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La gran recogida de alimentos de Mercadona: así funciona

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recogida de alimentos de Mercadona

Mercadona, compañía de supermercados físicos y de venta online, se suma a la Gran Recogida de Alimentos 2022 organizada por la Federación Española de Bancos de Alimentos (FESBAL) del 25 de noviembre al 6 de diciembre.

La compañía pone a disposición de la campaña sus puntos de venta para la recaudación de fondos, con el objetivo de dar a sus clientes la posibilidad de participar en este gran evento solidario anual a favor de los Bancos de Alimentos.

Recogida de alimentos de Mercadona

En total participan 1.623 tiendas de Mercadona de toda España de las cuales 278 son de la Comunitat Valenciana (97 Alicante, 148 Valencia y 33 Castellón). Además, como viene siendo ya habitual, la colaboración en la Gran Recogida se realiza mediante donaciones monetarias, múltiplo de 1 €, que los clientes pueden realizar en el momento de la compra al pasar por caja. Las cantidades donadas se transformarán íntegramente en alimentos a entregar a cada uno de los Bancos de Alimentos participantes, quienes decidirán exactamente qué tipo de alimento necesitan, así como la cantidad y momento de la entrega. La donación en caja permite ajustar las donaciones a las necesidades reales de los beneficiarios finales de cada banco de alimentos siendo mucho más eficientes.

Donaciones de Mercadona en 2022

En lo que va de año, la compañía ha donado 18.800 toneladas de alimentos y productos de primera necesidad a comedores sociales, bancos de alimentos y otras entidades sociales de toda España y Portugal. Esta donación de toda la cadena a cierre del mes de octubre es el equivalente a 313.300 carros de la compra.

Mercadona colabora con más de 400 comedores sociales, más de 60 bancos de alimentos y otras entidades que reciben diariamente donaciones para apoyar a las personas que están en una situación difícil.

Una política de acción social sostenible integrada en la estrategia de RSE de Mercadona

Uno de los compromisos que Mercadona mantiene con la sociedad es compartir parte de cuanto recibe de ella. Con este objetivo, se desarrolla el Plan de Responsabilidad Social de la compañía, que atiende el componente social y ético a través de distintas líneas de actuación sostenibles que refuerzan su apuesta por el crecimiento compartido.

Junto a la donación de alimentos, Mercadona colabora con 32 fundaciones y centros ocupacionales en la decoración de sus tiendas con murales de trencadís, elaborados por más de 1.000 personas con discapacidad intelectual.

Otra línea estratégica del Plan de Responsabilidad Social es la sostenibilidad. Para ello, cuenta con un Sistema de Gestión Ambiental propio, basado en los principios de la economía circular y enfocado a la optimización logística, la eficiencia energética, la gestión de residuos, la producción sostenible y la reducción de plástico.

En ese sentido, Mercadona, junto con sus proveedores Totaler, trabaja en la Estrategia 6.25 para conseguir en 2025 un triple objetivo: reducir un 25 % de plástico, que todos los envases de este material sean reciclables, y reciclar todo el residuo plástico. Además, trabaja en el Proyecto de Distribución Urbana Sostenible y en la mejora de la calidad del aire en nuestras ciudades mediante camiones y furgonetas propulsados por tecnologías más limpias y eficientes.

Desde el año 2011 es socio del Pacto Mundial de Naciones Unidas para la defensa de los valores fundamentales en materia de derechos humanos, normas laborales, medio ambiente y lucha contra la corrupción.

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El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social

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INSS quitar incapacidad permanente
El INSS está quitando la incapacidad permanente a estas personas: quiénes están en riesgo según la Seguridad Social-ARCHIVO

La incapacidad permanente es una de las prestaciones más sensibles del sistema de la Seguridad Social, ya que afecta directamente a la estabilidad económica de miles de personas que dependen de ella para vivir. Sin embargo, lo que muchos beneficiarios desconocen es que no se trata de una pensión definitiva ni garantizada de por vida. El Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) puede revisar, reducir e incluso retirar esta prestación si se dan determinadas circunstancias.

Y esto es precisamente lo que está ocurriendo. El INSS está retirando la incapacidad permanente a perfiles muy concretos tras detectar situaciones que, según la normativa vigente, justifican la pérdida del derecho a la pensión.

