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Rebajan 4 años la pena al líder de la Manada de Callosa por la ley del ‘sólo sí es sí’

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Imagen de archivo de uno de los cuatro integrantes de la llamada "manada de Callosa" llegando a la Audiencia Provincial de Alicante para el juicio acusados de un presunto delito de violación en grupo. EFE/Morell
Alicante, 21 abr (OFFICIAL PRESS-EFE).- El Tribunal Superior de Justicia valenciano (TSJCV) ha acordado rebajar más de cuatro años, de 17 años y 2 meses de cárcel a 13 años, la condena a uno de los cuatro miembros de la conocida como ‘manada de Callosa’ por la violación en grupo a una joven en el día de Año Nuevo de 2019 en una vivienda de Callosa d’en Sarrià (Alicante).

La Manada de Callosa beneficiada por la ley del ‘sólo sí es sí’

Según el auto de la Sala de Lo Civil y Penal del TSJCV, al que ha tenido acceso EFE, la aplicación de la ley del ‘sólo sí es sí’ ha hecho disminuir las cuatro penas impuestas a Joffre Gerardo T.B., considerado por muchos el líder de esta manada que en el juicio reconoció la autoría de los hechos aunque alegaron la ingesta de alcohol y drogas.

De esta manera, de los 6 años por un delito continuado de agresión sexual con penetración con la actuación de más personas se pasa a 5 años y medio; igual que de los 5 años y 6 meses como cooperador necesario hasta 4 años y 5 meses.

Se disminuye, del mismo modo, otra de las condenas a este mismo individuo por el mismo delito de cooperador necesario desde los 4 años iniciales a 2 años y 4 meses, y de los 20 meses impuestos por cooperador necesario sin penetración a 9.

La defensa de Joffre Gerardo T.B. ha sido hasta ahora la única de los tres condenados que ha solicitado la revisión de la pena a raíz de la aplicación de la reforma del Código Penal por la ley del denominado ‘sólo sí es sí’, aunque fuentes jurídicas consultadas no descartan que tras la decisión del alto tribunal valenciano le secunden los otros tres agresores.

En declaraciones a EFE, el abogado de la acusación particular, Francisco González, ha considerado que la modificación legislativa supone «un atropello legal a las víctimas de los delitos sexuales y dejar en la nada la labor de los jueces, las acusaciones y el Estado de Derecho».

Los hechos causaron una honda conmoción en la opinión pública y ocurrieron el día de Año Nuevo de 2019 cuando Joffre Gerardo T.B. convenció durante una fiesta en Benidorm a la víctima, una joven de 19 años, para que le acompañara a un domicilio situado en el municipio vecino de Callosa d’En Sarrià.

Una vez allí fue violada grupalmente por el anterior y otros tres individuos más, todos de 19 a 24 años y origen ecuatoriano, una agresión sexual que fue grabada con sus móviles.

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Condenado a dos años de prisión un sacristán de Bétera por agresión sexual a una mujer con discapacidad

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El Arzobispado de Valencia, responsable civil subsidiario si no se paga la indemnización de 7.000 euros

València, 11 de septiembre de 2025 (EUROPA PRESS)
La Sección Tercera de la Audiencia Provincial de Valencia ha condenado a dos años de prisión por un delito de agresión sexual al sacristán de una iglesia de Bétera (Valencia), tras haber tocado las partes íntimas de una feligresa con un 66 % de discapacidad intelectual.

Hechos probados: tocamiento a una mujer con discapacidad dentro de la iglesia

Según la sentencia, los hechos ocurrieron el 24 de marzo de 2023, cuando el sacristán, aprovechando su posición en la parroquia, invitó a la víctima a un cuarto cercano a la sacristía con la excusa de mostrarle el funcionamiento de una campanilla. Una vez dentro, y siendo consciente de su discapacidad, le realizó tocamientos por encima de la ropa en sus partes íntimas.

La víctima quedó «bloqueada» sin poder reaccionar, hasta que logró reprocharle al agresor que lo que había hecho era «pecado», según recoge la resolución judicial.

Consecuencias penales y civiles: prisión, alejamiento e indemnización

El tribunal ha impuesto al condenado:

  • Dos años de prisión por agresión sexual.

  • Prohibición de acercarse a menos de 300 metros de la víctima o comunicarse con ella durante tres años.

  • Indemnización de 7.000 euros a la víctima por daños morales.

En caso de impago de la indemnización, el Arzobispado de Valencia ha sido declarado responsable civil subsidiario, según ha informado el Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV).

La sentencia es firme y fruto de un acuerdo de conformidad

La resolución judicial, que ya es firme, es resultado de una conformidad entre las partes. Además, el tribunal ha acordado suspender la ejecución de la pena de prisión siempre que el condenado no vuelva a delinquir en un plazo de tres años.

 

 

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