Síguenos

Valencia

La Universitat de València, entre las 100 mejores del mundo

Publicado

en

València, 27 may (EFE).- La Universitat de València ha mejorado en el Ranking de Shanghái por materias y ya está entre las cien mejores del mundo en cinco, una más que en 2020, que son Teledetección, Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Salud Pública, Física y Turismo.

Según el Global Ranking of AcademicSubjects (GRAS), Teledetección ocupa la posición 10, una mejor que el año anterior, Ciencia y Tecnología de los alimentos el puesto 20 (avance tres), Salud Pública está en el rango 51-75, Física en el 76-100 y Turismo en el 51-75.

De las 30 materias analizadas, la institución es primera de ámbito valenciano en 23, un 76,66 % del total y en el ámbito español es primera en tres: Ciencia y Tecnología de los Alimentos, Teledetección y Derecho, según informa este jueves la universidad.

El GRAS clasifica las 500 mejores instituciones del mundo (TOP500) en 54 materias distribuidas en 5 áreas: ciencias naturales, ingeniería, ciencias de la vida, ciencias médicas y ciencias sociales. Es publicado por Shanghái Ranking’s Consultancy (que también publica el Academic Ranking of World Universities (ARWU) por materias. En el caso de la Universitat de València, ha sido analizada en 30 materias.

Así, la Universitat de València destaca en la décima posición mundial en Teledetección y en Ciencia y Tecnología de los Alimentos, donde es la veintena mundial, así como Turismo, donde experimenta un importante avance y pasa a la posición 37, del rango 51-75 en 2020.

En el ámbito estatal, la UV es primera en Ciencia y Tecnología de los Alimentos y Teledetección, y ocupa el rango 1-4 en Derecho. Además, es segunda en Medicina Clínica, y ocupa el rango 2-3 en dos áreas: Salud Pública y también Física. Otras posiciones destacadas en la clasificación española son Turismo (3), Geografía (3-6), Administración de Empresas (4), Biotecnología (4) y Química (4-6).

En cuanto a la Comunitat Valenciana, la Universitat de València es primera, entre otras, en materias como Ingeniería Eléctrica y Electrónica, Ciencias Ambientales e Ingeniería, Biología, Biotecnología, Geografía, Ciencias de la Tierra, Economía, Administración de Empresas, Educación, Tecnología Médica, Química, así como Farmacia y Ciencias Farmacéuticas.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo