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Este es el listado de «empleos esenciales» y los únicos que pueden trabajar

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Durante el permiso, los trabajadores y trabajadoras seguirán percibiendo sus retribuciones íntegras, tanto el salario base como los complementos a los que tengan derecho.

Una vez termine el período mencionado, las empleadas y empleados devolverán a la empresa, de manera paulatina, las jornadas no trabajadas.

Las empresas deberán negociar con la representación unitaria, con los sindicatos o con las personas trabajadoras, la manera en la que se restituirán a la empresa estas jornadas laborales no prestadas hasta el 31 de diciembre de 2020.

La recuperación de estas horas no podrá suponer, en ningún momento, el incumplimiento de los periodos mínimos de descanso diario ni semanal previstos en la ley ni la superación de la jornada anual máxima fijada en el convenio colectivo que sea de aplicación. También deberán ser respetados los derechos de conciliación de la vida personal y familiar reconocidos legal y convencionalmente.

Se trata de una medida de flexibilidad laboral que trata de mantener y salvaguardar el empleo mientras dure la crisis sanitaria de la COVID-19, de evitar situaciones de desprotección y de garantizar el restablecimiento posterior de la actividad económica.

Las empresas que deban aplicar este permiso retribuido podrán establecer un número mínimo de plantilla o establecer los turnos de trabajo imprescindibles para mantener la actividad que sea indispensable.

El Real Decreto-ley que acaba de aprobar el Ejecutivo es de aplicación obligatoria, pero contempla excepciones. Por ejemplo, no podrá afectar a las trabajadoras y trabajadores a las que se les esté aplicando un ERTE, salvo que este sea de reducción de jornada. Tampoco a las personas que estén de baja médica, o cuyo contrato esté suspendido por otras causas legales, ni a las que puedan desarrollar su actividad profesional mediante el teletrabajo.

En aquellos casos en los que resulte imposible interrumpir de modo inmediato la actividad, las personas trabajadoras incluidas en el ámbito subjetivo de este Real Decreto-ley podrán prestar servicios el lunes 30 de marzo de 2020 con el único propósito de llevar a cabo las tareas imprescindibles para poder hacer efectivo el permiso retribuido recuperable sin perjudicar de manera irremediable o desproporcionada la reanudación de la actividad empresarial.

Listado detallado publicado en el BOE:

1. Las que realicen las actividades que deban continuar desarrollándose al amparo de los artículos 10.1, 10.4, 14.4, 16, 17 y 18, del Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y de la normativa aprobada por la Autoridad Competente y las Autoridades Competentes Delegadas.

2. Las que trabajan en las actividades que participan en la cadena de abastecimiento del mercado y en el funcionamiento de los servicios de los centros de producción de bienes y servicios de primera necesidad, incluyendo alimentos, bebidas, alimentación animal, productos higiénicos, medicamentos, productos sanitarios o cualquier producto necesario para la protección de la salud, permitiendo la distribución de los mismos desde el origen hasta el destino final.

3. Las que prestan servicios en las actividades de hostelería y restauración que prestan servicios de entrega a domicilio.

4. Las que prestan servicios en la cadena de producción y distribución de bienes, servicios, tecnología sanitaria, material médico, equipos de protección, equipamiento sanitario y hospitalario y cualesquiera otros materiales necesarios para la prestación de servicios sanitarios.

5. Aquellas imprescindibles para el mantenimiento de las actividades productivas de la industria manufacturera que ofrecen los suministros, equipos y materiales necesarios para el correcto desarrollo de las actividades esenciales recogidas en este anexo.

6. Las que realizan los servicios de transporte, tanto de personas como de mercancías, que se continúen desarrollando desde la declaración del estado de alarma, así como de aquéllas que deban asegurar el mantenimiento de los medios empleados para ello, al amparo de la normativa aprobada por la autoridad competente y las autoridades competentes delegadas desde la declaración del estado de alarma.

7. Las que prestan servicios en Instituciones Penitenciarias, de protección civil, salvamento marítimo, salvamento y prevención y extinción de incendios, seguridad de las minas, y de tráfico y seguridad vial. Asimismo, las que trabajan en las empresas de seguridad privada que prestan servicios de transporte de seguridad, de respuesta ante alarmas, de ronda o vigilancia discontinua, y aquellos que resulte preciso utilizar para el desempeño de servicios de seguridad en garantía de los servicios esenciales y el abastecimiento a la población.

