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Transparencia da 10 días a Sanidad para dar los nombres del comité de expertos

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Madrid, 30 nov (EFE).- El Consejo de Transparencia y Buen Gobierno (CTBG) ha ordenado al Ministerio de Sanidad que revele, en un plazo de 10 días, los nombres del comité de expertos que asesoraron al Gobierno para gestionar la pandemia, porque considera que no se vulnera el derecho a la protección de datos.

Así consta en la resolución fechada este lunes y contra la que cabe recurso ante los Juzgados Centrales de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, en la que da la razón al reclamante que exigió la identidad de estos expertos a los que aludió el director del Centro de Coordinación de Alertas y Emergencias Sanitarias, Fernando Simón, en una comparecencia el pasado 6 de mayo.

Ese día, Simón rechazó dar el nombre y los apellidos de los integrantes del grupo de expertos de la desescalada para evitar que los técnicos sufrieran «presiones» y pudieran «trabajar en libertad».

Pero para Transparencia, «que se hagan públicos los nombres, apellidos y el número de los expertos pertenecientes a la Dirección General de Salud Pública que hicieron esa función no solamente no atenta contra los datos personales de los afectados, sino que contribuye al control de la actividad pública y a que los ciudadanos conozcan el proceso de toma de decisiones relevantes en materia de salud pública, máxime en situaciones extraordinarias» como esta.

El CTBG, que censura el retraso por parte de Sanidad en dar respuesta al reclamante, cree que no se debe aplicar «el límite de la protección de datos» invocado por la administración porque se trata de datos «meramente identificativos relacionados con la organización, el funcionamiento o la actividad pública del órgano requerido», con lo que «prevalece el derecho de acceso a la información pública».

La secretaria de Estado de Sanidad, Silvia Calzón, ha eludido valorar la resolución de Transparencia en la rueda de prensa en la que ha informado de la evolución de la pandemia: «tuvimos conocimiento de ella por registro hace diez minutos, la estamos estudiando, y el pleno de la Comisión de Recursos Humanos se reunirá mañana», ha respondido al ser preguntada por ello.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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