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Las personas sin hogar, olvidadas en la estrategia de vacunación

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Aumenta un 32% el número de personas que viven sin techo en la ciudad de Valencia
EFE/Marta Pérez/Archivo

Madrid, 13 abr (EFE).- La organización Hogar Sí ha alertado de que las personas sin hogar no aparecen entre los grupos de la estrategia de vacunación por la covid, a pesar de que se trata de personas con especial vulnerabilidad y con más posibilidades de necesitar cuidados intensivos y de morir a causa del virus.

En una carta enviada a la ministra de Sanidad, Carolina Darias, y a los consejeros de las comunidades autónomas, la entidad de iniciativa social expresa su preocupación «por la falta de concreción y descoordinación en la vacunación de las personas sin hogar».

En la actualidad, en la estrategia de vacunación frente a la covid en España no existe ninguna mención a las personas en situación de sinhogarismo, señala la entidad, que advierte de que «la falta de criterios claros está produciendo que las comunidades autónomas estén tomando decisiones distintas y generando asimetrías entre ellas».

Hogar Sí propone incluir a las personas en situación de sinhogarismo como grupo prioritario y establecer acuerdos de colaboración entre los servicios que utilizan estas personas, las administraciones implicadas y las entidades del tercer sector que trabajan directamente con este grupo de población.

Solicita al Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud que fije «una actuación coherente en todo el territorio y siente las bases para la coordinación entre los departamentos de sanidad y servicios sociales».

Otra de las propuestas es que se destinen las vacunas de una sola dosis a las personas en situación de sinhogarismo porque -recuerda- hay un importante porcentaje viviendo en la calle de forma permanente.

Destaca que, según una investigación realizada en Canadá, las personas en situación de sinhogarismo tienen más posibilidades de contagiarse, diez veces más posibilidades de necesitar cuidados intensivos y cinco veces más de morir por coronavirus.

Además, para estas personas es más complicado que se garantice su derecho a la salud: el 20 % de ellas carece de tarjeta sanitaria y sufren más enfermedades graves.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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PIXABAY

La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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