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Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

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La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

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Valencia

Juanfran Pérez Llorca declara ante la jueza de Catarroja por la dana del 29-O y las llamadas a Salomé Pradas

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Juan Francisco Pérez Llorca perfil
El presidente de la Generalitat valenciana en funciones, Carlos Mazón, comparece ante la comisión de la dana, en el Congreso de los Diputados, a 17 de noviembre de 2025, en Madrid (España). - Eduardo Parra - Europa Press

Sigue la última hora de la investigación de la justicia en la gestión de la DANA:

València, 21 de noviembre de 2025 – El candidato del PP a suceder a Carlos Mazón como ‘president’ de la Generalitat Valenciana, Juanfran Pérez Llorca, comenzó a declarar este viernes ante la jueza de Catarroja por la dana del 29 de octubre de 2024, que causó 229 víctimas mortales, sobre las 11.45 horas.

La citación de Pérez Llorca se produce tras las llamadas que realizó ese día a la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, investigada en la causa, y cuyo análisis puede aportar información relevante sobre la gestión de la emergencia.

Detalles de la declaración

La magistrada justificó la comparecencia de Pérez Llorca como testigo al considerar que sus intercambios telefónicos con Pradas pueden ayudar a esclarecer la toma de decisiones en el Cecopi y la gestión del envío de alertas a la población.

Según el auto judicial, las llamadas registradas incluyen:

  • 18:57 horas: llamada perdida a Pradas.

  • 18:58 horas: llamada saliente de 14 segundos.

  • 18:59 horas: llamada entrante de 9 segundos.

Estas comunicaciones se enmarcan en un contexto donde Mazón también realizó varias llamadas a su síndic entre las 18:16 y las 18:30 horas, lo que la jueza considera necesario “para poner en contexto la información disponible a cada integrante del Consell y valorar cómo pudo influir en la toma de decisiones”.

Relevancia del testimonio

La magistrada subraya que el testimonio de Pérez Llorca es relevante para entender la coordinación del Consell durante la dana y cómo la información recibida —o la falta de ella— pudo afectar las decisiones que posteriormente influyeron en los daños personales ocurridos.

Asimismo, el auto de la Audiencia Provincial de Valencia recuerda que Mazón, como presidente de la Generalitat y máximo responsable del Consell, tenía funciones directivas y de coordinación, pudiendo impartir instrucciones a los miembros del gobierno, lo que contextualiza la importancia de las llamadas entre Mazón, Pradas y Pérez Llorca.

La jueza de la dana solicita a Emergencias las imágenes de la llegada de Carlos Mazón al CEE el 29O con hora de entrada

La jueza de Catarroja (Valencia) que investiga la gestión de la dana de octubre de 2024 ha solicitado a la Conselleria de Emergencias que le remita, en un plazo de tres días, las imágenes en las que Carlos Mazón, presidente de la Generalitat Valenciana en funciones, aparece entrando en el Centro de Coordinación de Emergencias (CEE) de l’Eliana el 29 de octubre de 2024, indicando la hora exacta de su llegada.

El auto de este jueves se produce tras recibir un oficio de la Subdirección General de Emergencias, que respondía a una petición previa de la magistrada sobre la grabación de la llamada realizada a las 20:08 horas del 29 de octubre de 2024. La llamada, entrante en el teléfono corporativo del técnico de Emergencias que validó el Es-Alert, tuvo una duración de 2 minutos y 35 segundos y fue realizada desde el contacto “1·1·2 CoordCom”.

Según la jueza, uno de los aspectos más relevantes de la investigación es analizar tanto el retraso en el envío de alertas a la población como su contenido. El técnico que validó la alerta declaró que tardó tres minutos en remitir el aviso de las 20:11 horas, pero la magistrada señala que el tiempo real fue menor: 2 minutos y 35 segundos, según la grabación de la llamada en la que el subdirector de Emergencias, Jorge Suárez, instruyó al técnico para descartar un mensaje anterior y validar el que finalmente se envió.

El auto también destaca que la validación del mensaje Es-Alert no requería autorización de ninguna autoridad nacional ajena a la dirección de la emergencia, correspondiendo únicamente a la Generalitat Valenciana, y que se realizó en menos de tres minutos.

La magistrada considera que esta diligencia es relevante para el análisis del proceso de decisión de la entonces consellera de Justicia e Interior, Salomé Pradas, y subraya que las funciones del presidente de la Generalitat incluyen tanto las acciones presenciales como las decisiones comunicadas telefónicamente.

Por ello, la jueza acuerda recabar las imágenes de la llegada de Carlos Mazón al CEE de l’Eliana el 29 de octubre de 2024, indicando la hora exacta de entrada en las dependencias, como parte de la investigación sobre la gestión de la dana en la Comunitat Valenciana.

 

Carta abierta de Maribel Vilaplana sobre su comida con Mazón

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