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Las farmacéuticas ven «decepcionante» el apoyo de Biden a liberar las patentes: «No aumentará la producción de dosis»

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Ginebra, 6 may (EFE).- La Federación Internacional de Fabricantes y Asociaciones Farmacéuticas (IFPMA) consideró hoy «decepcionante» el apoyo expreso del presidente estadounidense, Joe Biden, a una suspensión de las patentes en las vacunas contra la covid-19, algo que, aseguraron, «no aumentará la producción de dosis».

«Muy al contrario, puede llevar a la desorganización«, aseguró en un comunicado la federación global de farmacéuticas, que señaló que deben solucionarse otras limitaciones a la producción de dosis «como la eliminación de barreras comerciales o de cuellos de botella en el suministro de materias primas y otros ingredientes».

«La única forma de garantizar un rápido aumento de las vacunas y un acceso equitativo de ellas para todo sigue siendo un diálogo pragmático y constructivo con el sector privado», añadió la IFPMA.

La organización aseguró que «está completamente a favor de garantizar que las vacunas se compartan de forma rápida e igualitaria en todo el mundo, pero una suspensión (de patentes) es una solución simplista y equivocada a un problema muy complejo».

También hizo alusión a la transferencia de tecnología como vehículo preferible para aumentar la producción de vacunas en lugar de una suspensión de los derechos de propiedad intelectual, recordando que se han firmado más de 200 acuerdos de ese tipo para expandir la fabricación de esos fármacos contra la pandemia.

La Administración Biden manifestó el miércoles su apoyo a una propuesta de suspensión de patentes presentada hace más de medio año por India y Sudáfrica ante la Organización Mundial del Comercio (OMC), que busca aumentar los centros de producción de vacunas y con ello acelerar la inmunización global.

El anuncio de Biden fue acogido con fuertes caídas de las acciones de las farmacéuticas Pfizer y BioNTech, además de Moderna y Novavax en la bolsa de Wall Street.

Gran parte de los países en desarrollo han apoyado la propuesta en los últimos meses de debates en la OMC, pero numerosas economías desarrolladas, muchas de ellas sedes de grandes farmacéuticas (UE, Reino Unido, Suiza, Japón, etc) han manifestado su oposición, aunque coinciden en la necesidad de cambios para aumentar la producción.

Los contrarios a la suspensión de patentes señalan que la protección de la propiedad intelectual es clave para fomentar la innovación tecnológica, y que sin ella no se habría logrado, por ejemplo, el desarrollo de vacunas anticovid en un tiempo récord de menos de un año.

La propuesta continúa debatiéndose en la OMC, que esta semana celebra su Consejo General, e India y Sudáfrica dijeron ayer, miércoles, poco antes del anuncio de Biden, que iban a modificar su texto, algo que fue recibido positivamente por la mayoría de miembros de la organización.

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Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años: esta será la cuantía

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SEPE subsidio mayores 52 años
Los cambios del SEPE en el subsidio para mayores de 52 años- EUROPA PRESS - Archivo

El SEPE anuncia cambios en el subsidio de desempleo para mayores de 52 años, una de las ayudas más solicitadas en España. Estos cambios entrarán en vigor el 1 de junio de 2024. Los desempleados mayores de 52 años podrán solicitar esta ayuda para cubrir sus necesidades básicas.

A partir de esa fecha, las cuantías serán del 95% del IPREM durante los primeros 180 días, del 90% del IPREM desde el día 181 hasta el día 360, y del 80% del IPREM a partir del día 361.

Además, aquellos que busquen acceder al subsidio por agotamiento de una prestación contributiva verán reducidas las cuantías máximas del subsidio en relación con el promedio de horas trabajadas en los últimos 180 días del período de ocupación cotizada que justifica el acceso a la prestación contributiva que origina el subsidio.

Requisitos para el acceso al subsidio para mayores de 52 años

El objetivo de las ayudas para las personas mayores de 52 años se basa en asistir de forma económica a aquellas personas que se encuentran en situación de desempleo. La posibilidad de combinar diversos incentivos para incrementar los ingresos mensuales supone un alivio financiero significativo y puede incrementar significativamente la calidad de vida de los beneficiarios.

  • Estado de desempleo: El solicitante debe estar desempleado al momento de presentar la solicitud y no recibir otras prestaciones por desempleo.
  • Excepción para trabajadores fijos discontinuos: Aquellos con fecha de hecho causante anterior al 2 de marzo de 2022 no podrán acceder al subsidio.
  • Edad mínima: Debe tener al menos 52 años en la fecha en que cumpla los requisitos para acceder al subsidio.
  • Periodo de cotización: Se requieren 15 años cotizados, con al menos dos de ellos dentro de los últimos quince años.
  • No haber alcanzado la edad de jubilación: El solicitante no debe haber alcanzado la edad de jubilación establecida por la legislación vigente.
  • Historial de cotización al desempleo: Se exige haber cotizado al menos durante seis años al desempleo a lo largo de la vida laboral.
  • Actividad de búsqueda de empleo: Debe demostrar una búsqueda activa de empleo, como enviar currículums y asistir a entrevistas.

Además de los cambios realizados en el subsidio de desempleo para los mayores de 52 años, el SEPE también ha anunciado las nuevas cotizaciones para aquellas personas que reciban dicha ayuda a partir del 1 de junio:

  • Durante el ejercicio 2024 la base de cotización será equivalente al 120 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2025 la base de cotización será equivalente al 115 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2026 la base de cotización será equivalente al 110 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.
  • Durante el ejercicio 2027 la base de cotización será equivalente al 105 por cien de la base mínima de cotización del Régimen General de la Seguridad Social vigente en cada momento.

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