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La Policía retira 48 patinetes eléctricos de alquiler en València y levanta 20 actas de denuncias

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VALÈNCIA, 5 Sep. (EUROPA PRESS) – La Policía Local de València ha retirado un total de 48 patinetes eléctricos de alquiler distribuidos por la empresa Lime en la ciudad y ha levantado un total de 20 actas de denuncia, después de que la distribuidora europea haya ordenado mantenerlos pese al requerimiento policial a su filial valenciana, que en un principio había accedido a hacerlo.

Durante la jornada de este miércoles los agentes han iniciado la actuación para requisar los 200 patinetes eléctricos de alquiler distribuidos por el ‘cap i casal’ en torno a las 10 horas de la mañana con la retirada de nueve patinetes desplegados en el Paseo Marítimo, según ha explicado la concejala de Protección Ciudadana, Anaïs Menguzzato.

A continuación, la Policía tenía previsto proceder a la incautación de las unidades desplegadas por el centro de la ciudad, donde había un mayor número.

Sin embargo, la empresa cambió de actitud a media mañana y mandó una furgoneta para proceder a la retirada voluntaria. No obstante, hubo un «nuevo cambio de criterio» y el distribuidor de Europa ordenó a la distribuidora valenciana, ubicada en Paterna, que no proceda a la retirada.

Por ello, los agentes continuaron levantando acta de sanción y continuaron con la incautación de las unidades ubicadas en la plaza de la Reina, siguiendo con el resto de patinetes desplegados por la ciudad gracias a la localización GPS de la propia App de la empresa. Las unidades intervenidas será almacenadas en un espacio habilitado en la Central.

A última hora de la tarde el número de patinetes requisados era de 48 y se habían levantado 20 actas. La sanción impuesta asciende a 750 euros por cada espacio público ocupado con independencia del número de patinetes dispuestos en él, lo que arroja la cifra de 15.000 euros por estas 20 denuncias. A esa cifra hay que sumar el importe de la retirada, de 2.440 euros. La empresa deberá abonar la multa para recuperar las unidades requisadas.

Menguzzato ha explicado que esta sanción es por vulneración del artículo 12 de la ordenanza de dominio público, que exige que cualquier empresa que quiera realizar una actividad en la vía pública cuente con una autorización municipal.

Al respecto, que ha comentado que pensaban «sinceramente» que la empresa iba a proceder a la retirada voluntaria como es habitual con las terrazas cuando se produce un requerimiento policial, ya que «pocas veces» se da una negativa.

Por ello, ha lamentado este cambio actitud de la empresa, a la que ha advertido de que «está tomando decisiones erróneas si de verdad quieren implantarse y comercializar este producto». «Esta actitud desde luego no ayuda», ha observado. De hecho, ha apuntado que hay locales que han estado más de un año sin poder tener terraza por no cumplir voluntariamente la orden de retirada.

En cualquier caso, ha recalcado que la incautación de los patinetes «no es por voluntad de ir contra esta empresa» sino de hacer cumplir la ley. Así, ha aclarado que el Ayuntamiento está a favor del uso de patinetes eléctricos en València porque es un transporte ecológico, pero «no se puede permitir que haya empresas que se lucren de manera diferente al resto» y «si ocupa las aceras, que son mayoritariamente para los viandantes» se debe pagar una tasa al igual que el resto del empresariado.

En ese sentido, ha recordado que la Policía se ha comunicado en varias ocasiones tanto con la empresa distribuida que está en Paterna (Valencia) como con la sede social en España que está en Barcelona para explicarles la situación.

ORDENANZA DE MOVILIDAD
Menguzzato ha explicado que en la actualidad hay «una especie de vacío legal» sobre el uso de este medio ya que la ordenanza de movilidad vigente en València data de 2010 cuando no existían los patinetes eléctricos.

Por ello, confía en que «en breve» se disponga de una ordenanza nueva que marque «las líneas de funcionamiento» y regule su uso y su comercialización como hacen la ordenanzas de Madrid y Barcelona. Mientras tanto, ha señalado que la policía no denuncia al conductor de un patinete eléctrico siempre que no ponga en riesgo ni su seguridad ni la de los demás.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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