8. Las indispensables que apoyan el mantenimiento del material y equipos de las fuerzas armadas.

9. Las de los centros, servicios y establecimientos sanitarios, así como a las personas que (i) atiendan mayores, menores, personas dependientes o personas con discapacidad, y las personas que trabajen en empresas, centros de I+D+I y biotecnológicos vinculados al COVID-19, (ii) los animalarios a ellos asociados, (iii) el mantenimiento de los servicios mínimos de las instalaciones a ellos asociados y las empresas suministradoras de productos necesarios para dicha investigación, y (iv) las personas que trabajan en servicios funerarios y otras actividades conexas.

10. Las de los centros, servicios y establecimientos de atención sanitaria a animales.

11. Las que prestan servicios en puntos de venta de prensa y en medios de comunicación o agencias de noticias de titularidad pública y privada, así como en su impresión o distribución.

12. Las de empresas de servicios financieros, incluidos los bancarios, de seguros y de inversión, para la prestación de los servicios que sean indispensables, y las actividades propias de las infraestructuras de pagos y de los mercados financieros.

13. Las de empresas de telecomunicaciones y audiovisuales y de servicios informáticos esenciales, así como aquellas redes e instalaciones que los soportan y los sectores o subsectores necesarios para su correcto funcionamiento, especialmente aquéllos que resulten imprescindibles para la adecuada prestación de los servicios públicos, así como el funcionamiento del trabajo no presencial de los empleados públicos.

14. Las que prestan servicios relacionados con la protección y atención de víctimas de violencia de género.

15. Las que trabajan como abogados, procuradores, graduados sociales, traductores, intérpretes y psicólogos y que asistan a las actuaciones procesales no suspendidas por el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 y, de esta manera, cumplan con los servicios esenciales fijados consensuadamente por el Ministerio de Justicia, Consejo General del Poder Judicial, la Fiscalía General del Estado y las Comunidades Autónomas con competencias en la materia y plasmados en la Resolución del Secretario de Estado de Justicia de fecha 14 de marzo de 2020, y las adaptaciones que en su caos puedan acordarse.

16. Las que prestan servicios en despachos y asesorías legales, gestorías administrativas y de graduados sociales, y servicios ajenos y propios de prevención de riesgos laborales, en cuestiones urgentes.

17. Las que prestan servicios en las notarías y registros para el cumplimiento de los servicios esenciales fijados por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública.

18. Las que presten servicios de limpieza, mantenimiento, reparación de averías urgentes y vigilancia, así como que presten servicios en materia de recogida, gestión y tratamiento de residuos peligrosos, así como de residuos sólidos urbanos, peligrosos y no peligrosos, recogida y tratamiento de aguas residuales, actividades de descontaminación y otros servicios de gestión de residuos y transporte y retirada de subproductos o en cualquiera de las entidades pertenecientes al Sector Público, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público.

19. Las que trabajen en los Centros de Acogida a Refugiados y en los Centros de Estancia Temporal de Inmigrantes y a las entidades públicas de gestión privada subvencionadas por la Secretaría de Estado de Migraciones y que operan en el marco de la Protección Internacional y de la Atención Humanitaria.

20. Las que trabajan en actividades de abastecimiento, depuración, conducción, potabilización y saneamiento de agua.

21. Las que sean indispensables para la provisión de servicios meteorológicos de predicción y observación y los procesos asociados de mantenimiento, vigilancia y control de procesos operativos.

22. Las del operador designado por el Estado para prestar el servicio postal universal, con el fin de prestar los servicios de recogida, admisión, transporte, clasificación, distribución y entrega a los exclusivos efectos de garantizar dicho servicio postal universal.

23. Las que prestan servicios en aquellos sectores o subsectores que participan en la importación y suministro de material sanitario, como las empresas de logística, transporte, almacenaje, tránsito aduanero (transitarios) y, en general, todas aquellas que participan en los corredores sanitarios.

24. Las que trabajan en la distribución y entrega de productos adquiridos en el comercio por internet, telefónico o correspondencia.

25. Cualesquiera otras que presten servicios que hayan sido considerados esenciales.

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Pilar Bernabé pide perdón por fallo en el canal de denuncias del caso Salazar

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Valencia justicia dana
Paco Salazar

La secretaria de Igualdad del PSOE, Pilar Bernabé, ha reconocido públicamente este jueves un fallo en el canal anónimo de denuncias que se utilizó para reportar el comportamiento del exmilitante socialista y exasesor en Moncloa, Francisco Salazar.

Durante sus declaraciones, Bernabé pidió disculpas y perdón a las mujeres que denunciaron los hechos, asegurando que algunas de ellas no sintieron que sus denuncias hubieran sido atendidas de manera adecuada. “Lamentamos profundamente que algunas víctimas hayan sentido que no se les prestó la atención necesaria”, afirmó la secretaria de Igualdad.

