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Nueva condena a La Manada por grabar la violación en grupo de Pamplona
Publicado
hace 6 añosen

Navarra, 20 nov. – La Sección Segunda de la Audiencia de Navarra ha condenado a 3 años y 3 meses de prisión y 5.670 euros de multa, como autores de un delito contra la intimidad, a los dos acusados que grabaron siete vídeos y realizaron dos fotografías de la violación grupal continuada perpetrada por ellos y por los otros tres procesados el 7 de julio de 2016 en Pamplona.
En la sentencia, que puede ser recurrida ante la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN), los magistrados han impuesto a los dos condenados, A. M. G. E. y A. C. E., las máxima pena de prisión solicitada por las acusaciones —la particular, ejercida por la víctima, y las dos populares, ejercitadas por el Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona—, así como la mayor multa, reclamada en este caso por las dos acciones populares.
Los jueces han absuelto a los otros tres encausados, J. A. P. M., A. B. F. y J. E. D., del delito contra la intimidad imputado por la fiscalía y las acusaciones al entender que el delito se consumó de manera instantánea con las grabaciones y la toma de dos fotografías sin que ellos “aportaran nada causalmente relevante para la consumación” del delito, esto es, “no aportaron ninguna colaboración objetiva y causal, eficazmente dirigida a la consumación del delito expresado”.
El pasado julio, el Tribunal Supremo condenó a los cinco acusados como autores de un delito continuado de violación a 15 años de prisión. A uno de ellos, A. M. G. E., le impuso 2 años más por un delito de robo con intimidación. Entonces, el Supremo revocó la sentencia que había dictado la Sala de lo Civil y Penal del TSJN, que en diciembre de 2018 había confirmado la condena impuesta en abril de ese año por la Sección Segunda de la Audiencia a los cinco procesados a 9 años de prisión por un delito continuado de abuso sexual con prevalimiento.
En aquella sentencia, en lo concerniente al delito contra la intimidad, la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Navarra estimó en parte los recursos de dos de las acusaciones y ordenó a la Sección Segunda de la Audiencia dictar una nueva sentencia exclusivamente sobre este delito al no apreciar los obstáculos procesales invocados en la sentencia apelada y que habían motivado la absolución de los inculpados.
Tras la sentencia firme del Supremo, y en cumplimiento de lo decretado por el TSJN, la Sección Segunda llevó a cabo el pasado 29 de octubre la deliberación y fallo de este delito.
Para dictar esta sentencia, la Audiencia de Navarra ha tenido en cuenta las conclusiones expuestas por las partes en el juicio celebrado en noviembre de 2017. Entonces, la fiscal solicitó para los cinco acusados una pena de 2 años y 10 meses de prisión y una multa de 5.409 euros por un delito contra la intimidad.
En aquella vista oral, la acusación particular reclamó 3 años y 3 meses de prisión y una multa de 5.400 euros, mientras que las dos acciones populares pidieron la misma pena de cárcel y 5.670 euros de multa. Las defensas de los cinco acusados, por su parte, abogaron por la absolución.
“Ánimo de dejar constancia de la agresión sexual”
En la sentencia notificada hoy la Audiencia se remite a los hechos declarados probados en su resolución de abril de 2018, cuyo relato no fue alterado por el TSJN ni por el Supremo, que, eso sí, revocó el tipo delictivo y calificó los hechos como constitutivos de un delito de agresión sexual.
Durante la violación grupal perpetrada en un portal de la calle Paulino Caballero de Pamplona la madrugada del 7 de julio de 2016, uno de los ahora condenados, A. M. G. E., grabó seis vídeos y realizó dos fotografías con su teléfono, mientras que el otro, A. C. E., efectuó una grabación con su móvil.
Los tres magistrados aseguran que las grabaciones y las dos fotografías se realizaron por parte de los dos condenados “con el ánimo de captar y dejar constancia de los actos de naturaleza sexual” realizados sobre la víctima, “sin que esta prestara de forma expresa o tácita su asentimiento a que se realizaran las grabaciones ni a que se tomaran las fotos”.
