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La Generalitat amplía 21 días más las medidas de control del ocio nocturno

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El president de la Generalitat, Ximo Puig, ha anunciado este sábado la extensión otros 21 días de las medidas de prevención frente al coronavirus adoptadas el 17 de agosto para intensificar en el control de la pandemia y proteger a los valencianos y las valencianas. Se trata de restricciones que afectan principalmente a la limitación de horario y aforo, así como aspectos relativos a las reuniones familiares y sociales, y al acceso a las residencias de personas mayores y personas con diversidad funcional.

El responsable del Consell ha trasladado esta decisión, que está previsto que se publique en el Diari Oficial de la Generalitat Valenciana el lunes y que entre en vigor el próximo martes, tras mantener una reunión por videoconferencia con la consellera de Sanidad Universal y Salud Pública, Ana Barceló. «Hay que acelerar el control de la pandemia; por ello, hay que ser constantes en las medidas restrictivas y preventivas puestas en marcha para insistir en esta línea», ha indicado el president de la Generalitat.

Ximo Puig también ha trasladado que la semana que viene se firmará el convenio de adhesión a la ‘app’ Radar Covid desarrollada por el Gobierno para su progresiva puesta en marcha, a medida que se vayan resolviendo distintos aspectos técnicos y de compatibilidad. «Esta herramienta nos ayudará en las tareas de detección precoz, que en estos momentos son básicas: una detección precoz para una atención precoz», ha manifestado.

Respecto a los rastreadores que reforzarán la red de vigilancia y seguimiento de casos de la Conselleria de Sanidad, el responsable del Consell también ha avanzado que la semana pasada tuvo lugar la primera reunión con la Unidad Militar de Emergencias (UME) y que «en los próximos días» comenzarán a actuar los rastreadores del Ministerio de Defensa

Prórroga de medidas preventivas

Las medidas que se prorrogan, aprobadas el 17 de agosto tras el acuerdo alcanzado en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud, se refieren al ocio nocturno, hostelería y restauración, eventos masivos, residencias, tabaco y cribados.

En lo que respecta al ocio nocturno, en la Comunitat Valenciana se mantendrá la suspensión de la actividad de discotecas, salas de baile, karaoke y bares de copas con y sin actuaciones musicales en directo.

Asimismo, en los establecimientos de hostelería y restauración, terrazas y bares o restaurantes de playa, se mantiene la obligación de asegurar 1,5 metros entre las mesas o agrupaciones de mesas. Esta distancia tiene que estar medida entre las personas más próximas de las diferentes mesas o agrupaciones, que deben tener una ocupación máxima de 10 personas.

Por otro lado, los establecimientos y servicios de hostelería y restauración deberán seguir cerrando no más tarde de las 01.00 horas. Además, no se pueden consumir productos o bebidas del establecimiento fuera del área limitativa de la terraza, y no se permite el consumo colectivo o en grupo de bebidas en la calle o en espacios públicos.

La nueva resolución incluye, como novedad con respecto a la anterior, que los establecimientos considerados como casinos de juego, salas de bingo, salones de juegos, salones recreativos y locales especi?ficos de apuestas también debera?n cerrar no ma?s tarde de las 01.00 horas, sin que pueda permitirse el acceso de nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. Estas medidas son de aplicacio?n todos los di?as de la semana, incluidos los festivos.

Además, se mantiene la recomendación de limitar las reuniones familiares o sociales, en espacios privados, a un máximo de 10 personas.

Respecto a eventos y actividades cuya afluencia prevista supere las 400 personas, su organización continúa supeditada a autorización previa por parte de la Dirección General de Salud Pública y Adicciones.

Se mantiene la prohibición de fumar en la vía pública o en espacio al aire libre cuando no se puede respetar una distancia mínima interpersonal de al menos 2 metros. Esta limitación aplica a cualquier dispositivo de inhalación de tabaco, pipas de agua, cachimbas o asimilados, incluidos cigarrillos electrónicos o vapeo.

Tal y como se indicaba en la anterior resolución y sin perjuicio del desarrollo correspondiente que establezca la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, en las residencias y centros sociosanitarios, también en los centros de carácter residencial de tratamiento de las adicciones dependientes de la Conselleria de Sanidad Universal, se realizarán pruebas PCR a todos los nuevos ingresos y reingresos con 72 horas de antelación como máximo.

Además, siguen limitadas las visitas a una persona por residente, extremando las medidas de prevención, y con una duración máxima de una hora al día, a excepción de aquellas personas que se encuentren en proceso del final de la vida.

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Qué gastos se pueden deducir los autónomos en la Renta y cuáles no según Hacienda

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Qué gastos pueden deducir autónomos Renta
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La campaña de la declaración de la Renta 2025 arranca el próximo 8 de abril y, como cada año, miles de trabajadores autónomos en España revisan qué gastos pueden deducirse para optimizar su factura fiscal.

