Síguenos

Valencia

Muere una mujer de 78 años ahogada en la playa del Racó de Cullera

Publicado

en

Muertes por ahogamiento Comunitat Valenciana
Imagen de archivo de una actuación por una persona ahogada en una playa de València. EFE/Biel Aliño

Una mujer de 78 años ha perdido la vida este martes tras ahogarse en la playa del Racó de Cullera, en la provincia de Valencia. La víctima fue sacada del agua inconsciente y, a pesar de los esfuerzos del equipo médico desplazado hasta el lugar, no se pudo hacer nada por salvarla, según ha informado el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU).

El suceso ocurrió en plena mañana

El aviso al CICU se produjo alrededor de las 12:30 horas, momento en el que los servicios de emergencia fueron alertados de que una mujer había sido rescatada del mar en estado inconsciente.

Hasta la playa se desplazaron de inmediato una unidad del SAMU (Servicio de Ayuda Médica Urgente) y una unidad de Soporte Vital Básico (SVB). A su llegada, el equipo médico solo pudo confirmar el fallecimiento de la mujer, que tenía 78 años.

Las causas del ahogamiento se investigan

En estos momentos, se está a la espera del resultado de la autopsia, que determinará las causas exactas del fallecimiento, aunque todo apunta a un posible ahogamiento. No se han confirmado aún las circunstancias que provocaron el suceso, ni si la mujer se encontraba sola o acompañada en el momento del incidente.

Playa del Racó de Cullera: una zona habitual para el baño

La playa del Racó de Cullera es una de las más conocidas y frecuentadas del litoral valenciano, especialmente por personas mayores que residen o veranean en la zona. Aunque cuenta con servicios de vigilancia y asistencia durante la temporada de baño, este tipo de accidentes pueden ocurrir incluso en condiciones aparentemente seguras.

Precaución en el mar: clave para evitar tragedias

Este trágico suceso vuelve a poner sobre la mesa la importancia de extremar la precaución durante el baño en playas, especialmente en el caso de personas mayores o con problemas de salud. También se recomienda seguir las indicaciones de los servicios de socorrismo y comprobar el estado del mar antes de entrar al agua.

 


 

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

Publicado

en

Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.

Continuar leyendo