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Valencia

Miguel Mínguez: Un médico e investigador para la Conselleria de Sanidad

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Miguel Mínguez conselleria sanidad

València, 14 may (OFFICIAL PRESS-EFE).- Miguel Mínguez es el nuevo conseller de Sanidad. Profesor titular de la Facultad de Medicina de la Universidad de València, investigador principal del Instituto de investigación sanitaria Incliva, y jefe de servicio del Hospital Clínico de València.

Miguel Mínguez, que nació en 1954 en Teruel y ha desarrollado toda su vida profesional en Valencia, donde en 1977 se licenció en Medicina por la Universitat de València, ha sido el elegido por el president de la Generalitat, Ximo Puig, para sustituir en el cargo a Ana Barceló, que pasa a ser la síndica del grupo socialista en Les Corts.

Tras realizar formación MIR en anestesia y reanimación durante un año y medicina digestiva durante cuatro, realizó un periodo de tres años dedicado a la investigación en neurogastroenterología en el Hospital Clínico de Valencia.

Posteriormente formó parte de la unidad de referencia para estudios de neurogastroenterología a nivel del estado español, según han informado fuentes de la Generalitat.

Durante el periodo 1980-1990 desarrolló específicamente una actividad docente, investigadora y asistencial en el campo de la motilidad colonica, anorectal y esofágica y, con posterioridad, la amplió al mundo de la enfermedad inflamatoria intestinal.

Miguel Mínguez para la Conselleria de Sanidad

Desde el punto de vista profesional asistencial, ha ejercido de jefe de sección de medicina digestiva y motilidad digestiva por concurso oposición hasta 2020, y consiguió plaza por oposición de profesor titular de universidad en 2011.

Ha participado en varias comisiones de gestión asistencial hospitalarias (docencia, historias clínicas, farmacia), comunitarias (SAISE y MAISE) y estatales (FIS), y es miembro de la Real Academia de Medicina de Valencia.

También ha formado parte de los órganos gestores de la asociación española de gastroenterología (AEG), del grupo español para el estudio de la motilidad digestiva (GEMD), del grupo español de estudio de enfermedad de crohn y colitis ulcerosa (GETECCU) y de la sociedad valenciana de patología digestiva (SVPD).

Desde el punto de vista de relevancia científica, su mayor mérito personal ha sido el estudio de la actividad motora colónica y recto anal en el sano y enfermo, la observación y descripción de técnicas de estudio discriminantes de disfunción defecatoria, así como la aportación de criterios de gravedad a la patología funcional del estreñimiento y la incontinencia anal.

Asimismo, ha colaborado activamente en los estudios multicentricos que han permitido evaluar epidemiologicamente la enfermedad inflamatoria intestinal, el pronostico, la evolución y adherencia a los tratamientos.

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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