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Las despedidas de solteros en València bajan un 30%

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VALÈNCIA, 20 Jun. – La plataforma Convivir Russafa –integrada por vecinos, hosteleros, comerciantes, falleros y entidades culturales– ha pedido coordinar las actuaciones de los mediadores y de la Policía Local ante las despedidas de solteros y solteras, que han descendido un 30 por ciento en 2019 en València.

En concreto, reclaman que los agentes realicen intervenciones «ejemplarizantes» si no se respetan las indicaciones de los mediadores por parte de las personas que participan en las despedidas.

Los datos ofrecidos por el colectivo se basan en el ‘Estudio sobre el impacto de las despedidas y celebraciones en València’, que ha realizado la ONG Controla Club. En la presentación, que ha tenido lugar este jueves, han participado el director de programas de la ONG, Juan Barcala; el coordinador de Convivir Russafa, Vicente Pizcueta; el portavoz de la Asociación por una Hostelería responsable en Russafa Al-Balansí, Luis Hortelano, y la representante de la Asociación de vecinos y comerciantes Russafí, Mari Carmen Planells.

El estudio, que se enmarca dentro de la campaña informativa y de concienciación ‘Vivan los novios que respetan Russafa’, ha mostrado que dos de cada tres celebraciones en grupo corresponde a despedidas de soltero, mientras que el resto son actos sociales, como cumpleaños o reuniones de amigos.

Asimismo, el documento, que se ha realizado entre abril y mayo en los barrios de Russafa, Cánovas, El Cabanyal y El Carmen, ha detallado que el día que se producen estas celebraciones es el sábado en horario vespertino y cada día pueden reunirse diez celebraciones en cada una de las principales zonas de ocio. De esta forma, pueden celebrarse hasta 30, formadas por grupos de diez a 15 personas.

Uno de los datos que ha sorprendido a los realizadores del estudio es que solo un 60,8% –14 de 23 celebraciones– utilizan disfraces en las reuniones. En la misma línea, seis de 23 utilizaban pitos, megáfonos y charangas –el 28,5%–; mientras que solo dos llevaban una charanga
–9,5%–.

Este análisis también revela que los motivos de las celebraciones van asociados a la búsqueda de experiencias diferentes que no encuentran en su lugar de origen, lo que según Barcala provoca un «efecto acumulativo» en las zonas de ocio. Por zonas, el 50% proceden de València, el 40% de la provincia y un 10% son extranjeros, principalmente italianos, franceses y de países centroeuropeos.

INFORMAR DE LAS ORDENANZAS
Barcala ha explicado que el 80% de los grupos han sido receptivos a las recomendaciones y mensajes de concienciación y ha subrayado que un 71,4% de los grupos desconocen las ordenanzas que prohíben las charangas y actuaciones ruidosas en la vía pública. Por ello, ha abogado por realizar campañas de concienciación en las que se expliquen las ordenanzas.

Asimismo, ha abogado por una «adecuada coordinación» entre mediadores, locales de ocio y Policía Local para «erradicar la problemática de las charangas y de las despedidas más ruidosas». «La concienciación y las acciones punitivas de la Policía Local parecen los caminos adecuados», ha sostenido.

El director de programas de Controla Club ha señalado que presentarán al Ayuntamiento un documento base de propuestas de actuación, que cree que podría servir de ejemplo para luchar contra los problemas asociados al impacto urbano y social del ocio y las actividades recreativas.

CONSTRUIR «EN POSITIVO»
Por su parte, el coordinador de Convivir Russafa ha apuntado que creen que este tipo de celebraciones está «evolucionando favorablemente». «Es el momento de que veamos el vaso medio lleno y vayamos construyendo en positivo», ha resaltado Pizcueta.

En la misma línea, ha apuntado que el impacto del ocio y del turismo es una «oportunidad» en Russafa que deben aprovechar, pero considera que «hacen falta medidas y recursos económicos» para llevar a cabo propuestas como el Observatorio del Ocio, iniciativa que cree necesaria.

«El Observatorio del Ocio podría ser por fin una oportunidad, tiene que haber un mecanismo para que no se resuelva todo con presencia policial, aunque si hubiera algo más de presencia policial no nos sabría mal», ha puntualizado, al tiempo que ha añadido que «el turismo necesita que haya un retorno en los presupuestos municipales para que se adopten medidas preventivas».

65% DE REUNIONES SOLO DE MUJERES
Por otra parte, el estudio también ha mostrado que, por género, el 65% de estas reuniones son de mujeres, el 20% son mixtas y el 15% son únicamente de hombres; mientras que la edad de los grupos es muy heterogénea, pues aunque la media se sitúa en 30 años, es significativa la presencia de personas con más de 40 años.

En relación al tipo de desplazamiento a las zonas de ocio, estos grupos utilizan mayoritariamente el transporte público, aunque hay un 15% que emplean el vehículo privado en sus desplazamientos.

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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