Sin embargo, no todo vale. Tal y como recuerda la Agencia Tributaria, no basta con que un gasto esté relacionado de forma general con la actividad profesional: debe cumplir requisitos estrictos para poder incluirse en la declaración.

Qué exige Hacienda para deducir un gasto

Según los criterios oficiales de la Agencia Tributaria, un gasto solo es deducible si cumple tres condiciones fundamentales:

  • Está vinculado directamente a la actividad económica
  • Puede justificarse documentalmente (factura o recibo)
  • Está correctamente registrado en la contabilidad

Además, Hacienda advierte de que no basta con presentar una factura: el autónomo debe poder demostrar que el gasto es real y necesario para generar ingresos.

Este criterio ha sido reforzado en diversas consultas vinculantes de la Dirección General de Tributos, que inciden en la necesidad de acreditar la correlación entre ingresos y gastos.

Gastos que sí se pueden deducir en la Renta

Entre los gastos más claramente deducibles se encuentran aquellos directamente relacionados con la actividad profesional:

  • cuotas de autónomos a la Seguridad Social
  • compra de materiales, mercancías o herramientas
  • sueldos y costes laborales
  • servicios profesionales (gestoría, asesoría, etc.)
  • alquiler de local o espacio de trabajo
  • seguros vinculados al negocio
  • gastos financieros e intereses
  • amortización de bienes

También se mantiene la posibilidad de aplicar una deducción del 5% por gastos de difícil justificación en estimación directa simplificada, con un límite de 2.000 euros, según la normativa vigente del IRPF.

Expertos fiscales consultados en informes del Consejo General de Economistas destacan que estos gastos suelen ser los menos conflictivos en una posible inspección.

Trabajar desde casa: qué puedes deducir realmente

Uno de los puntos que más dudas genera es el teletrabajo o el uso de la vivienda como espacio profesional.

La Agencia Tributaria permite deducir parte de los suministros del hogar (luz, agua, internet), pero con límites muy concretos:

  • se aplica el 30% sobre la proporción de metros cuadrados destinados a la actividad
  • no se puede deducir el total de las facturas

Por ejemplo, si se utiliza un 20% de la vivienda para trabajar, la deducción se aplicará sobre ese porcentaje, y a su vez sobre el 30% del gasto total.

Según interpretaciones recogidas por el Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), este cálculo es uno de los aspectos más revisados por Hacienda en las declaraciones de autónomos.

Gastos de comida: condiciones estrictas

Los gastos de manutención del autónomo también pueden deducirse, pero solo si cumplen requisitos muy concretos:

  • deben realizarse en establecimientos de hostelería
  • deben pagarse con medios electrónicos
  • deben producirse fuera del municipio habitual de trabajo
  • deben estar vinculados a la actividad

Además, existen límites diarios fijados por Hacienda:

  • 26,67 euros sin pernocta en España
  • 53,34 euros con pernocta
  • cantidades superiores en el extranjero

Este criterio está recogido en la normativa del IRPF y ha sido aclarado en diversas consultas de la Dirección General de Tributos.

El coche: uno de los gastos más conflictivos

El uso del vehículo es uno de los puntos más problemáticos en la declaración de la Renta de autónomos.

Hacienda solo permite deducir los gastos del coche en casos muy concretos, como:

  • transporte de mercancías
  • transporte de pasajeros
  • autoescuelas
  • comerciales o representantes
  • vehículos de alquiler

En el resto de situaciones, si el coche tiene uso mixto (personal y profesional), la deducción suele ser rechazada.

Así lo confirman múltiples resoluciones administrativas y criterios reiterados por la Agencia Tributaria en sus guías fiscales.

Qué gastos no se pueden deducir

También hay una lista clara de gastos que no son deducibles bajo ningún concepto:

  • multas y sanciones
  • recargos por pagos fuera de plazo
  • donaciones o regalos
  • pérdidas en juegos o apuestas
  • gastos vinculados a actividades ilegales

Estos límites están recogidos en la normativa fiscal y son uno de los errores más comunes entre autónomos.

Claves para evitar problemas con Hacienda

De cara a la campaña de la Renta 2025, los expertos recomiendan:

  • conservar todas las facturas
  • evitar gastos difíciles de justificar
  • separar cuentas personales y profesionales
  • consultar con un asesor fiscal

Según datos del Consejo General de Economistas, una parte importante de las regularizaciones fiscales a autónomos se debe a errores en la deducción de gastos.

Una campaña marcada por el control fiscal

La Agencia Tributaria ha intensificado en los últimos años el control sobre los gastos deducidos por autónomos, especialmente en conceptos como vivienda, vehículo y dietas.

Por ello, más allá de intentar reducir la carga fiscal, la clave está en cumplir correctamente los requisitos legales para evitar sanciones o revisiones posteriores.

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