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El Ayuntamiento de Valencia recupera la tradicional Cruz de mayo

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Ayuntamiento Valencia recupera Cruz de mayo
ARCHIVO OFFICIAL PRESS

El Ayuntamiento de Valencia, a través de la Concejalía de Fiestas y Tradiciones recupera la tradicional Cruz de Mayo. Será el próximo viernes 3 de mayo, cuando este símbolo volverá a lucir delante del edificio consistorial tras ocho años de ausencia. Esta tradición, que se remonta a siglos atrás, ha sido recuperada por el Ayuntamiento de Valencia con el objetivo de mantener viva esta festividad tan arraigada en la cultura valenciana.

La Concejalía de Fiestas y Tradiciones recupera este símbolo que ha estado ausente en los últimos ocho años

De esta manera, la Concejalía de Fiestas y Tradiciones que dirige Mónica Gil recupera esta celebración que tiene su origen en la Edad Media cuando se empezó a conmemorar el hallazgo de la cruz de Jesucristo por Santa Elena, madre del emperador Constantino.

Mónica Gil señala que “la Cruz de Mayo es parte de nuestra identidad y patrimonio cultural”

“La Cruz de Mayo es parte de nuestra identidad y patrimonio cultural y debe volver al lugar que le corresponde, presidir la entrada del consistorio municipal donde durante los años del Gobierno de Joan Ribó ha estado censurada. Una muestra palpable del desprecio de la izquierda por destruir las tradiciones valencianas, que desde VOX Valencia no podemos  consentir. Por ello, estamos trabajando en salvaguardar nuestra historia y tradiciones, que no solo deben ser respetadas, sino también protegidas y puestas en valor”, ha señalado la edil.

85 cruces de mayo por toda la ciudad

De esta forma, la cruz de mayo municipal se suma a las 85 cruces de mayo instaladas por toda la ciudad a manos de diferentes asociaciones culturales, comisiones festivas, parroquias y diversas entidades que se inscriben para la participación en el concurso convocado por Lo Rat Penat, en colaboración con el Ayuntamiento de Valencia desde 1949.

Se trata de cruces que históricamente han sido confeccionadas por los participantes a partir de flores naturales y frescas, adornadas con flores secas, plantas, piedras, juegos de agua y luz.

“Tras años de ausencia recuperamos la cruz de mayo a las puertas del Ayuntamiento de Valencia. Un símbolo de identidad y tradición que merece ser preservado y celebrado”, ha detallado Mónica Gil.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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