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Estas son las condenas de la primera sentencia del caso Gürtel en Valencia

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La Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Valenciana (TSJCV) ha condenado a penas de entre 3 y 13 años de prisión a 11 de los 13 acusados de amañar contratos entre la Generalitat Valenciana y la trama Gürtel para el montaje del expositor de la Comunidad en la Feria Internacional de Turismo (Fitur) en las ediciones de 2005 a 2009.

El Alto Tribunal Valenciano condena a la exconsellera de Turismo, Milagrosa Martínez, a los considerados “cabecillas” de la trama Gürtel, Francisco Correa, Álvaro Pérez, Pablo Crespo y Cándido Herrero, a varios exaltos cargos de la Administración Autonómica y a trabajadores de las empresas de Correa por asociación ilícita, prevaricación administrativa, tráfico de influencias, malversación de caudales públicos, falsedad documental y cohecho.

La Sala absuelve a la exconsellera de Turismo Angélica Such y a Juan Bover, exjefe de servicio de infraestructuras turísticas de la Conselleria, de prevaricación administrativa, único delito por el que estaban acusados.

En la sentencia, notificada hoy a las partes, el Tribunal, considera probado que los acusados crearon una trama empresarial para obtener distintos contratos de la Generalitat Valenciana en diversas ferias de turismo (fundamentalmente en las edificios de FITUR entre 2005 y 2009) tras realizar distintas actuaciones encaminadas a manipular, alterar e influir a su favor en la tramitación de los procedimientos administrativos de adjudicación de tales trabajos.

El grupo de empresas de Correa era una organización empresarial creada ex profeso para manipular concursos públicos y participar activamente en el cambio de las condiciones exigidas a los adjudicatarios.

Las mercantiles de Correa carecían de medios personales y materiales para ejecutar esos trabajos, motivo por el que los subcontrataban con terceros. De esta forma obtenían un enriquecimiento irregular al lucrarse aplicando unos márgenes desproporcionados, duplicando partidas o facturando gastos inexistentes.

Tales importes eran admitidos por la Administración Autonómica (Agencia Valenciana de Turismo, Conselleria de Turismo, Conselleria de Territorio y vivienda y Conselleria de Infraestructuras y Transporte), que no solo no llevó un control efectivo de los pagos sino que alteró los criterios de adjudicación de los contratos y benefició irregularmente a las empresas del Grupo Correa.

Estas mercantiles, según recoge la sentencia de 558 páginas, cuyo ponente ha sido el magistrado Juan Climent, tenían información privilegiada: conocían por anticipado las condiciones de los contratos públicos, contratos que, en algunos casos, se modificaban a su conveniencia.

La sentencia, notificada hoy a las partes, recoge las siguientes penas para los condenados:

-FRANCISCO CORREA: 13 años de prisión

Asociación ilícita

3 años de prisión
13.500 euros de multa
9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho activo

3 años de prisión
Multa de 5.000 euros
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-PABLO CRESPO SABARIS: 13 años y 3 meses

Asociación ilícita

2 años y 6 meses de cárcel
Multa de 11.250 euros
7 años y seis meses de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ÁLVARO PÉREZ ALONSO: 12 años y 3 meses de cárcel

Asociación ilícita.

18 meses de prisión.
Multa de 11.250 euros

Tráfico de influencias (delito continuado cometido por particular como medio para cometer un delito continuado de prevaricación)

1 año de prisión
Multa de 3,9 millones de euros

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 9 meses de prisión
Multa de 6.750 euros

Cohecho activo

2 años de prisión
Multa de 2.400 euros
7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-ISABEL JORDÁN 6 años de prisión

Asociación ilícita

18 meses de prisión
Multa de 11.250 euros

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos (delito continuado)

3 años de prisión
7 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 6.000 euros

-CÁNDIDO HERRERO MARTÍNEZ 4 años y cuatro meses de cárcel

Asociación ilícita

16 meses de prisión
5.850 euros de multa.

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTO

Malversación de caudales públicos

1 año y 6 meses de prisión
3 años de inhabilitación absoluta

Falsedad documental

1 año y 6 meses de prisión
Multa de 3.600 euros

-MÓNICA MAGARIÑOS PÉREZ 3 años de prisión

Asociación ilícita

12 meses de prisión
1.800 euros de multa

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Tráfico de influencias

ABSUELTA

Malversación de caudales públicos

2 años de prisión
5 años de inhabilitación absoluta

-MILAGROSA MARTÍNEZ 9 años de prisión

Prevaricación administrativa

9 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

Cohecho pasivo

3 años de prisión
5.000 euros de multa
8 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-RAFAEL BETORET 6 años de prisión

Prevaricación administrativa

7 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos y falsedad documental

6 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ISAAC VIDAL 7 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

falsedad documental

3 años de prisión
2.700 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

-JORGE GUARRO 4 años de prisión

Prevaricación administrativa

5 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleo o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Malversación de caudales públicos

4 años de prisión
10 años de inhabilitación absoluta

-ANA GRAU 3 años de prisión

Prevaricación administrativa

4 años, tres meses y un día de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa

Falsedad documental

3 años de prisión
900 euros de multa
2 años de inhabilitación especial para el desempeño de empleos o cargos públicos relacionados con actividades propias de la contratación administrativa.