Los hechos, calificados como constitutivos de un delito de agresión sexual, configurada por la intimidación —violación—, “son incompatibles con la prestación del consentimiento por la denunciante”, de forma expresa o tácita, “para la realización de las grabaciones de vídeo” y para la toma de las fotos, pues, exponen los jueces, “resulta de toda evidencia que quien está siendo agredida no puede asentir a tales actos de intromisión en su intimidad”.
El delito se cometió en el mismo momento de la grabación
El delito, explican los magistrados, se consumó por el solo hecho de la toma de los vídeos y la captación de las dos fotos. Al respecto, abundan en que la conducta llevada a cabo por los dos condenados se incardina dentro del “subtipo agravado” del delito, “pues es evidente que los vídeos grabados y las fotos tomadas afectan a datos de carácter personal pertenecientes al reducto más íntimo de privacidad de la denunciante, como lo es, entre otros supuestos contemplados en el precepto, todo lo relativo a la vida sexual, reflejando actos de naturaleza sexual realizados sobre ella sin su consentimiento”.
En su descargo, A. M. G. E. afirmó que nunca tuvo intención de difundir estas imágenes, que, añadió, se tomaron con el pleno conocimiento de la víctima. Según él, ninguna de las personas presentes expresó una oposición a que se tomaran los vídeos e imágenes.
Al respecto, el tribunal subraya que “cabe afirmar con rotundidad que la denunciante no prestó su consentimiento de forma expresa ni tácita para la toma de las imágenes ni la captura de las fotos”. Y añade que es irrelevante que los demás acusados no manifestaran objeción a las grabaciones puesto que el bien jurídico vulnerado “es la intimidad de la denunciante”.
El otro condenado, A. C. E., adujo que grabó algunas imágenes de las relaciones mantenidas en el portal, pero lo que pretendía era grabar a sus amigos, las caras y gestos de los mismos, y que cuando se dio cuenta de que en la grabación aparecía la víctima procedió a lo que el creyó que era el borrado.
La Audiencia, sin embargo, tampoco admite estas alegaciones: “En primer término, la explicación sobre el contenido y alcance del vídeo grabado no se corresponde con lo que en el mismo aparece registrado, pues recogió con claridad imágenes de la denunciante en el ya referido contexto”.
En cuanto al intento de borrado, los jueces reiteran que el delito contra la intimidad se consuma en el mismo momento de la grabación.
La fiscal y las acusaciones —particular y popular— imputaron el delito a los cinco procesados. En este sentido, el tribunal cita una sentencia del Tribunal Supremo de 2014 según la cual “es precisa una aportación objetiva y causal de cada coautor, orientada a la consecución del fin conjuntamente pretendido”.
Los otros tres acusados no colaboraron de forma relevante
El tribunal considera que, teniendo en cuenta la modalidad comisiva del delito, la vulneración de la intimidad se consumó de forma instantánea con la realización de las fotos y vídeos, sin que el resto de inculpados colaborasen de forma relevante en la consumación del delito.
Para la determinación de la pena, los magistrados explican que se trata de un delito en el que al apreciar la comisión del subtipo agravado la pena a imponer abarca desde la pena de prisión de 2 años y 6 meses y un día hasta cuatro años.
Al respecto, “atendiendo a las limitaciones propias del principio acusatorio”, es decir, la imposibilidad de imponer una condena mayor a la solicitada, “teniendo en cuenta la intrínseca gravedad de los hechos” y debido a que la vulneración de la intimidad se produjo en el contexto de una agresión sexual, la Sección Segunda estima “adecuada y ajustada a los expresados elementos de ponderación” la imposición de la pena de 3 años y 3 meses de prisión, solicitada por la acusación particular y las acciones populares.
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Un pavoroso incendio destruye el escenario principal de Tomorrowland dos días antes del festival
Publicado
hace 2 díasen
17 julio, 2025
Un devastador incendio ha calcinado el escenario principal de Tomorrowland en Bélgica, a solo dos días del inicio de este icónico festival de música electrónica. El suceso, ocurrido en la tarde del 16 de julio de 2025, ha conmocionado a los miles de asistentes y a la industria musical a nivel global.
El Incendio: Un Desastre Inesperado
El incidente, cuyas causas exactas aún se investigan, ha dejado el escenario principal de Tomorrowland completamente destruido. Testigos presenciales reportaron explosiones de fuegos artificiales poco antes de que las llamas se propagaran, lo que ha llevado a especulaciones sobre un posible accidente durante las pruebas de pirotecnia, un elemento fundamental del espectáculo. Sin embargo, ni los organizadores ni los bomberos han confirmado esta hipótesis.