La incapacidad permanente no es intocable: puede revisarse y extinguirse

En España, más de un millón de personas cobran una pensión de incapacidad permanente. La cuantía y las condiciones varían en función del grado reconocido —parcial, total, absoluta o gran invalidez—, pero todas comparten una misma realidad: la incapacidad es revisable.

La ley permite al INSS revisar la prestación antes de la edad ordinaria de jubilación si se produce una mejoría de la salud, un cambio en la situación laboral o si se detecta algún incumplimiento. En muchos casos, el aviso llega mediante una citación médica, pero en otros la notificación se produce cuando la decisión ya está tomada.

Trabajar cobrando una incapacidad permanente: cuándo supone un riesgo real

Uno de los motivos más frecuentes por los que el INSS está retirando la incapacidad permanente tiene que ver con el regreso al trabajo. La Seguridad Social permite compatibilizar trabajo e incapacidad, pero solo si el empleo no contradice las limitaciones médicas que dieron lugar al reconocimiento de la pensión.

El problema surge cuando el organismo detecta que la persona beneficiaria:

  • Desempeña funciones muy similares a las que ya no podía realizar.

  • Ocupa un puesto claramente incompatible con su patología.

  • Realiza tareas que contradicen los informes médicos oficiales.

En estos casos, el INSS puede revisar el grado de incapacidad o extinguir la pensión, al considerar que ya no existe la limitación laboral que la justificaba.

Las revisiones médicas que pueden rebajar o eliminar la pensión

El INSS realiza revisiones periódicas, normalmente cada dos años, aunque estas pueden adelantarse si existen indicios de mejoría. Durante estas evaluaciones, los médicos valoran si las patologías han evolucionado favorablemente.

Si se concluye que la persona ya puede desarrollar una actividad laboral, el organismo puede:

  • Reducir el grado de incapacidad.

  • Retirar directamente la prestación.

Aunque estas decisiones generan mucha inquietud, están plenamente respaldadas por la normativa: la incapacidad permanente no es vitalicia si desaparecen las causas médicas que la motivaron.

Incumplimientos y errores que también pueden provocar la retirada

Existen otros supuestos menos conocidos, pero igualmente determinantes, por los que el INSS puede suspender o retirar la incapacidad permanente. Ocurre, por ejemplo, cuando la persona beneficiaria:

  • No acude a las revisiones médicas obligatorias.

  • Rechaza sin causa justificada tratamientos de rehabilitación o readaptación profesional.

  • No cumple con los trámites administrativos necesarios para mantener la prestación.

  • Fue beneficiaria de una incapacidad concedida por error administrativo, detectado posteriormente.

  • Incumple las condiciones exigidas para conservar la pensión.

En los casos más graves, cuando se demuestra fraude o simulación, la retirada de la incapacidad es inmediata.

La tabla de los afectados: quién puede perder la incapacidad permanente

Según los criterios del INSS, estas son las personas con mayor riesgo de perder la pensión de incapacidad permanente:

  • Personas que vuelven a trabajar en puestos incompatibles con sus limitaciones médicas.

  • Personas cuya salud ha mejorado según las revisiones médicas oficiales.

  • Personas que no acuden a las revisiones médicas obligatorias.

  • Personas que rechazan tratamientos de rehabilitación o readaptación sin justificación.

  • Personas cuya incapacidad fue concedida con errores detectados posteriormente.

  • Personas mayores de 55 años que cobran el complemento del 20% y vuelven a trabajar.

  • Personas que alcanzan la edad ordinaria de jubilación, momento en el que la incapacidad se transforma en pensión de jubilación.

  • Personas implicadas en casos de fraude o simulación.

El complemento del 20% para mayores de 55 años: uno de los puntos más delicados

Uno de los aspectos que más confusión genera es el complemento del 20% que pueden percibir quienes tienen reconocida una incapacidad permanente total y superan los 55 años. Este incremento se concede cuando existen dificultades especiales para reincorporarse al mercado laboral.

Sin embargo, no es un complemento vitalicio. Se pierde automáticamente si la persona comienza a trabajar o cuando alcanza la edad legal de jubilación, momento en el que la prestación se convierte en una pensión ordinaria. El INSS es claro al respecto: no se trata de un derecho permanente.

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