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La espera para operarse aumenta 71 días en un año en la Comunitat Valenciana, según la OCU

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Madrid/València, 10 dic (EFE).- La Organización de Consumidores y Usuarios (OCU) advierte de que la espera media para operarse en la Comunitat Valenciana ha aumentado 71 días, pasando de 83 a 154 entre los meses de junio de 2019 y 2020, como consecuencia de la desviación de medios y de personal sanitario para contener la pandemia.

A nivel nacional, esa desviación es de 55 días de media, al pasar de 115 a 170 en el mismo período, y el porcentaje de pacientes con una espera quirúrgica superior a seis meses se ha disparado hasta situarse en un 33,8 %, el doble que el 15,8 % registrado hace un año, según ha calculado la entidad a partir de los datos del Sistema Nacional de Salud (SNS) publicados por el Ministerio de Sanidad.

Respecto a la espera media para la primera consulta con el especialista, los tiempos han aumentado de 81 a 115 días en un año, mientras que el porcentaje de pacientes con fecha asignada a más de 60 días ha pasado de un 43 % a un 53 %.

Las comunidades autónomas con las esperas quirúrgicas más largas son Castilla-La Mancha, Cataluña y Andalucía, que registran 269, 223 y 212 días de media respectivamente.

Castilla-La Mancha es también la comunidad donde más han aumentado los tiempos de espera para operarse, con un incremento de 120 días, seguida de Castilla y León (94) y de Cataluña (77).

Por contra, Madrid (42), Melilla (52) y Asturias (52) son las autonomías con las esperas quirúrgicas más bajas en cifras absolutas y las únicas que, pese a la contingencia sanitaria, han conseguido reducir sus tiempos medios, en 4, 8 y 19 días respectivamente.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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