Síguenos

Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

Publicado

en

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

Autorizan a estos siete municipios a modificar el calendario escolar por Fallas

Publicado

en

La Conselleria de Educación ha autorizado a siete nuevos municipios de la Comunitat Valenciana a modificar el calendario escolar del curso 2025-2026 para ampliar los festivos durante la semana de Fallas.

 

Con esta decisión, ya son más de una treintena de localidades las que podrán adaptar sus días lectivos ante el impacto de las celebraciones falleras.


📅 Nuevos municipios autorizados y fechas

Los cambios aprobados afectan a las siguientes localidades:

  • 16 de marzo: Picassent y la Pobla Llarga

  • 17 de marzo: Albal, Moncada, Quart de Poblet y Silla

  • 18 de marzo: l’Alcúdia

Estas autorizaciones se suman a las ya concedidas previamente a municipios como Alaquàs, Paiporta, Carlet, Oliva, Catarroja, Alboraia, Sagunto, Almàssera, Benifaió, Alzira, Godella, Alfafar, Utiel, Bonrepòs i Mirambell, El Puig, Aldaia, Picanya, Mislata, Gandia, Burjassot, Xirivella, Paterna, Xàtiva y Torrent, entre otros.


Más de 40 solicitudes para modificar el calendario

La Conselleria ha recibido más de 40 peticiones para ampliar los festivos escolares durante la semana grande de las Fallas 2026.

  • 37 municipios solicitaron el cambio para el 16 y/o 17 de marzo.

  • Cuatro municipios pidieron modificar el calendario para el 18 o el 20 de marzo.

La tramitación corresponde a la Dirección General de Centros Docentes, que evalúa cada solicitud una vez recibida toda la documentación necesaria.


Requisitos para autorizar el cambio

Desde Educación explican que las modificaciones solo se aprueban cuando existe una justificación documental clara y suficiente de excepcionalidad.

Entre los requisitos exigidos se incluyen:

  • Informe favorable de la Dirección Territorial e Inspección Educativa.

  • Acuerdo del Consejo Escolar Municipal.

  • Informe de la Policía Local u organismos competentes que acrediten problemas de movilidad o alteraciones que afecten al normal desarrollo de la actividad educativa.

Las solicitudes que no cumplan estos criterios no pueden ser estimadas.


Una medida puntual y sin precedentes

La Conselleria ha subrayado que estas autorizaciones tienen carácter excepcional y puntual, y que no generan precedente para futuras solicitudes.

Asimismo, recuerda que los Consejos Escolares Municipales son los responsables de fijar los tres días festivos locales que se incluyen en el calendario al inicio de cada curso.


Fallas 2026 y organización escolar

El elevado número de peticiones responde al impacto que las Fallas generan en la movilidad y en el funcionamiento habitual de los centros educativos, especialmente en municipios con intensa actividad festiva.

Desde Educación recalcan que el objetivo es garantizar que cualquier modificación del calendario escolar responda exclusivamente a situaciones reales y debidamente acreditadas.

 

 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo