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Los jueces discrepan tras la alarma: ¿qué restricción es proporcional?

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El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo. EFE/Manuel Bruque/Archivo

Madrid, 11 may (EFE).- Unos tribunales autonómicos creen que fijar un toque de queda para luchar contra la pandemia es una restricción de un derecho fundamental proporcional al fin que se persigue y otros estiman que hay que aplicar instrumentos menos lesivos para el conjunto de la ciudadanía. Los jueces discrepan, y los Gobiernos autonómicos miran al Supremo.

En sus manos estará decidir qué medidas restrictivas de derechos pueden adoptar las comunidades una vez concluido el estado de alarma, ya que Canarias ha decidido recurrir al alto tribunal al ver tumbadas sus iniciativas.

El ministro de Justicia, Juan Carlos Campo, opina que los Gobiernos autonómicos no pueden acordar medidas como un toque de queda sin estado de alarma y ha recordado que, si lo consideran necesario, siempre pueden pedir al Ejecutivo central que decrete ese estado en su territorio.

En cualquier caso, a su juicio, no son necesarias reformas legales: las comunidades tienen un «arsenal normativo» para luchar contra la pandemia sin llegar al punto de restringir la movilidad nocturna, como fijar horarios para bares, restaurantes o comercios; y ya hay ordenanzas municipales que prohíben los botellones que se han visto este fin de semana en muchas ciudades.

«Si hay todos estos problemas de interpretación del alcance de los límites de las normas, de si hace falta o no el estado de alarma, es porque no hay una suficiente certeza, no hay suficiente claridad en el derecho que hoy tenemos vigente», ha manifestado por su parte en una entrevista en «El País» el fiscal jefe de lo contencioso-administrativo del Supremo, Pedro Crespo.

LOS JUECES QUE DICEN NO AL TOQUE DE QUEDA

El Gobierno Vasco consultó al Tribunal Superior de Justicia de su comunidad antes incluso de publicar su decreto y los magistrados rechazaron tanto el toque de queda como los cierres perimetrales previstos.

Para este tribunal, la Ley de Medidas Especiales en materia de Salud Pública de 1986, que permite a las autoridades sanitarias tomar las medidas «necesarias» en caso de riesgo para la salud, es «un cajón de sastre carente de precisión», ya que no señala limitación alguna para las medidas ni garantías a respetar, «lo que es contrario a doctrina del Tribunal Constitucional».

«Nuestro actual ordenamiento jurídico no permite que las Comunidades Autónomas puedan acordar, fuera del estado de alarma, medidas restrictivas de derechos fundamentales con carácter general no individualizado», concluye.

El Tribunal Superior de Justicia de Canarias también rechazó el toque de queda que quería fijar el gobierno autonómico. Es, sostuvo en un auto, «un verdadero confinamiento por la sola razón del horario».

«No hemos apreciado ningún motivo en cuya virtud pueda razonablemente defenderse que las conductas de riesgo resulten aún más peligrosas si se ejecutan en horario nocturno o las inocuas dejen de serlo porque el día dé paso a la noche», subrayan los magistrados.

A su entender, hay instrumentos de intervención «menos lesivos» y «no resulta proporcionado someter a la generalidad de la población a una privación periódica de su libertad deambulatoria por la mera razón de la hora, ni aun estableciendo» un catálogo de excepciones.

Tampoco ha aceptado este tribunal las restricciones a las entradas y salidas de las islas según el nivel de alerta: resulta discriminatorio fijar restricciones a los viajes desde del exterior y rebajarlas en los viajes entre islas o permitir la entrada a una persona con reserva hotelera, pero no si se va alojar en casa de un amigo.

JUECES QUE VEN JUSTIFICADAS Y PROPORCINADAS LAS RESTRICCIONES

El Tribunal Superior de Justicia de Baleares, sin embargo, sí avaló el toque de queda y otras medidas restrictivas acordadas por el gobierno autonómico al entender que la Constitución y la Ley de 1986 habilitan a las comunidades a tomar medidas que recortan derechos fundamentales.

El estado de alarma, explica este Tribunal, desplazó al derecho ordinario, pero no lo derogó y, a la vista de los informes epidemiológicos, las medidas están «adecuadamente justificadas y debidamente proporcionadas».

Dos magistradas han discrepado del auto al considerar que la ley de 1986 «no constituye un cauce legal completo ni adecuado» para que las autoridades sanitarias autonómicas tomen medidas para atajar una pandemia.

«Resulta constitucionalmente inaceptable que formalmente se adopten medidas sanitarias, cuando en realidad encubren una situación de excepción, restringiendo los derechos y libertades fundamentales al margen de los instrumentos y garantías que la Constitución recoge», sostienen estas magistradas, que creen que hay medidas menos drásticas que el toque de queda, como los confinamientos perimetrales de zonas con alta presión hospitalaria.

Como el de Baleares, el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana autorizó las restricciones de derechos diseñadas por la Generalitat, incluido un toque de queda de 00.00 horas a 6.00.

Este tribunal no alberga «grandes dudas» sobre la competencia autonómica para adoptar las medidas y considera que la ley sanitaria de 1986 da cobertura suficiente para adoptar medidas que, subraya, limitan derechos y libertades fundamentales, pero no los suspenden.

No obstante, estima que lo deseable «hubiera sido -y sigue siendo- una producción normativa idónea y ‘ad hoc’ que solvente los problemas interpretativos con los que nos encontramos y evite la consecuente contradicción de criterios».

Recuerda que otros países, como Francia o Alemania, han aprobado o reformado leyes para dotar de «la necesaria certeza y seguridad a las autoridades sanitarias» y sostiene que, aunque la intervención del Supremo pueda paliar esta situación, «parece que una mejor y más completa solución hubiera sido otra»

A su juicio, limitar el tamaño de las reuniones o fijar un toque de queda, que impide «el ocio nocturno no reglado», son medidas «idóneas» porque pueden minimizar los focos de contagio; y son también «equilibradas», ya que un toque de queda de seis horas «minimiza su afectación a la actividad económica».

«En definitiva, las medidas que se han mostrado más eficaces son las de distanciamiento social y restricción de la movilidad (…) Medidas más laxas que las que aquí se trata no han funcionado correctamente», concluyen los magistrados.

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Quién es Antonio Hernández y por qué Sánchez lo ha cesado tras el escándalo del caso Salazar

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Antonio Hernández
Antonio Hernández-Portal de Transparencia del Gobierno/ PSOE

Cese inminente en el Gobierno

El Consejo de Ministros aprobará este martes el cese de Antonio Hernández, hasta ahora director del Departamento de Coordinación Política en el Gabinete de la Presidencia del Gobierno, después de la gestión interna del caso Salazar, donde dos militantes socialistas denunciaron presunto acoso sexual por parte del exasesor Paco Salazar, colaborador estrecho del Gobierno en análisis electoral.

Moncloa asegura que el cese se toma “con contundencia” tras conocer los hechos denunciados y que la decisión ha sido compartida con Hernández, quien habría admitido que su continuidad en el cargo “no era sostenible” desde el momento en el que estalló el escándalo.

La vicepresidenta primera, María Jesús Montero, ha decidido también apartarlo de la Ejecutiva del PSOE de Andalucía, donde ejercía como responsable de la Secretaría de Datos.

Quién es Antonio Hernández

Hernández desempeñaba uno de los cargos más estratégicos dentro del núcleo presidencial: el director de Coordinación Política del Gabinete de Moncloa, encargado de asesoramiento, apoyo y refuerzo del programa político del Gobierno, según el Portal de Transparencia.

Formado como técnico especialista en Publicidad, ha trabajado en Presidencia del Gobierno, la Junta de Andalucía y el Ayuntamiento de Sevilla, y era una figura de confianza dentro de los equipos de análisis electoral.

Su vinculación con Paco Salazar —exmilitante socialista y asesor político— ha sido determinante en la decisión política. Varias trabajadoras que denunciaron internamente el comportamiento de Salazar mencionaron a Hernández como presunto “cómplice” o “encubridor”, extremos que él niega, aunque asegura que se aparta por responsabilidad y para proteger al Gobierno.

Malestar creciente en el PSOE

El cese no llega en un clima político sencillo. La militancia y cargos intermedios del PSOE critican la tardanza en la gestión de las denuncias internas, algo que ya ha reconocido públicamente el partido. El comunicado enviado el viernes a las federaciones admitía que “no se estuvo a la altura” con las denunciantes.

El presidente del Gobierno, Pedro Sánchez, se refirió por primera vez al caso durante los actos del Día de la Constitución, asumiendo personalmente la responsabilidad por el retraso y reconociendo que no había hablado con las denunciantes en meses.

El malestar interno crece ahora en torno a la pregunta clave: ¿debe el PSOE llevar el caso a la Fiscalía o deben hacerlo exclusivamente las denunciantes?

Debate interno: Fiscalía, responsabilidades y gestión

Sánchez defiende que la decisión pertenece únicamente a las víctimas. Si presentan denuncia formal ante la Fiscalía, asegura que recibirán todo el apoyo jurídico, institucional y personal del partido.

Sin embargo, otras voces dentro del Gobierno y del partido consideran que el PSOE debería llevar el caso por iniciativa propia, sin esperar a las mujeres denunciantes. El mensaje no es uniforme: mientras la dirección se alinea con Sánchez, algunos altos cargos reclaman una posición más proactiva.

Desde el Ejecutivo admiten errores:

“El caso se ha gestionado muy mal. No hemos acompañado correctamente y no se puede tardar tanto tiempo. Ha faltado diligencia”.

Una alta fuente de Moncloa es aún más explícita:

“No hemos estado encima y no lo entiendo. La reunión telemática con las responsables de Igualdad no ha servido. Persisten división y ruido interno”.

Las palabras de Carmen Calvo

La exvicepresidenta del Gobierno Carmen Calvo, ahora presidenta del Consejo de Estado, apuntó este fin de semana en una entrevista a la existencia de “liderazgos testosterónicos e hiper-masculinizados” dentro de la política cuando se le preguntó por los escándalos que afectan al PSOE.

Calvo recuerda que ella misma trasladó al partido anteriormente denuncias sobre comportamientos machistas, lo que aumenta el debate interno sobre los protocolos y la cultura política en torno a igualdad, denunciantes y gestión de casos sensibles.

Último pleno del año y nuevas tensiones

El miércoles se celebrará la última sesión de control del año, con polémica añadida: el Gobierno ha informado que siete ministros no estarán disponibles para ser preguntados, entre ellos:

  • María Jesús Montero, señalada por haber blindado o protegido a Salazar en Ferraz y Moncloa

  • Pilar Alegría, que fue fotografiada en noviembre comiendo con Salazar cuando este ya había sido denunciado

Para el Partido Popular, las ausencias no están justificadas y su portavoz en el Congreso, Esther Muñoz, reclama un cambio reglamentario para evitar que los ministros puedan esquivar preguntas clave en una situación de crisis política.

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