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‘La Manada’ paga hoy la fianza que les da la libertad provisional

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La Audiencia de Navarra ha decretado la libertad provisional bajo fianza para los cinco miembros de ‘la Manada’ condenados a nueve años de prisión por abusos sexuales (y no violación) a una joven durante las fiestas de San Fermín del 2016.

Entre las razones para dejarlos libres, la Audiencia destaca que los condenados han perdido el anonimato, lo que hace «menos que impensable» el riesgo de reiteración delictiva y complica también la posibilidad de que se fuguen. Además, alega que viven a más de 500 kilómetros de la víctima, que no tienen antecedentes por delitos sexuales, que no tienen dinero para «procurarse una fuga eficaz» y que la alarma social no justifica mantenerlos en prisión preventiva. Con respecto a la reiteración delictiva, la Audiencia de Navarra incide en el auto en que «ninguno de los acusados ahora condenados» cuenta con antecedentes penales por delitos de naturaleza análoga o similar a aquel por el que vienen condenados. El auto ha tenido en cuenta, además, «que los acusados tienen residencia a más de 500 kilómetros del lugar en que reside la víctima» y que se puede tranquilizar el sosiego de la víctima con otras medidas que sean «menos gravosas que la prolongación de la situación provisional».

El abogado de cuatro de los cinco miembros de La Manada, Agustín Martínez Becerra, ha avanzado que sus defendidos depositarán la fianza «lo más rápido posible» tras haberse notificado el auto de libertad pasadas las 08.30 horas de este viernes. En declaraciones a Onda Vasca, Martínez Becerra ha dicho que «confiaba en esta decisión» igual que confía «en la inocencia» de sus defendidos. «No discutimos la violencia contra las mujeres, sino un caso particular en el que, por mucho que les pueda molestar, son inocentes», ha reiterado. Asimismo, ha defendido que la prisión provisional es algo «excepcional y debe estar así considerada».

A cambio de la libertad, la Audiencia les impone medidas cautelares, además de la fianza económica: los condenados deben designar un domicilio y un teléfono para estar localizables en todo momento. En caso de que no sean localizados «de inmediato» en esos domicilios se exponen a orden judicial de detención. Además, tendrán que comparecer todos los lunes, miércoles y viernes en el juzgado de guardia más cercano a su domicilio, tienen prohibido acercarse a la víctima ni entrar en la Comunidad de Madrid —donde reside la joven—, se les ha retirado el pasaporte y no pueden salir del territorio nacional sin autorización judicial.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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