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Valencia

Emivasa lanza su nueva APP para controlar fugas y optimizar el consumo de agua

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Nueva app Emivasa

Emivasa, la empresa mixta encargada de la gestión del agua potable en València, ha presentado su nueva aplicación móvil que permite a las personas usuarias monitorizar su consumo en tiempo real, detectar fugas y recibir alertas personalizadas. Esta herramienta innovadora busca mejorar la eficiencia y sostenibilidad del uso del agua en la ciudad.

Una aplicación para un consumo responsable y eficiente

La presentación de la nueva APP ha estado a cargo de la presidenta de Emivasa, la primera teniente de Alcaldía, María José Ferrer San Segundo, junto con el concejal del Ciclo Integral del Agua, Carlos Mundina, y el CEO de Global Omnium, Dionisio García Comín.

Esta herramienta digital permite a los usuarios acceder fácilmente a datos sobre su consumo y facturación, sin necesidad de desplazarse. La presidenta Ferrer San Segundo ha subrayado que «la digitalización y la inteligencia artificial ya forman parte de nuestra vida cotidiana, ofreciendo mayor transparencia y accesibilidad».

Características principales de la nueva APP de Emivasa

Entre las funcionalidades más destacadas de la aplicación se encuentran:

  • Monitoreo en tiempo real: La APP permite a los abonados detectar posibles fugas de agua de manera inmediata, sin esperar a la lectura mensual del contador.
  • Aviso de «casa vacía»: Funcionalidad clave para personas con segundas residencias o comunidades de propietarios, alertando sobre consumos inesperados.
  • Acceso biométrico: Ingreso a la aplicación mediante reconocimiento facial o huella dactilar.
  • Alertas personalizadas: Notificaciones sobre consumos excesivos o anomalías en el servicio.
  • Gráficas detalladas: Visualización de hábitos de consumo por franjas horarias, lo que facilita la optimización del uso del agua.
  • Pago de facturas y consulta de duplicados: Realiza estos trámites de forma segura y rápida desde cualquier lugar.
  • Chat con atención al cliente: Soporte directo con el servicio de Emivasa.

La aplicación está disponible para dispositivos Android e iOS y ya puede ser descargada por las personas usuarias de Emivasa.

Sorteo de un coche eléctrico para fomentar la factura digital

En su apuesta por la digitalización, Emivasa ha lanzado una iniciativa para incentivar el uso de la factura electrónica y reducir el consumo de papel. Con la colaboración de la marca de automóviles Dacia, se sorteará un coche 100% eléctrico entre quienes se suscriban a la factura digital antes del 3 de junio.

El CEO de Global Omnium, Dionisio García Comín, ha destacado que «esta aplicación es el resultado de años de innovación y del compromiso de València con la tecnología para mejorar la gestión del agua». Además, ha anunciado la renovación de la página web de Emivasa, con el objetivo de ofrecer más información y una mejor experiencia a los clientes.

Con esta nueva aplicación, Emivasa reafirma su compromiso con la sostenibilidad, la eficiencia y la atención al usuario, posicionándose como referente en la digitalización de los servicios de agua potable.

 

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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