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Los Erasmus harán prácticas en centros educativos valencianos para fomentar el plurilingüismo

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La Conselleria de Educación, Investigación, Cultura y Deporte ha publicado en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana una resolución mediante la cual por primera vez se ofrece la posibilidad a estudiantes Erasmus de realizar prácticas en centros educativos valencianos, con el objetivo de favorecer de manera eficaz el plurilingüismo y elevar efectivamente el nivel de comprensión y expresión oral en lenguas extranjeras en el sistema educativo valenciano.

El director general de Política Lingüística y Gestión del Multilingüismo, Rubén Trenzano, ha declarado que «con este resolución se regula que los estudiantes de otros países europeos puedan hacer prácticas a los nuestros centros educativos. Queremos enfocar estas prácticas, desde el punto de visto de la formación del profesorado, y principalmente, durante el próximo curso, de cara a estudiantes provenientes de países de habla inglesa, para que realicen grupos de conversación de inglés y otros actividades en el marco del nuevo Programa Educativo Plurilingüe Dinámico. Además, con esta resolución también se pretende que nuestros centros puedan internacionalizarse más, un objetivo de esta dirección general».

Desde conselleria se quiere facilitar la acogida de jóvenes estudiantes provenientes de instituciones de educación superior de otros países europeos, porque es beneficiosa y internacionaliza nuestros centros educativos. Este tipo de actuaciones van en esa dirección, y favorecen el dominio de lenguas diferentes, en un contexto internacional globalizado en los ámbitos educativo, económico y social.

En el sistema educativo valenciano, «con una tradición bilingüe consolidada, la presencia de más lenguas curriculares y vehiculares potencia la adquisición de lenguas adicionales y, en este sentido, la acogida de estudiantes de educación superior Erasmus+ procedentes de otros países es enriquecedora y toma sentido en la Europa multilingüe y multicultural del siglo XXI», según Trenzano.

Los destinatarios de las instrucciones son los centros públicos de Educación Infantil, Primaria, Secundaria, Formación Profesional, escuelas oficiales de idiomas y centros de Formación de Personas Adultas, y los estudiantes extranjeros que se acogen al programa.

La finalidad de estas estancias es la acogida de estudiantes extranjeros para realizar prácticas en cualquier actividad propia de los centros educativos. La duración de estas estancias está comprendida entre los dos y los doce meses.

Los centros educativos que quieran ser centros receptores de estudiantes europeos Erasmus+ para realizar un período de formación práctica deben contactar con el estudiante mediante la plataforma común de publicación de ofertas de prácticas del programa Erasmus+ o directamente con la institución de educación superior de origen del estudiante extranjero.

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¿Qué son los festivos recuperables?

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¿Qué son los festivos recuperables?
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Los festivos recuperables son distintos a los días festivos que siempre los trabajadores esperan con ganas. Por ejemplo, el pasado 24 de junio, San Juan, estaba marcado en rojo en el calendario laboral de la Comunidad Valenciana. Sin embargo, muchas personas se encontraron con que, si querían disfrutar de este día libre, tenían la obligación de recuperarlo.

¿Qué quiere decir esto? Que no estamos ante un día festivo convencional, sino ante un día festivo recuperable, algo que ha generado muchas preguntas.

Desde GLM responden a todas las dudas.

¿Qué son los festivos recuperables?

Los días festivos recuperables son aquellos que tienen la condición de días laborables pero en los que la prestación de servicios correspondiente al mismo no se realiza ese día, sino que se reparte en el resto de días laborables del año.

Desde el punto de vista legislativo, esta figura está regulada en el Estatuto de los Trabajadores (artículo 37.2) y deja a empresas y trabajadores la negociación de cómo aplicarlo.

¿Cuál es la diferencia entre días festivos «normales» y días festivos recuperables?

Según esta definición, la diferencia es bastante clara: en los días festivos normales o estipulados no se trabaja, mientras que en los días festivos recuperables los trabajadores no están obligados a ir a trabajar, pero tendrán que recuperar esas horas si no lo hacen.

¿Por qué existen estos días? ¿Qué dice la ley sobre ellos?

En España, cada año natural deben reconocerse un total de 14 días festivos.

Algunos de ellos vienen determinados por el estado. Se trata de «festivos nacionales» como Año Nuevo (1 de enero), Viernes Santo, Día del Trabajo (1 de mayo), Festividad de Asunción de la Virgen (15 de agosto), Fiesta de la Hispanidad (12 de octubre), Día de Todos los Santos (1 de noviembre), Día de la Constitución Española (6 de diciembre), Día de la Inmaculada Concepción (8 de diciembre) y Día de Navidad (25 de diciembre).

Además, los gobiernos regionales pueden respetar o mover algunas festividades tradicionales como el Día de la Epifanía (6 de enero) y Jueves Santo, además de sustituir estas por otras como el Día de San José (19 de marzo) o el Día de Santiago (25 de julio).

Con el fin de cubrir el total de 14 festivos se permite que cada ayuntamiento elija, normalmente cuadrando con sus fiestas locales tradicionales, otros dos días de fiesta.

Una vez se ha pactado el calendario y en caso de que algún día festivo sea domingo, las comunidades autónomas pueden mover ese día no laboral al lunes más próximo, algo que es bastante habitual.

¿Ir o no ir a trabajar? Esa es la cuestión

Ambas decisiones tienen sus consecuencias y conviene conocerlas.

  • Si vas a trabajar:

En este caso, estarás acudiendo a tu puesto de trabajo durante un día festivo, por lo que es posible que tu convenio establezca alguna forma para compensar esas horas.

Aun así, es importante matizar que al trabajar en un festivo recuperable no se aplica el incremento por horas extras, ya que las horas de ese día no excederán la jornada anual pactada.

  • Si no vas a trabajar:

En este caso, tendrás que devolver las horas de ese día para cumplir con la jornada anual marcada por el convenio colectivo, y deberás pactar con tu empresa o con el representante de los trabajadores cómo y cuándo, teniendo en cuenta que:

  • Las horas deben devolverse dentro del mismo año natural.
  • El día de festivo no puede sustituirse por otro festivo o por un día de vacaciones. Esto quiere decir que debes recuperar las horas añadiendo tiempo de trabajo a tus días laborales normales, respetando siempre el límite de 9 horas diarias y las 12 horas de descanso entre jornadas.

 

Ir a trabajar en días festivos

¿Qué pasa si el día festivo recuperable estoy de vacaciones o es mi día libre? ¿La empresa debe darme un día extra de fiesta?

No. Si un día festivo recuperable coincide con tu día de descanso, con tus vacaciones o con un día de inactividad por cualquier otro motivo (por ejemplo, por estar de baja por enfermedad, por permiso de maternidad/paternidad, permiso por matrimonio, etc.) la empresa no está obligada en ningún caso a darte un día festivo adicional y, por tanto, tú tampoco deberás recuperar nada.

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