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Estas son las condenas de la primera sentencia del caso Gürtel en Valencia
Publicado
hace 9 añosen
La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.
El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.
La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.
En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.
El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.
Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.
Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.
Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.
La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:
-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión
Asociación ilícita
3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho activo
3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses
Asociación ilícita
2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel
Asociación ilícita.
18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros
Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)
1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros
Cohecho activo
2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-ISABEL JORDÁN 6 años de prisión
Asociación ilícita
18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos (delito continuado)
3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros
-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ 4 años y cuatro meses de cárcel
Asociación ilícita
16 meses de prisión
5.850 euros de multa.
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTO
Malversación de caudales públicos
1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta
Falsedad documental
1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros
-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ 3 años de prisión
Asociación ilícita
12 meses de prisión
1.800 euros de multa
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Tráfico de influencias
ABSUELTA
Malversación de caudales públicos
2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta
-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión
Prevaricación administrativa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
Cohecho pasivo
3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-RAFAEL BETORET 6 años de prisión
Prevaricación administrativa
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos y falsedad documental
6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ISAAC VIDAL 7 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
falsedad documental
3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
-JORGE GUARRO 4 años de prisión
Prevaricación administrativa
5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Malversación de caudales públicos
4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta
-ANA GRAU 3 años de prisión
Prevaricación administrativa
4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa
Falsedad documental
3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.
Malversación de caudales públicos
ABSUELTA
-ANGÉLICA SUCH
Prevaricación administrativa
ABSUELTA
-JUAN BOVER
Prevaricación administrativa
ABSUELTO
La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.
La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.
La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.
El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.
El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.
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Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.
Consejos para no cometer errores
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