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Los jueces discrepan tras la alarma: ¿qué restricción es proporcional?

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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo. EFE/Manuel Bruque/Archivo

Madrid, 11 may (EFE).- Unos tribunales autonómicos creen que fijar un toque de queda para luchar contra la pandemia es una restricción de un derecho fundamental proporcional al fin que se persigue y otros estiman que hay que aplicar instrumentos menos lesivos para el conjunto de la ciudadanía. Los jueces discrepan, y los Gobiernos autonómicos miran al Supremo.

En sus manos estará decidir qué medidas restrictivas de derechos pueden adoptar las comunidades una vez concluido el estado de alarma, ya que Canarias ha decidido recurrir al alto tribunal al ver tumbadas sus iniciativas.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, opina que los Gobiernos autonómicos no pueden acordar medidas como un toque de queda sin estado de alarma y ha recordado que, si lo consideran necesario, siempre pueden pedir al Ejecutivo central que decrete ese estado en su territorio.

En cualquier caso, a su juicio, no son necesarias reformas legales: las comunidades tienen un «arsenal normativo» para luchar contra la pandemia sin llegar al punto de restringir la movilidad nocturna, como fijar horarios para bares, restaurantes o comercios; y ya hay ordenanzas municipales que prohíben los botellones que se han visto este fin de semana en muchas ciudades.

«Si hay todos estos problemas de interpretación del alcance de los límites de las normas, de si hace falta o no el estado de alarma, es porque no hay una suficiente certeza, no hay suficiente claridad en el derecho que hoy tenemos vigente», ha manifestado por su parte en una entrevista en «El País» el fiscal jefe de lo contencioso-administrativo del Supremo, Pedro Crespo.

LOS JUECES QUE DICEN NO AL TOQUE DE QUEDA

El Gobierno Vasco consultó al Tribunal Superior de Justicia de su comunidad antes incluso de publicar su decreto y los magistrados rechazaron tanto el toque de queda como los cierres perimetrales previstos.

Para este tribunal, la Ley de Medidas Especiales en materia de Salud Pública de 1986, que permite a las autoridades sanitarias tomar las medidas «necesarias» en caso de riesgo para la salud, es «un cajón de sastre carente de precisión», ya que no señala limitación alguna para las medidas ni garantías a respetar, «lo que es contrario a doctrina del Tribunal Constitucional».

«Nuestro actual ordenamiento jurídico no permite que las Comunidades Autónomas puedan acordar, fuera del estado de alarma, medidas restrictivas de derechos fundamentales con carácter general no individualizado», concluye.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias también rechazó el toque de queda que quería fijar el gobierno autonómico. Es, sostuvo en un auto, «un verdadero confinamiento por la sola razón del horario».

«No hemos apreciado ningún motivo en cuya virtud pueda razonablemente defenderse que las conductas de riesgo resulten aún más peligrosas si se ejecutan en horario nocturno o las inocuas dejen de serlo porque el día dé paso a la noche», subrayan los magistrados.

A su entender, hay instrumentos de intervención «menos lesivos» y «no resulta proporcionado someter a la generalidad de la población a una privación periódica de su libertad deambulatoria por la mera razón de la hora, ni aun estableciendo» un catálogo de excepciones.

Tampoco ha aceptado este tribunal las restricciones a las entradas y salidas de las islas según el nivel de alerta: resulta discriminatorio fijar restricciones a los viajes desde del exterior y rebajarlas en los viajes entre islas o permitir la entrada a una persona con reserva hotelera, pero no si se va alojar en casa de un amigo.

JUECES QUE VEN JUSTIFICADAS Y PROPORCINADAS LAS RESTRICCIONES

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares, sin embargo, sí avaló el toque de queda y otras medidas restrictivas acordadas por el gobierno autonómico al entender que la Constitución y la Ley de 1986 habilitan a las comunidades a tomar medidas que recortan derechos fundamentales.

El estado de alarma, explica este Tribunal, desplazó al derecho ordinario, pero no lo derogó y, a la vista de los informes epidemiológicos, las medidas están «adecuadamente justificadas y debidamente proporcionadas».

Dos magistradas han discrepado del auto al considerar que la ley de 1986 «no constituye un cauce legal completo ni adecuado» para que las autoridades sanitarias autonómicas tomen medidas para atajar una pandemia.

«Resulta constitucionalmente inaceptable que formalmente se adopten medidas sanitarias, cuando en realidad encubren una situación de excepción, restringiendo los derechos y libertades fundamentales al margen de los instrumentos y garantías que la Constitución recoge», sostienen estas magistradas, que creen que hay medidas menos drásticas que el toque de queda, como los confinamientos perimetrales de zonas con alta presión hospitalaria.

Como el de Baleares, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana autorizó las restricciones de derechos diseñadas por la Generalitat, incluido un toque de queda de 00.00 horas a 6.00.

Este tribunal no alberga «grandes dudas» sobre la competencia autonómica para adoptar las medidas y considera que la ley sanitaria de 1986 da cobertura suficiente para adoptar medidas que, subraya, limitan derechos y libertades fundamentales, pero no los suspenden.

