primera de las piezas separadas de la macrocausa Imelsa que llega a juicio.

Constan como posibles responsables civiles subsidiarias cinco empresas y el PP.

Además de Benavent, exgerente de la empresa pública que da nombre a la causa, se sentará en el banquillo otro antiguo cargo del PP valenciano, como es el exvicepresidente de la Diputación de Valencia y exalcalde de Moncada con el PP Juan José Medina.

Los procesados son, además de los ya citados, Rafael García Barat, administrador de la empresa Thematica Events, utilizada para el desvío de fondos; dos jefas de sección del Ayuntamiento de València; el ex director financiero de Imelsa y tres empresarios.

Los delitos por los que podrían ser condenados son prevaricación, malversación de caudales públicos, falsedad en documento mercantil y en oficial realizado por funcionarios, fraude en la contratación y blanqueo de capitales.

La Fiscalía reclama una condena de 8 años y 3 meses de prisión para Benavent, 5 para Medina y 7 para Rafael García como principales responsables.

En la primera sesión está prevista la presentación de cuestiones previas y las declaraciones de tres acusados, entre ellos la de Benavent.

El resto de declaraciones de acusados se ha previsto para los días 4, 5 y 10 de mayo, y las de los testigos los días 12, 17, 18, 19, 26, 30, 31 de mayo y 6 de junio.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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