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VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

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Okupa Menorca chalé lujo

Una familia de okupas toma posesión de un chalé de lujo con vistas al mar en la costa de Menorca y lo presume en redes sociales.

La mujer okupa, que se ha instalado en el chalé junto a su familia, presenta el vídeo que ha grabado con estas palabras: «Hoy os voy a enseñar el chalé que he okupado, nuevo y a estrenar». El chalé se encuentra en la exclusiva urbanización de Coves Noves, en el norte de Menorca.

En su house tour, la mujer okupa ha decidido compartir con sus amistades todos los detalles de su nueva morada, mientras que el propietario del chalé ha presentado la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil.

La okupa muestra orgullosa las diversas estancias del chalé, que «acaba de estrenar» y que cuenta con tres cuartos de baño, cuatro dormitorios y una moderna cocina, entre otras dependencias. También destaca los grandes ventanales con vistas al mar y los suelos de parqué.

VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

 

En España, la ocupación de viviendas es un problema complejo que involucra varias leyes y procedimientos legales. La respuesta de la ley depende en gran medida de si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o una segunda vivienda. Aquí hay un resumen de cómo actúa la ley en estos casos:

1. Residencia Habitual:

  • Desalojo Rápido: Si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o de alguien que la usa regularmente (incluso si está vacía durante unas vacaciones, por ejemplo), la policía puede desalojar a los okupas de manera inmediata sin necesidad de una orden judicial.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Artículo 202): La ocupación de la vivienda habitual del propietario puede considerarse un allanamiento de morada, un delito penal que puede conllevar penas de prisión.

2. Segundas Viviendas o Propiedades Desocupadas:

  • Procedimiento Judicial: Para las segundas viviendas o propiedades desocupadas, el desalojo suele requerir un proceso judicial. El propietario debe presentar una denuncia, y el juez debe ordenar el desalojo.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (Juicio Verbal de Desahucio por Precario): Este procedimiento judicial permite a los propietarios solicitar el desalojo de okupas, aunque el proceso puede ser largo, a menudo tomando varios meses.
  • Reforma de 2018: Se introdujo un procedimiento acelerado para desalojar a los okupas, permitiendo a los propietarios y entidades públicas solicitar un desalojo rápido en casos de ocupación ilegal.

3. Medidas Penales y Administrativas:

  • Multas y Penas de Prisión: Además de la posible pena de prisión por allanamiento de morada, los okupas pueden enfrentarse a multas. En algunos casos, si se demuestra que hay daños a la propiedad o comportamientos ilícitos adicionales, las penas pueden ser más severas.
  • Responsabilidad del Propietario: A veces, los propietarios también pueden enfrentar sanciones si no aseguran adecuadamente sus propiedades, aunque esto es menos común.

4. Protección de los Derechos de los Ocupantes:

  • Diferencias entre Ocupas y Personas Vulnerables: La ley hace distinciones entre okupas que ocupan ilegalmente propiedades por lucro o por necesidad y personas en situación de vulnerabilidad. Las segundas pueden recibir una consideración diferente en los tribunales, especialmente si hay menores o personas dependientes involucradas.
  • Intervención de Servicios Sociales: En algunos casos, los servicios sociales pueden intervenir para proporcionar asistencia a las personas vulnerables ocupantes, buscando soluciones habitacionales alternativas.

5. Procedimientos Preventivos:

  • Seguridad Privada: Algunos propietarios optan por contratar seguridad privada para vigilar sus propiedades y evitar ocupaciones.
  • Medidas Cautelares: Los tribunales pueden imponer medidas cautelares para proteger las propiedades en riesgo de ser ocupadas.

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Revilla no alcanza un acuerdo con el rey Juan Carlos en el acto de conciliación en Santander

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Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla

El expresidente de Cantabria, Miguel Ángel Revilla, no ha llegado a un acuerdo con los abogados del rey emérito Juan Carlos I durante el acto de conciliación celebrado este viernes 16 de mayo en el complejo judicial de Las Salesas (Santander). La cita judicial, previa a un posible juicio, forma parte de la demanda interpuesta por el exmonarca por unas declaraciones que considera «injuriosas».

Revilla: «No me voy a retractar, lo que dije es lo que piensa la mayoría de españoles»

A su llegada al juzgado, Revilla dejó claro que no pensaba retractarse de sus afirmaciones y que lo más probable es que el caso acabe en juicio. “Yo no me callo ante las injusticias. He dicho lo que pienso y lo que muchos españoles también opinan”, declaró ante los medios.

Tras el acto, el expresidente cántabro aseguró sentirse tranquilo y confió en la justicia. “No he mentido, solo me he hecho eco de información ya publicada en medios de comunicación”, explicó, subrayando que “muchos periodistas también podrían haber sido demandados” por difundir los mismos datos.

«Le diría al rey emérito que pida perdón y devuelva el dinero»

Revilla también lamentó que el rey Juan Carlos no se presentara al acto de conciliación, a pesar de estar en España. “Está en Sanxenxo, tiene un avión y escoltas que pagamos entre todos. Me hubiera gustado un careo con él”, afirmó.

Cuando se le preguntó qué le diría al monarca si lo tuviera enfrente, Revilla fue contundente:

“Le pediría que pidiera perdón sinceramente y que repatriara todo el dinero que tiene fuera”.

A pesar de haber defendido en su momento la figura del rey durante el 23-F, Revilla no ocultó su decepción: “Su última etapa ha sido lamentable. Me ha defraudado”.

El rey emérito exige una rectificación y 50.000 euros

La defensa legal del rey Juan Carlos I, liderada por la abogada Guadalupe Sánchez, reclama a Revilla una rectificación pública de sus declaraciones y una indemnización de 50.000 euros por daño moral, que en caso de cobrarse serían donados a Cáritas. La demanda, presentada el pasado 1 de abril, alega que Revilla profirió expresiones “calumniosas e injuriosas” en diversos medios entre mayo de 2022 y enero de 2025.

Un caso mediático que podría terminar en los tribunales

Este enfrentamiento legal entre Juan Carlos I y Miguel Ángel Revilla ha generado una gran expectación mediática. Todo apunta a que, ante la falta de acuerdo, el conflicto se resolverá finalmente en los tribunales.


 

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