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Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

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La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

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Valencia

La Generalitat lanza un nuevo bono térmico de 397 euros sin necesidad de presentar solicitud

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bono térmico Generalitat
PEXELS

La Generalitat Valenciana ha dado un paso decisivo para proteger a los hogares más vulnerables tras los devastadores efectos de la DANA del 29 de octubre de 2024. El Consell ha aprobado una ayuda urgente de 18 millones de euros destinada a asumir los sobrecostes energéticos del invierno en viviendas que siguen arrastrando daños estructurales, humedades y pérdida de sistemas de calefacción a causa de las inundaciones.

Esta medida, planteada como un bono térmico extraordinario, busca prevenir situaciones de pobreza energética en miles de familias que ven cómo sus condiciones de habitabilidad empeoran con la llegada del frío.


397 euros por vivienda: a quién va dirigida esta ayuda térmica

Cada familia afectada recibirá 397,93 euros de ayuda directa. El objetivo es cubrir necesidades básicas de climatización, calefacción o sustitución de aparatos dañados por las inundaciones, así como compensar el aumento del gasto energético derivado de las condiciones insalubres que aún sufren muchos hogares.

Este bono térmico está diseñado para tres grupos de beneficiarios claros:

1. Titulares de la Renta Valenciana de Inclusión (RVI)

Personas que ya se encuentran en situación de vulnerabilidad económica y que, tras la DANA, han visto agravadas sus condiciones de vida.

2. Perceptores de prestaciones no contributivas

Hogares con ingresos limitados que dependen de ayudas estatales o autonómicas para subsistir.

3. Afectados que ya recibieron ayudas previas por pérdida de bienes esenciales

Se trata de quienes fueron incluidos en el marco del Decreto 163/2024, que regula las ayudas por daños en viviendas y enseres tras la catástrofe.


Una ayuda automática: no hará falta presentar solicitud

Una de las claves del programa es su gestión automatizada. La Generalitat concederá el bono térmico de oficio, sin que los beneficiarios tengan que realizar ningún trámite.

La administración autonómica cruzará los datos que ya constan en sus registros oficiales para identificar a las familias afectadas.
Una vez verificadas, la ayuda se abonará directamente mediante transferencia bancaria, garantizando rapidez, seguridad y la eliminación de cargas burocráticas.

El Consell destaca que este modelo permite una respuesta “rápida y eficaz”, algo esencial en un contexto en el que miles de hogares aún no han recuperado la normalidad un año después de la catástrofe.


Exento de IRPF y compatible con otras prestaciones

Otro de los puntos más relevantes desde el punto de vista económico es que este bono térmico DANA no tendrá que declararse en el IRPF. Además:

  • No computará como ingreso para la Renta Valenciana de Inclusión.

  • No afectará a la percepción de otras prestaciones sociales.

  • No reducirá ayudas vigentes por vulnerabilidad o dependencia.

De esta forma, el Gobierno valenciano garantiza que el bono térmico suma, pero no resta, un aspecto clave en un momento en el que muchas familias están al límite.


Una ayuda ampliable si la demanda supera la previsión

El Consell ha dejado abierta la posibilidad de ampliar la dotación económica de los 18 millones iniciales si la situación lo requiere. Con ello se pretende asegurar que ningún hogar afectado por la DANA quede fuera del bono térmico por falta de presupuesto.

Esta medida forma parte de un paquete de actuaciones que la Generalitat continúa desplegando para aliviar las consecuencias de un desastre meteorológico que todavía condiciona la vida de miles de valencianos.

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