Malversación de caudales públicos

ABSUELTA

-ANGÉLICA SUCH

Prevaricación administrativa

ABSUELTA

-JUAN BOVER

Prevaricación administrativa

ABSUELTO

La Sala condena además, a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal y Jorge Guarro a indemnizar solidariamente a la Generalitat Valenciana con 272.000 euros.

La sentencia establece la responsabilidad subsidiaria de las mercantiles Orange Market, Easy Concept Comunicación, Boomerangdrive y Servimadrid Integral, que deberán hacer frente al pago de dicha indemnización si los condenados anteriormente citados no abonan la parte que les corresponde.

La Sala de lo Civil y Penal prohíbe contratar con el sector público a Francisco Correa, Pablo Crespo, Álvaro Pérez, Cándido Herrero, Isabel Jordán, Mónica Magariños, Milagrosa Martínez, Rafael Betoret, Isaac Vidal, Jorge Guarro y Ana Grau por lo que se acuerda comunicar la sentencia a la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Estado y al órgano equivalente en la Comunidad Valenciana.

El Tribunal ordena, por otro lado, el comiso de bienes de la sociedad Orange Market S.L., por importe de casi dos millones de euros 1.938.000 y el comiso del reloj, valorado en 2.400 euros, con el que fue obsequiada la exconsellera de Turismo condenada.

El juicio por esta pieza separada del “caso Gürtel” comenzó en marzo de 2015 y quedó visto para sentencia un año después tras 65 sesiones.

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El Congreso avanza en la retirada de la inmunidad a José Luis Ábalos

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José Luis Ábalos
El exministro José Luis Ábalos. EFE/Archivo

La Comisión del Estatuto de los Diputados ha dado luz verde al suplicatorio del Tribunal Supremo para investigar a José Luis Ábalos, exministro de Transportes, por su implicación en el conocido como «caso Koldo». En una votación unánime, todos los grupos parlamentarios, incluidos PP, PSOE, Vox, Sumar, PNV, Bildu, Junts, ERC y Coalición Canaria, respaldaron la retirada de su inmunidad. Este paso permitirá que el alto tribunal prosiga con la instrucción del caso.

Una decisión sin fisuras entre los partidos

Pese a las alegaciones presentadas por José Luis Ábalos, quien afirmó ser víctima de una «cacería política», la Comisión del Congreso no dudó en dar su apoyo al Tribunal Supremo. En un informe de 88 páginas, el exministro expuso que sus derechos como diputado habían sido vulnerados por investigaciones de la Guardia Civil realizadas sin respaldo judicial. Sin embargo, los argumentos no convencieron a los parlamentarios, que decidieron por unanimidad aprobar el informe.

El siguiente paso será la votación del informe en el Pleno del Congreso. Aunque no se ha fijado la fecha de la sesión, todo apunta a que la Cámara Baja también respaldará el suplicatorio, siguiendo los precedentes históricos.

El «caso Koldo» y las implicaciones para Ábalos

El caso que salpica a José Luis Ábalos está relacionado con supuestas irregularidades cometidas durante su etapa al frente del Ministerio de Transportes. Aunque acudió a declarar voluntariamente ante el Supremo el pasado 13 de diciembre, el alto tribunal necesita autorización del Congreso para avanzar en la investigación.

El instructor del caso, el juez Ángel Hurtado, ha solicitado medidas como la intervención de las cuentas bancarias de Ábalos y el análisis de su teléfono móvil. Estas diligencias no pueden llevarse a cabo sin la aprobación del suplicatorio por parte de la Cámara Baja.

El reglamento del Congreso y los plazos legales

La Comisión del Estatuto de los Diputados ha tramitado el suplicatorio dentro del plazo reglamentario de 30 días desde su recepción. Una vez aprobado por el Pleno, el presidente del Congreso deberá trasladar la decisión al Tribunal Supremo en un plazo máximo de ocho días.

Según establece el artículo 14 del Reglamento del Congreso, el alto tribunal deberá comunicar a la Cámara cualquier resolución judicial que afecte personalmente al diputado investigado, incluyendo autos y sentencias.

Precedentes históricos en la concesión de suplicatorios

La historia parlamentaria española muestra que la mayoría de los suplicatorios solicitados por el Tribunal Supremo han sido aprobados por el Congreso. Sin embargo, hay excepciones. La más conocida se remonta a 1988, cuando el Pleno rechazó la petición para investigar al entonces ministro del Interior, José Barrionuevo, tras una denuncia que lo acusaba de difundir erróneamente una fotografía de un ciudadano señalado como miembro de ETA.

Todo indica que el caso de Ábalos seguirá el camino habitual, y la Cámara Baja respaldará la petición del Supremo para que el juez Ángel Hurtado pueda continuar con la investigación.

Conclusión: el Pleno, clave para el futuro de Ábalos

La votación en el Pleno del Congreso será decisiva para el futuro político de José Luis Ábalos. Aunque su defensa insiste en que es víctima de una persecución política, la unanimidad de los grupos parlamentarios refleja que el caso ha generado consenso en la necesidad de esclarecer los hechos.

Si el Pleno respalda la retirada de su inmunidad, el exministro deberá enfrentarse a nuevas diligencias judiciales que podrían marcar un antes y un después en su trayectoria política.

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