No obstante, estima que lo deseable «hubiera sido -y sigue siendo- una producción normativa idónea y ‘ad hoc’ que solvente los problemas interpretativos con los que nos encontramos y evite la consecuente contradicción de criterios».

Recuerda que otros países, como Francia o Alemania, han aprobado o reformado leyes para dotar de «la necesaria certeza y seguridad a las autoridades sanitarias» y sostiene que, aunque la intervención del Supremo pueda paliar esta situación, «parece que una mejor y más completa solución hubiera sido otra»

A su juicio, limitar el tamaño de las reuniones o fijar un toque de queda, que impide «el ocio nocturno no reglado», son medidas «idóneas» porque pueden minimizar los focos de contagio; y son también «equilibradas», ya que un toque de queda de seis horas «minimiza su afectación a la actividad económica».

«En definitiva, las medidas que se han mostrado más eficaces son las de distanciamiento social y restricción de la movilidad (…) Medidas más laxas que las que aquí se trata no han funcionado correctamente», concluyen los magistrados.

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Iberia y varias aerolíneas cancelan sus vuelos a Venezuela tras el ultimátum de Estados Unidos a Maduro

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Iberia cancela vuelos Venezuela
Iberia

A pocas horas de que venza el ultimátum estadounidense al Gobierno de Nicolás Maduro, Iberia y otras aerolíneas europeas y americanas han cancelado o reprogramado sus vuelos hacia Venezuela y el sur del Caribe. La decisión llega tras la advertencia urgente emitida por la Administración Federal de Aviación de Estados Unidos (FAA), que alertó de una situación de seguridad “potencialmente peligrosa” en el espacio aéreo venezolano debido al aumento de la actividad militar en la zona.


La FAA alerta de riesgos para aeronaves en todo el espacio aéreo venezolano

En su comunicado, la FAA recomienda a los operadores extremar las precauciones en la región de información de vuelo de Maiquetía, donde se ubica el principal aeropuerto internacional de Venezuela, a escasos kilómetros de Caracas.

Según el organismo, el deterioro de la situación política y militar, sumado al incremento de operaciones defensivas en Venezuela y áreas circundantes, podría suponer un riesgo para aeronaves a cualquier altitud, tanto en sobrevuelo como en maniobras de aproximación o salida.


Iberia cancela su vuelo del lunes y se suma a otras aerolíneas internacionales

La aerolínea española tenía previsto operar un vuelo desde Madrid-Barajas este lunes, pero fuentes de la compañía confirmaron su suspensión como medida preventiva. Iberia se suma así a otras compañías que ya han paralizado temporalmente sus operaciones hacia territorio venezolano, entre ellas:

  • Avianca (Colombia)

  • TAP Air Portugal

  • GOL (Brasil)

La Aeronáutica Civil de Colombia ha asegurado que los pasajeros pueden estar tranquilos, ya que se están adaptando rutas alternativas y nuevos procedimientos para garantizar la seguridad de todos los vuelos afectados.


La presión de Estados Unidos aumenta: designación del Cártel de los Soles como organización terrorista

La decisión de las aerolíneas coincide con un aumento significativo de la presión de Washington contra Nicolás Maduro. Este lunes, el Departamento de Estado prevé designar oficialmente al Cártel de los Soles como Organización Terrorista Extranjera (FTO), lo que abriría la puerta legal a acciones militares directas contra grupos o infraestructuras vinculadas a la cúpula chavista.

Este movimiento llega tras un despliegue militar sin precedentes de EEUU en el Caribe, que incluye:

  • El portaaviones USS Gerald Ford, el más grande del mundo

  • Varios destructores

  • Un submarino de propulsión nuclear

  • Aproximadamente 15.000 efectivos militares

En los últimos días, esta operación naval ha resultado en el hundimiento de 21 embarcaciones acusadas de narcotráfico y la muerte de al menos 83 personas, según fuentes oficiales estadounidenses.


Un escenario de máxima tensión aérea y marítima

La FAA insiste en que las amenazas en la región pueden afectar a cualquier aeronave que sobrevuele o opere cerca de Venezuela. El riesgo incluye:

  • Misiles tierra-aire

  • Interferencias electrónicas

  • Actividad militar irregular

  • Maniobras defensivas sin aviso

Por ello, la mayor parte de aerolíneas que cubren rutas hacia Venezuela han optado por cancelar, reprogramar o desviar vuelos hasta que la situación se estabilice.


Las autoridades piden calma a los pasajeros

Pese a la incertidumbre, la Aeronáutica Civil de Colombia llamó a la calma y aseguró que se están adaptando protocolos de vuelo y rutas alternativas para evitar zonas consideradas de alto riesgo.

Las aerolíneas afectadas mantienen canales de atención abiertos para reubicar a los viajeros, ofrecer devoluciones o informar sobre nuevas fechas de operación.

La situación seguirá evolucionando en las próximas horas, especialmente conforme se acerque el plazo fijado por Estados Unidos para endurecer las sanciones contra el régimen venezolano.

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