La magnitud del fuego fue tal que una densa columna de humo, visible desde kilómetros de distancia, se elevó sobre la llanura de Boom, Amberes, donde se celebra el festival. Los materiales utilizados en la construcción del escenario, principalmente plástico y fibra de vidrio, avivaron las llamas, complicando las labores de extinción. Afortunadamente, los bomberos lograron evacuar a todo el personal del festival a tiempo, y no se han reportado heridos. Además, un fuego artificial detonado durante el incidente alcanzó una vivienda cercana, aunque sin causar daños mayores.
¿Se Celebrará el Festival?
A pesar de la devastación, los organizadores de Tomorrowland han prometido en sus redes sociales que el festival «se celebrará como de costumbre». Este mensaje de esperanza llega a los más de 100.000 jóvenes de todo el mundo que ya habían comprado sus entradas y, en muchos casos, ya habían llegado a Bélgica en vuelos chárter.
En un comunicado oficial, la organización de Tomorrowland informó que, si bien el escenario principal sufrió «graves daños», «DreamVille» (el camping del festival) abrirá sus puertas como estaba previsto este jueves. Las actividades relacionadas con el festival en Bruselas y Amberes también continuarán según lo programado. Actualmente, el equipo se encuentra «buscando soluciones» para asegurar la celebración de las jornadas del viernes, sábado y domingo del festival. Se espera que en las próximas horas se brinde más información detallada a los asistentes.
🇧🇪 🔴 Se incendia el escenario principal del festival de música electrónica #Tomorrowland, en Bélgica, que daría inicio el próximo viernes 18 de julio. Hasta el momento no se reportan víctimas.pic.twitter.com/r2gxRPZv6s
— LupitaJuarez (@LupitaJuarezH) July 16, 2025
Tomorrowland: Un Legado de Magia y Música Electrónica
Desde su primera edición en 2005, Tomorrowland se ha consolidado como uno de los festivales de música electrónica más importantes y reconocidos a nivel mundial. Con su sede en la pintoresca localidad de Boom, Bélgica, el festival es famoso por sus impresionantes escenarios temáticos, su atmósfera de fantasía y su cartel que reúne a los DJs y productores más influyentes de la escena electrónica.
Historia del Festival:
Inicios (2005-2007):
La primera edición de Tomorrowland se celebró el 14 de agosto de 2005 y atrajo a alrededor de 10.000 personas. Contó con artistas como Armin van Buuren, David Guetta y Justice. En sus primeros años, el festival fue creciendo lentamente, consolidando su propuesta musical y su identidad visual.
Expansión y Reconocimiento Internacional (2008-2012):
A partir de 2008, Tomorrowland comenzó a ganar una gran popularidad, extendiéndose a dos días de duración y atrayendo a un público cada vez más internacional. En 2011, la venta de entradas se agotó en cuestión de minutos, lo que demostró la creciente demanda. En 2012, el festival se expandió a dos fines de semana para acomodar a más asistentes.
Fenómeno Global (2013-Presente):
Desde 2013, Tomorrowland ha mantenido su estatus como un referente en la industria de los festivales. Su expansión global incluyó la creación de TomorrowWorld en Estados Unidos (2013-2015) y Tomorrowland Winter en los Alpes franceses (desde 2019), llevando la magia del festival a diferentes partes del mundo. Cada año, el festival presenta un nuevo tema que guía la estética y la narrativa de sus escenarios, creando una experiencia inmersiva para los asistentes. DJs de renombre mundial como Martin Garrix, Dimitri Vegas & Like Mike, David Guetta, y Armin van Buuren son habituales en sus escenarios, atrayendo a amantes de la música electrónica de los cinco continentes.
Este inesperado incendio representa un desafío sin precedentes para la edición de 2025 de Tomorrowland. Sin embargo, la historia del festival está marcada por su capacidad de reinventarse y superar obstáculos, lo que sugiere que los «People of Tomorrow» (como se conoce a sus seguidores) aún pueden esperar una experiencia inolvidable.
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