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Valencia

La Generalitat pide a la jueza de la F1 que determine si se desvió dinero en los costes del circuito

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VALÈNCIA, 3 Jun. (EUROPA PRESS) – La Abogacía de la Generalitat ha solicitado a la magistrada del Juzgado de Instrucción número 17 de València, que ha instruido la causa por presuntas irregularidades en la construcción del circuito urbano de F1, en la que ha procesado al expresidente de la Generalitat Francisco Camps y otros ex altos cargos y empresarios, que como diligencias complementarias o suplementarias acuerde que los medios técnicos que correspondan determinen si hubo desviación en los costes de la obra, que no pudo analizar el Interventor en su informe.

Según ha podido saber Europa Press, esta ha sido la petición que la Abogacía de la Generalitat ha formulado en un escrito presentado ante la jueza, después de que la magistrada acordara, en un primer auto del pasado 2 de mayo, el procesamiento de Camps; del que fuera su vicepresidente Vicente Rambla; del exconseller de Infraestructuras Mario Flores y a cargos del Ente Gestor de la Red de Transporte y Puertos de la Generalitat (GTP) y empresarios, en la causa por la construcción del circuito urbano de la Fórmula 1 en València, una actuación que supuso un coste cercano a los 89 millones de euros entre 2007 y 2008.

La magistrada sostenía que Camps «capitaneó» al resto de procesados para obtener un «rédito político y personal» como «máxime artífice» de un evento de interés mundial y daba traslado a Ministerio Fiscal y Abogacía de la Generalitat para que en el plazo de diez días formularan escrito de acusación, pidieran apertura de juicio oral, el archivo de la causa o solicitaran la práctica de diligencias complementarias.

En el caso de la Fiscalía, ha pedido por dos veces el sobreseimiento de las actuaciones al considerar que no existen elementos de prueba suficientes para calificar los hechos, a nivel de indicios, por los delitos de prevaricación –que sería administrativa y estaría prescrita– ni de malversación.

Y en cuanto a la Abogacía de la Generalitat, ha formulado dos peticiones en este caso: en primer lugar, el procesamiento de Belén Reyero, asesora de Camps, al considerar que no era una «convidada de piedra», un extremo sobre el que ya se pronunció la jueza desestimándolo, y ahora solicita diligencias complementarias para que, a través de medios técnicos, se concrete si hubo desviación en los costes de la construcción del circuito.

La Abogacía ha presentado este escrito ante la jueza un día antes de vencer el plazo para contestar a su petición sobre la causa de las asistencias técnicas y contratos de construcción del circuito.

La magistrada, en sus autos de 2 de mayo y 23 de mayo, daba la posibilidad de solicitar diligencias suplementarias y/o complementarias para que se realizara un informe técnico sobre lo que el Interventor de la Generalitat, que actuó en calidad de perito judicial, advirtió en su informe de que «no tenía la competencia técnica» para pronunciarse sobre esos costes.

En concreto, el Interventor dijo que no se disponía del «criterio técnico suficiente» para poder pronunciarse sobre los presupuestos base de licitación y los precios de los contratos; las valoraciones técnicas realizadas en los informes de evaluación de las ofertas técnicas de los licitadores y las puntuaciones asignadas como consecuencia de éstas y sobre las circunstancias técnicas de la necesidad de tramitar las modificaciones de los contratos.

Por estos motivos, la Abogacía pide que ese extremo que el Interventor admite que no ha podido analizar, «se examine por los medios técnicos que correspondan».

INFORME CUANDO YA ESTABA CERRADA
Esta acusación recuerda en su escrito que conoció el informe del Interventor cuando ya estaba cerrada la causa –que subraya que no se declaró compleja– y por este motivo solicita ahora estas diligencias suplementarias y/o complementarias, «dado que es el Interventor el que dice que no tiene la competencia técnica para acreditar de forma material si hubo desviación en los costes del circuito», según ha podido saber Europa Press.

En el último auto de 23 de mayo la jueza decidió rechazar el archivo de la causa y cargó contra Fiscalía al considerar «sorprendente» y «poco seria» la petición formulada en este sentido por Anticorrupción, entre otras razones, al ser precisamente este órgano quien presentó la querella inicial que dio lugar al procedimiento.

Así mismo, rechazaba la argumentación del ministerio público de la prescripción de los hechos «al no observarse el plazo de 15 años por el delito con pena más grave, el delito continuado del artículo 432.2 del Código Penal (malversación de caudales públicos), tal y como se infiere y corrobora del resultado de las restantes diligencias de instrucción e investigación practicadas».

Además, añadía que el contenido del informe de la Intervención General de la Generalitat, donde se señalaba que no se constatan hechos o circunstancias que permitan apreciar la existencia de un perjuicio económico directo para la Generalitat, evaluable económicamente, derivado de la adjudicación de los expedientes analizados, «no implica ni que no exista perjuicio económico ni menos aún malversación de caudales públicos» y que, por ende, sea de apreciación esa prescripción.

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Valencia

Golpe definitivo al rooftop del Ateneo: el Ayuntamiento tumba la licencia de la terraza lounge

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El Ayuntamiento de València ha confirmado de forma definitiva la denegación de la licencia ambiental a la terraza lounge del Ateneo Mercantil, situada en la última planta del emblemático edificio de la Plaza del Ayuntamiento. La decisión supone un serio revés para el proyecto Atenea Sky, que aspiraba a consolidarse como uno de los espacios de ocio más exclusivos del centro de la ciudad.

La resolución, adoptada por la Junta de Gobierno Local el pasado 6 de febrero, desestima por completo el recurso presentado por el Ateneo contra la negativa municipal dictada en agosto de 2025, poniendo fin —al menos por la vía administrativa— a un expediente iniciado hace más de una década.

Una licencia “incompatible” con el edificio y la normativa

El Ayuntamiento rechaza los argumentos del Ateneo, que defendía la existencia de silencio administrativo positivo y sostenía que la actividad del rooftop formaba parte del uso sociocultural del inmueble. Según el acuerdo municipal, esta interpretación no se ajusta a la realidad.

Los técnicos concluyen que se trata de una licencia independiente y específica, desvinculada del resto del edificio, y que la actividad planteada no puede considerarse sociocultural. El proyecto describe un espacio con ambiente musical, servicio de comidas y bebidas, amplio horario y acceso directo desde la calle Moratín, características más propias de un local de ocio nocturno que de un uso restringido a socios.

El ruido y la protección patrimonial, claves del rechazo

Uno de los puntos determinantes ha sido la amenización musical. El Ayuntamiento señala que, para autorizarla, serían necesarias medidas correctoras de cubrición que chocan frontalmente con la protección patrimonial del edificio.

Además, cualquier intervención sobre la terraza afectaría a la envolvente del inmueble, lo que tendría un impacto sobre todo el edificio protegido, algo que la normativa urbanística y acústica vigente no permite.

Cierre administrativo, pero con opción de recurso

En su conclusión, el acuerdo municipal es tajante: la licencia solicitada es incompatible tanto con el planeamiento urbanístico como con la protección específica del Ateneo Mercantil y la regulación acústica de València.

El Ateneo dispone ahora de un plazo de dos meses para interponer recurso ante los tribunales si decide continuar la batalla legal.

 

GALERÍA| La espectacular fiesta de aniversario de Atenea Sky

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