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Estas son las condenas de la primera sentencia del caso Gürtel en Valencia

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.

El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:

-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión

Asociación ilícita

3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho activo

3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses

Asociación ilícita

2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel

Asociación ilícita.

18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ISABEL JORDÁN 6 años de prisión

Asociación ilícita

18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros

-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ 4 años y cuatro meses de cárcel

Asociación ilícita

16 meses de prisión
5.850 euros de multa.

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTO

Malversación de caudales públicos

1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros

-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ 3 años de prisión

Asociación ilícita

12 meses de prisión
1.800 euros de multa

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos

2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta

-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión

Prevaricación administrativa

9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho pasivo

3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-RAFAEL BETORET 6 años de prisión

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos y falsedad documental

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ISAAC VIDAL 7 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

falsedad documental

3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-JORGE GUARRO 4 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ANA GRAU 3 años de prisión

Prevaricación administrativa

4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Falsedad documental

3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Malversación de caudales públicos

ABSUELTA

-ANGÉLICA SUCH

Prevaricación administrativa

ABSUELTA

-JUAN BOVER

Prevaricación administrativa

ABSUELTO

La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.

La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.

La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.

El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.

El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.

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Noelia Castillo recibirá su eutanasia este jueves

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Noelia eutanasia
Noelia, la joven parapléjica que recibirá la eutanasia. Antena 3

El TEDH rechaza frenar el proceso y pone fin a casi dos años de batalla judicial

Noelia Castillo, una joven de 25 años de Barcelona en situación de paraplejia, recibirá la eutanasia este jueves tras una larga batalla judicial que ha llegado hasta el Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). La corte europea ha rechazado paralizar el procedimiento, como solicitaba su padre, agotando así todas las vías legales.

La propia joven ha confirmado su decisión en una entrevista reciente, en la que ha asegurado que siempre lo tuvo claro: “Quiero irme ya en paz y dejar de sufrir”. Un testimonio que refleja el desgaste emocional de un proceso que se ha prolongado durante casi dos años.

Un caso marcado por el conflicto familiar y judicial

El caso de Noelia ha estado condicionado por el enfrentamiento entre su voluntad de acceder a la eutanasia y la oposición de su पिता, que ha intentado frenar el procedimiento en distintas instancias judiciales.

El origen del conflicto se sitúa en julio de 2024, cuando la Comisión de Garantía y Evaluación de Cataluña autorizó la prestación solicitada por la joven. A partir de ese momento, su padre inició un recorrido judicial que incluyó:

  • Suspensión cautelar inicial del procedimiento
  • Recursos ante el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC)
  • Recurso ante el Tribunal Supremo, que no fue admitido
  • Recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional, también inadmitido
  • Recurso final ante el Tribunal Europeo de Derechos Humanos

Todas las instancias han coincidido en avalar la capacidad de la joven para tomar esta decisión y en confirmar que cumple los requisitos legales.

El debate sobre la capacidad y la salud mental

Durante el proceso, la representación legal del padre, a través de Abogados Cristianos, ha sostenido que Noelia debería someterse a tratamiento psiquiátrico antes de acceder a la eutanasia.

La organización ha argumentado que la joven presentaba antecedentes de trastornos mentales y ha advertido de un posible precedente. Incluso en los últimos días se solicitaron medidas cautelarísimas para frenar el procedimiento, que fueron rechazadas.

Sin embargo, los tribunales han respaldado de forma reiterada que Noelia tiene plena capacidad para decidir, descartando la falta de autonomía en su consentimiento.

Qué dice la ley de eutanasia en España

La eutanasia es legal en España desde 2021 y está regulada bajo estrictos requisitos. Para acceder a esta prestación, es necesario:

  • Sufrir una enfermedad grave e incurable o un padecimiento crónico con sufrimiento intenso
  • Realizar la solicitud de forma voluntaria y reiterada
  • Contar con la evaluación de varios profesionales sanitarios
  • Obtener el visto bueno de una comisión de garantías

En este caso, todas las evaluaciones médicas y legales han sido favorables a la solicitud de Noelia.

Una decisión firme pese a la oposición

A lo largo de todo el proceso, Noelia ha mantenido su postura sin cambios. En sus declaraciones, ha defendido su derecho a decidir sobre su vida:

“La felicidad de un padre o de una familia no puede estar por encima de la de una hija”.

Sus palabras reflejan la dimensión personal de un caso que ha trascendido al ámbito jurídico y social, generando un intenso debate sobre los límites entre la autonomía individual, la protección de la salud mental y el papel de la familia.

Un caso que marca precedente en Europa

El aval del Tribunal Europeo de Derechos Humanos supone un respaldo clave a la legislación española sobre eutanasia y refuerza el reconocimiento del derecho a una muerte digna en el marco europeo.

Además, pone de manifiesto la complejidad de estos casos, donde confluyen aspectos médicos, legales, éticos y familiares.

El final de una batalla y el inicio de un debate

Con la ejecución de la eutanasia prevista para este jueves, se cierra una de las batallas judiciales más relevantes en torno a este derecho en España.

El caso de Noelia Castillo deja abiertas numerosas cuestiones:

  • El papel de la familia en decisiones personales
  • Los límites de la intervención judicial
  • La protección de personas vulnerables
  • El derecho individual a decidir sobre el propio sufrimiento

Un debate que seguirá presente en la sociedad y en el ámbito jurídico en los próximos años.

 

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