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Ocho comunidades fuera del riesgo extremo al bajar su incidencia a 250 casos

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Madrid, 19 feb. (EFE).- Ocho comunidades autónomas -Baleares, Canarias, Cantabria, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Navarra y La Rioja- se sitúan este viernes fuera del riesgo extremo, al descender la incidencia acumulada por debajo de los 250 casos por cada 100.000 habitantes.

Según los datos notificados este viernes por el Ministerio de Sanidad, la incidencia de la pandemia sigue en descenso y se sitúa de media en los 294,7 casos por cada 100.000 habitantes, cifra similar a la de principios de enero aunque todavía por encima de los 250, la tasa que determina el riesgo extremo de la enfermedad.

Por debajo de ella y con la mejor situación se mantienen desde hace semanas Canarias (116) y Baleares (136,7), por delante de Extremadura (140); Cantabria (181); Murcia (183); Navarra (189); La Rioja (208) y Castilla-La Mancha (239).

Ronzando, aunque por encima de los 250 casos, está Cataluña -251,8, mientras que Galicia se sitúa también por debajo de la media, con 263 casos.

El resto de las comunidades están por encima de la tasa nacional -294,7 casos por cada 100.000 habitantes- aunque ninguna supera una incidencia de 500.

La más alta se registra en Melilla (490) y Madrid (427) y por encima de 300 casos se encuentran las demás: Andalucía (343); Aragón (326); Asturias (311); Castilla y León (336); Ceuta (398) y País Vasco (340).

Fue el 28 de diciembre el último día en que Sanidad registró una incidencia acumulada por debajo de 250 casos por cada 100.000 habitantes. Desde ese día (246) y hasta un mes después la tasa no dejó de subir. Precisamente, el 28 de enero fue el pico de la incidencia de la pandemia, con 899 casos.

A partir de entonces, la incidencia ha descendido aunque en estas tres últimas semanas se registró la cifra más alta de muertes – el 9 de febrero, con 766 fallecidos y la presión más alta de ocupación en las ucis, que fue el pasado 1 de febrero un 45, 3 de las camas de estas unidades ocupadas por pacientes covid.

A VELOCIDADES DISTINTAS, COMIENZAN A AFLOJAR TÍMIDAMENTE LAS RESTRICCIONES

A pesar de las retiradas advertencias de las autoridades sanitarias para mantener la prudencia y no relajar las restricciones, lo cierto es que la mayoría de comunidades autónomas han suavizado ya o lo harán en los próximos días algunas de las medidas que impusieron por la tercera ola tras el aumento de la incidencia en Navidad.

Eso sí, lo hacen, salvo excepciones, a distinta velocidad y de forma bastante tímida.

Como ejemplo solo Canarias, Baleares, Madrid y Extremadura no tienen impuesto el cierre perimetral. La mayoría lo mantienen y han abierto la mano a moverse entre municipios Castilla y León -se podrá desde este sábado- o Murcia que lo decretó el miércoles.

La mayoría mantienen el toque de queda entre las 22.00 horas y las 6.00 y es Madrid, a pesar de que cuenta con una de las incidencias más elevadas, la única comunidad que desde este jueves ha atrasado una hora.

Entre los que suavizan poco a poco sus restricciones están Mallorca, con la reapertura de centros comerciales; Galicia, donde el comercio ha recuperado su horario habitual hasta las 21.30 horas a la mitad de aforo o Extremadura, que amplía hasta las diez de la noche el cierre del comercio.

En apenas 24 horas Cantabria volverá a abrir sus establecimientos y permitirá el uso de zonas comunes en tanto que conservará el veto al deporte en espacios cerrados y Castilla-La Mancha prevé ampliar próximamente el aforo en la hostelería y la asistencia de público a eventos deportivos.

Por contra, se mantiene firme la Comunidad Valenciana que reitera que, al menos hasta el 1 de marzo, tiene fijado el cierre total de la hostelería y centros deportivos y a las 18:00 horas el del comercio no esencial. Los grupos sociales están limitados a 2 personas en espacios de uso público, tanto cerrados como el aire libre. En domicilios, solo convivientes.

FIN DE LA VACUNACIÓN EN LAS RESIDENCIAS

Las residencias de ancianos de todas las comunidades autónomas tienen completado al 97 por ciento el proceso de vacunación de sus residentes y su personal.

Lo ha anunciado la Federación Empresarial de la Dependencia (FED) que señala que las residencias ya son «los espacios más seguros del país» frente a la covid-19.

En los pocos centros en los que no ha culminado la pauta de las dos dosis han sido «por casos muy particulares en los que se ha detectado algún brote y se ha aconsejado esperar por razones médicas a administrar la segunda dosis».

El Ministerio de Sanidad destaca que las personas con más de 65 años residentes en centros para mayores presentan una incidencia del virus menor que los que no viven en esos lugares.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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