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Así será el nuevo permiso de paternidad de 8 semanas

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El Gobierno ha acordado un nuevo permiso de paternidad, que se incluirá en la futura ley de familias. La medida, dentro de los Presupuestos Generales del Estado para 2023, será aprobada por el Consejo de Ministros de forma urgente antes de que finalice este mes de octubre, aunque no entrará en vigor hasta enero.

¿En qué consiste?

Con este permiso parental, a partir del próximo año, los progenitores trabajadores podrán disfrutar de 8 semanas hasta que el niño cumpla 8 años, aunque no serán retribuidas.

Esta norma se unirá a las 16 semanas que hay estipuladas actualmente, así como a la ayuda a la crianza para las familias que tengan hijos de 0 a 3 años con un cheque de 100 euros por hijo.

 

¿Quién lo puede pedir?

Dicho subsidio lo podrán solicitar aquellos progenitores que tengan hijos menores de 3 años, que estén o hayan estado en la Seguridad Social o mutualidad durante 30 días o que hayan recibido una prestación de carácter contributiva o asistencial del sistema de protección del desempleo.

Días libes para cuidar de familiares

El acuerdo presupuestario también incorpora 7 días al año para cuidar de familiares o convivientes.

Servirá para que los empleados puedan dedicarse durante este periodo al cuidado de sus hijos, de las personas mayores a su cargo o acompañar al médico a su pareja, entre algunos casos.

En este sentido, la futura ley también pasará a considerar como familias numerosas a las monoparentales maternas con dos hijos.

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Así es la nueva Ley para Influencers: todo lo que cambia y a quién afecta

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Ley para Influencers
Marta Lozano-INSTAGRAM

Este martes, el Consejo de Ministros aprobó un nuevo real decreto que establece las pautas para la regulación de los ‘influencers’, definiendo criterios específicos para considerar a una persona como tal. Uno de los requisitos fundamentales es la necesidad de facturar al menos 300.000 euros anuales con su actividad audiovisual.

El decreto define a los «usuarios de especial relevancia» (‘influencers’) basándose en tres criterios clave. Además del aspecto económico, se considera relevante la audiencia, con un requisito de al menos un millón de seguidores en una única plataforma de intercambio de vídeos o dos millones en su actividad global. También se establece un requisito de actividad, que incluye la publicación o compartición de al menos 24 vídeos al año.

Ley para Influencers

Los ‘influencers’ que cumplan con estos criterios deberán inscribirse en el Registro Estatal de Prestadores Audiovisuales como usuarios de especial relevancia en un plazo de dos meses a partir de la entrada en vigor del decreto.

Una vez inscritos, estarán sujetos a cumplir con las normativas de protección de menores y de publicidad en el ámbito audiovisual. Esto incluye la identificación de espacios publicitarios y la prohibición de publicitar tabaco, medicamentos o alcohol. En resumen, sus obligaciones se equipararán a las de otros agentes audiovisuales.

El ministro para la Transformación Digital y de la Función Pública, José Luis Escrivá, destacó la importancia de homologar a estos creadores de contenido con otros actores del ámbito audiovisual, especialmente en lo relacionado con la protección de menores y la transparencia en la publicidad.

Se establece también la obligación de identificar claramente la publicidad y etiquetar el contenido según las edades a las que va dirigido. Los ‘influencers’ deberán acordar un código de conducta al respecto con la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y el Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública.

En cuanto a la publicidad, se prohíbe la promoción de tabaco, alcohol o medicamentos, así como cualquier contenido que pueda causar perjuicio psicológico o físico a menores.

Esta regulación busca garantizar una mayor protección a los consumidores y ofrecer seguridad jurídica a los ‘influencers’, que han adquirido una relevancia económica notable en las plataformas de intercambio de vídeos donde difunden sus contenidos.

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