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La factura del gas sube un 8% a partir del 1 de enero

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Inauguraremos el año con una fuerte subida del gas. Quienes tengan la tarifa 3.2 TUR verán como calentar la casa les resulta un 8,2% más caro desde el 1 de enero, de nuevo, el gas se dispara para dejarnos tiritando en los meses más fríos del año según analiza la Organización de Consumidores (OCU).

Gas más caro para empezar 2018

El precio del kWh de la tarifa regulada de gas TUR sufrirá desde el próximo lunes 1 de enero una importante subida, que afectará tanto a los hogares con tarifa 3.1, para quienes la subida será del 7,1%, y para los que tienen contratada la tarifa 3.2, que normalmente se calientan con calefacción a gas y son los que más consumen estas fechas, para quienes el incremento será 8,2%.

En la práctica esto supone que un hogar con un consumo medio (9000 kWh al año con tarifa 3.2), verá que por el mismo importe que pagaba en 2017, en 2018 tendrá 21 días menos de suministro de gas.

La sensible subida del kWh no se ve apenas atenuada por la casi inapreciable bajada del término fijo que se paga por tener acceso al suministro de gas, y solo se ve en parte paliada por la revisión del precio del alquiler del contador que se reduce significativamente y recorta en 13,5 euros el total de la factura anual del gas.

En abril toca revisión

El precio regulado es trimestral: en abril volverá a revisarse la TUR, y entonces puede subir o bajar… pero en cualquier caso, como el mayor consumo se realiza en estos meses invernales, incluso aunque se produjera una hipotética bajada el próximo trimestre difícilmente compensaría el sobreprecio de estos primeros meses.

Este incremento en principio solo afecta a los clientes con tarifa TUR: a los hogares que están en el mercado libre con tarifas pactadas con su comercializadora no se les aplicará ahora la subida de manera directa, pero es previsible que el incremento de precio se deje sentir en las próximas revisiones de tarifa.

Fuente: OCU

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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