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‘La Manada’ paga hoy la fianza que les da la libertad provisional

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La Audiencia de Navarra ha decretado la libertad provisional bajo fianza para los cinco miembros de ‘la Manada’ condenados a nueve años de prisión por abusos sexuales (y no violación) a una joven durante las fiestas de San Fermín del 2016.

Entre las razones para dejarlos libres, la Audiencia destaca que los condenados han perdido el anonimato, lo que hace «menos que impensable» el riesgo de reiteración delictiva y complica también la posibilidad de que se fuguen. Además, alega que viven a más de 500 kilómetros de la víctima, que no tienen antecedentes por delitos sexuales, que no tienen dinero para «procurarse una fuga eficaz» y que la alarma social no justifica mantenerlos en prisión preventiva. Con respecto a la reiteración delictiva, la Audiencia de Navarra incide en el auto en que «ninguno de los acusados ahora condenados» cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados. El auto ha tenido en cuenta, además, «que los acusados tienen residencia a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima» y que se puede tranquilizar el sosiego de la víctima con otras medidas que sean «menos gravosas que la prolongación de la situación provisional».

El abogado de cuatro de los cinco miembros de La Manada, Agustín Martínez Becerra, ha avanzado que sus defendidos depositarán la fianza «lo más rápido posible» tras haberse notificado el auto de libertad pasadas las 08.30 horas de este viernes. En declaraciones a Onda Vasca, Martínez Becerra ha dicho que «confiaba en esta decisión» igual que confía «en la inocencia» de sus defendidos. «No discutimos la violencia contra las mujeres, sino un caso particular en el que, por mucho que les pueda molestar, son inocentes», ha reiterado. Asimismo, ha defendido que la prisión provisional es algo «excepcional y debe estar así considerada».

A cambio de la libertad, la Audiencia les impone medidas cautelares, además de la fianza económica: los condenados deben designar un domicilio y un teléfono para estar localizables en todo momento. En caso de que no sean localizados «de inmediato» en esos domicilios se exponen a orden judicial de detención. Además, tendrán que comparecer todos los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia más cercano a su domicilio, tienen prohibido acercarse a la víctima ni entrar en la Comunidad de Madrid —donde reside la joven—, se les ha retirado el pasaporte y no pueden salir del territorio nacional sin autorización judicial.

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Este es el motivo por el que el Gobierno deberá pagar a los butaneros por repartir las bombonas a domicilio

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precio de la bombona de butano

El Gobierno tendrá que compensar económicamente a los repartidores de bombonas de butano a domicilio tras una sentencia del Tribunal Supremo que considera que este servicio, al ser obligatorio y regulado, no puede prestarse sin una retribución adecuada.

Una obligación legal sin compensación suficiente

El reparto de bombonas a domicilio forma parte del servicio público esencial de suministro de gas en España, especialmente en zonas rurales, hogares vulnerables y territorios donde no existe gas natural. Sin embargo, durante años, los distribuidores han denunciado que los costes reales del servicio —transporte, personal, combustible y logística— no estaban cubiertos por la normativa vigente.

La ley obliga al Gobierno a revisar periódicamente los costes del servicio, algo que no se ha hecho dentro de los plazos establecidos. Esta falta de actualización ha provocado que las empresas asuman pérdidas al mantener el reparto a domicilio.

El fallo del Supremo

El Tribunal Supremo ha determinado que el Ejecutivo incumplió su obligación de regular y actualizar la compensación del reparto, lo que genera un desequilibrio económico injustificado para los distribuidores. Por ello, ordena al Gobierno:

  • Regular el coste real del servicio de reparto a domicilio

  • Aprobar una normativa específica en un plazo máximo de seis meses

  • Garantizar que el servicio obligatorio sea económicamente sostenible

Por qué es clave esta decisión

La sentencia protege la continuidad del reparto de bombonas, un servicio del que dependen millones de hogares en España, y evita que los repartidores trabajen a pérdidas. Además, abre la puerta a compensaciones económicas por los años en los que el servicio se prestó sin una retribución ajustada a los costes reales.

En resumen, el Gobierno deberá pagar a los butaneros porque no puede exigir un servicio público obligatorio sin garantizar su viabilidad económica, algo que ahora el Supremo le obliga a corregir.

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