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Valencia

Un médico valenciano, entre los extranjeros que han logrado salir de Gaza hacia Egipto

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médico valenciano Gaza
El anestesista valenciano Raúl Incertis forma parte del equipo internacional de Médicos Sin Fronteras

Madrid, 1 nov (OFFICIAL PRESS-EFE).- Un médico valenciano figura en el grupo de extranjeros que han logrado salir este miércoles de la franja de Gaza hacia Egipto por el paso de Rafah, según han confirmado a EFE fuente diplomáticas.

Se trata del médico anestesista Raúl Incertis, de 40 años, que trabaja para Médicos sin Fronteras y que formaba parte de un grupo de 22 integrantes de esa ONG que se habían desplazado hacia el sur de la franja para poder salir por Rafah, según explicaron a EFE fuentes de las organizaciones humanitarias en la zona.

Las fuentes diplomáticas han explicado que España sigue trabajando para lograr la salida de más españoles a través del paso de Rafah, por el que el Ministerio de Interior de Gaza ha permitido este miércoles la salida de extranjeros de varias nacionalidades de la Franja, bajo control del grupo islamista palestino Hamás.

El Organismo General para Cruces y Fronteras en Gaza, dependiente del Ministerio, publicó un listado de unas 500 personas, que incluye tanto a palestinos con pasaporte extranjero como ciudadanos de otros países, con nacionalidades como japoneses, austríacos y búlgaros, así como trabajadores de organizaciones internacionales como Médicos Sin Fronteras España y Francia.

Raúl Incertis, el médico valenciano que ha logrado salir de Gaza

Entre ellos se encontraba Raúl Incertis, que estaba refugiado desde hace días en un complejo de Naciones Unidas en Gaza, una vez que tanto su organización como otras tuvieran que dejar de trabajar tras quedarse sin ningún tipo de material».

El pasado día 18, en conversación con EFE, el anestesista valenciano aseguró estar «totalmente roto» y alertó: «Las epidemias van a empezar a aparecer; las deshidrataciones van a empezar a aparecer; la lucha por la comida va a empezar a aparecer y, de hecho, ya ha aparecido».

«Tengo una sensación como de una fractura interna. Yo tenía cierta esperanza en algo llamado humanidad, pero me sorprende que esto esté pasando a los ojos de la comunidad internacional», expresó sobre el asedio impuesto por Israel sobre Gaza tras el ataque del grupo islamista Hamás que dejó más de 1.400 israelíes muertos.

«Nunca vi algo como esto, en absoluto, es como si estuviéramos fuera de la escala», aseguró.

El paso de Rafah, limítrofe con Egipto, volverá a abrir mañana jueves para completar la operación de salida de personas con pasaporte extranjero de la Franja, anunció la Autoridad General de Cruces y Fronteras de Gaza.

Según datos del portavoz oficial del paso de Rafah, al menos 76 heridos y 335 palestinos con pasaporte extranjero y ciudadanos de otros países salieron este miércoles hacia Egipto.

EFE pudo comprobar la salida de Gaza de varias tandas de personas con pasaporte extranjero y de ambulancias con heridos.

Esta fue la primera vez que se abre el paso de Rafah para la marcha de heridos y extranjeros de Gaza desde el inicio del conflicto entre Israel y Hamás, que controla la Franja, el pasado 7 de octubre.

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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