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Valencia

La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo

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La jueza no impone la prisión permanente al asesino de Marta Calvo
La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida. EFE/Biel Aliño/Archivo
València, 1 sep (OFFICIAL PRESS-EFE).- La presidenta del Tribunal del Jurado que enjuició a Jorge Ignacio Palma, el asesino de Marta Calvo, Lady Marcela y Arliene Ramos, no considera aplicable la prisión permanente al acusado porque éste no había sido condenado con anterioridad por delitos contra la vida.

Según consta en la sentencia de la Audiencia de Valencia, la magistrada Clara Bayarri expone que los términos del artículo 140 del Código Penal «son claros en su tenor literal: la pena de prisión permanente revisable solo puede imponerse: ‘al reo de asesinato que hubiera sido condenado por la muerte de más de dos personas’ (…) La ley utiliza el tiempo verbal del pretérito pluscuamperfecto, también llamado antepretérito, que solo puede hacer relación a que hubiera sido condenado con anterioridad. Lo que no acaece en el caso”, razona.

Asimismo, argumenta que la reiteración delictiva y la ausencia de incidencia en la conducta del acusado “no opera en este caso en que, atendida la (…) indebida acumulación de los distintos procedimientos, es la primera sentencia condenatoria que tiene por dar muerte a otras personas”.

Del mismo modo -prosigue- tampoco procede la aplicación de la prisión permanente en aplicación de lo dispuesto por el artículo 140.1.2º del Código Penal, que la prevé cuando el asesinato es “subsiguiente” al delito contra la libertad sexual cometido sobre la víctima.

En los casos aquí juzgados “la agresión sexual es el medio con el que se comete el asesinato, que es fin primordial del sujeto activo desde un principio, por lo que el delito contra la vida no es ‘subsiguiente’ al delito contra la libertad sexual, sino coetáneo e intrínseca e indisolublemente unido a éste”, precisa.

En relación a la ocultación del cuerpo de Marta Calvo, la magistrada absuelve a Jorge Ignacio Palma del delito contra la integridad moral del que estaba acusado por no revelar el lugar donde ocultó el cadáver, al no haber quedado acreditado que con dicha conducta pretendiera causar un dolor añadido a los padres de esta joven, entre otros motivos.

En aplicación del veredicto del jurado, la magistrada que presidió el Tribunal le considera autor de un delito contra la salud pública; un delito contra la libertad e indemnidad sexuales; seis delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con seis delitos de asesinato alevoso en grado de tentativa y de tres delitos contra la libertad e indemnidad sexuales en concurso ideal con tres delitos de asesinato alevoso consumados.

La magistrada aplica en las agresiones contra estas diez mujeres la agravante de discriminación por razón de género e impone al reo tanto prohibiciones de aproximación o comunicación con las perjudicadas como medidas accesorias de libertad vigilada una vez concluya el cumplimiento efectivo de las condenas.

La sentencia fija, además, indemnizaciones para siete víctimas y para los familiares de otras tres, fallecidas, que ascienden en total a 640.000 euros.

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Valencia

Investigan a una falsa médica por realizar tratamientos estéticos ilegales en Valencia

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falsa médica tratamientos estéticos Valencia
Investigan a una falsa médica por realizar tratamientos estéticos ilegales en Valencia-GUARDIA CIVIL

La Guardia Civil, en el marco de la operación ‘Zubar’, ha investigado a una mujer de 36 años por realizar cientos de tratamientos estéticos sin estar habilitada para ello, en distintos centros de la provincia de Valencia y, en algunos casos, en su propio domicilio.

Investigación iniciada tras una denuncia en Sueca

Tras una denuncia presentada en marzo por parte de una profesional de la rama sanitaria en la que exponía que una persona estaba realizando tratamientos con fines estéticos en una peluquería de la localidad de Sueca (Valencia), sin ningún tipo de control sanitario y no estando habilitada para ello, la Guardia Civil dio comienzo a la investigación, según ha informado el Instituto Armado en un comunicado.

Continuando con la investigación, los agentes comprobaron cómo esta persona estaba actuando en múltiples establecimientos de la provincia, donde se presentaba como doctora y realizaba numerosos tratamientos estéticos como aumento de labios y pómulos, rinomodelación o infiltraciones de toxina botulínica, entre otros. Asimismo, a través de sus redes sociales, la investigada difundía los tratamientos realizados.

Titulación en odontología pero sin autorización para medicina estética

De ese modo, los agentes localizaron los centros donde desarrollaba estas actividades y averiguaron que la supuesta doctora estaba graduada en odontología por una universidad privada. Una vez que los agentes contactaron con las autoridades sanitarias competentes en materia de estética y en competencia profesional, para solicitar información acerca de la potestad de la citada facultativa para realizar este tipo de tratamientos, se comprobó que solo están reservados en exclusividad a los médicos especialistas en medicina estética, existiendo conformidad por parte del Colegio de Médicos con el Colegio de Estomatología y Odontología.

De los testimonios recogidos por los agentes, tanto de los centros donde había desarrollado la actividad la investigada, como de varias clientas que se habían realizado tratamientos estéticos, se comprobó que esta persona había realizado cientos de tratamientos.

Más de 80 clientas y 180 tratamientos documentados

80 clientas registradas y más de 180 tratamientos

Contaba, al menos, con 80 clientas registradas en los centros, y con más de 180 tratamientos de toxina botulínica en tercio superior y ácido hialurónico, documentados y firmados por la presunta doctora. Algunas de las clientes manifestaron haberse realizado tratamientos en el propio domicilio particular de la supuesta doctora.

Igualmente, se comprobó que la mayoría de los centros, donde la supuesta doctora había realizado los tratamientos estéticos, no presentaban la licencia administrativa correspondiente, autorizada y emitida por la Conselleria de Sanidad de la Comunitat Valenciana, para ofertar y realizar estos tratamientos (Permiso U48).

Además, muchos de estos centros no disponían de ningún tipo sistema de refrigeración para mantener los productos, medios para la correcta gestión de los residuos biológicos generados, así como de las condiciones legalmente exigidas para poder ofertar dichos tratamientos.

Delitos investigados y posible riesgo para la salud pública

Por tal motivo, se procedió a investigar a la supuesta doctora, una mujer de 36 años, por un delito de intrusismo profesional, un delito contra la salud pública mediante suministración de medicamentos (toxina botulínica), así como un delito de falsedad documental.

Cabe destacar que no se ha podido constatar la legalidad y trazabilidad de los productos sanitarios suministrados, por lo que se presupone que fueron adquiridos por la supuesta doctora de una manera ilegal no siguiendo los cauces legales, tanto para su obtención como para su manipulación.

Recomendaciones de la Guardia Civil antes de someterse a tratamientos estéticos

Por ello, la Guardia Civil aconseja a los usuarios interesados en este tipo de tratamientos que, antes de realizarlos, procedan a asesorarse por profesionales cualificados, evitando de este modo poner en riesgo su salud. La mala aplicación de un tratamiento estético por parte de una persona no autorizada para ello y sin garantías de que el producto esté bien conservado, recuerda, puede llegar a costarle la vida.

La investigación ha sido llevada a cabo por agentes del Puesto Principal de Sueca y dirigida por el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 5 de Sueca.

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