Fallo detectado en el canal de denuncias

Según Bernabé, el error detectado en el canal de denuncias anónimo ya ha sido identificado y se han implementado medidas para corregirlo. Este fallo había generado preocupación sobre la eficacia del sistema para proteger a las víctimas y garantizar que sus denuncias fueran escuchadas y tratadas con seriedad.

El caso Salazar ha sido un tema sensible dentro del PSOE, ya que involucra denuncias de comportamiento inapropiado de un exasesor en Moncloa. La reacción de Bernabé refleja la intención del partido de mejorar los mecanismos internos de protección y atención a víctimas.

Reacciones y medidas

Tras reconocer el fallo, Pilar Bernabé subrayó que el objetivo ahora es restaurar la confianza en los canales de denuncia y asegurar que todas las denuncias sean gestionadas con transparencia, confidencialidad y eficacia. Además, el PSOE ha anunciado que revisará y reforzará los protocolos internos para evitar que situaciones similares se repitan en el futuro.

Este gesto de pedir perdón públicamente es parte de un esfuerzo más amplio por garantizar un entorno seguro dentro de los partidos políticos, especialmente para las mujeres que denuncian situaciones de acoso o conducta inapropiada.

El reconocimiento del fallo y las disculpas de Pilar Bernabé marcan un paso importante en la gestión del caso Salazar, mostrando que incluso en instituciones políticas se pueden tomar medidas para corregir errores y mejorar la atención a las víctimas. La implementación de soluciones en el canal de denuncias busca garantizar que ninguna denuncia vuelva a pasar desapercibida.

Denuncias contra Paco Salazar: acoso sexual y ocultamiento por el PSOE

Dos trabajadoras que estuvieron a las órdenes de Francisco “Paco” Salazar, exasesor de Moncloa y presidente del Hipódromo de la Zarzuela, han presentado denuncias por acoso sexual y humillación en el canal interno del Partido Socialista (PSOE). Los escritos, presentados en julio, desaparecieron del sistema durante cinco meses y no recibieron respuesta hasta que elDiario.es retomó el caso.

Las denuncias describen un ambiente laboral irrespirable, con comentarios hipersexualizados, exhibiciones inapropiadas y humillaciones constantes hacia las mujeres jóvenes del equipo. Una de las denunciantes relata cómo Salazar pedía ver escotes, escenificaba actos sexuales y degradaba a las trabajadoras mientras disfrutaba de su incomodidad.

El PSOE reconoció que las denuncias no fueron tramitadas “por falta de diligencia”, aunque ahora se han reactivado en el sistema. Las afectadas destacan que su compromiso con el partido las mantuvo dentro, pero reclaman justicia y garantías para que este tipo de comportamientos no se repitan.

Actualmente, Salazar mantiene una asesoría externa para el PSC, lo que ha generado indignación entre las denunciantes y activistas por la protección de las trabajadoras. El caso plantea dudas sobre la gestión interna del acoso sexual en el PSOE y la falta de protocolos efectivos de protección.

 

Vinculación con Ábalos y Cerdán

Salazar mantiene también lazos estrechos con otras figuras implicadas en escándalos recientes dentro del PSOE. Fue colaborador de José Luis Ábalos, exministro de Transportes, y compañero de piso de Santos Cerdán, exsecretario de Organización y actualmente en prisión provisional por su presunta implicación en la trama de corrupción del caso Koldo.

Su nuevo nombramiento como adjunto a Rebeca Torró, la nueva secretaria de Organización del partido, ha generado rechazo en varios sectores del PSOE, que ven con preocupación que una figura tan cuestionada ocupe un cargo de alta responsabilidad en plena crisis interna del partido.

“Muchos lo han recibido con pavor. Su nombramiento ahonda en la desconexión entre la cúpula del partido y la realidad que viven muchas mujeres en el entorno socialista”, señalan fuentes internas.

Un nuevo escándalo que sacude la renovación de Sánchez

La elección de Paco Salazar por parte de Sánchez llega en uno de los momentos más delicados para el PSOE, con el caso Cerdán todavía en desarrollo judicial y un Comité Federal clave que busca reorientar el rumbo del partido. Estas acusaciones por presunto acoso podrían suponer un nuevo revés para la estrategia de renovación del presidente, justo cuando intenta recuperar la iniciativa política.

Hasta el momento, ni la dirección del PSOE ni Salazar han emitido declaraciones públicas sobre estas acusaciones.

El PSOE celebra un Comité Federal con temor a nuevas revelaciones que desactiven los cambios impulsados por Sánchez

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