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VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

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Okupa Menorca chalé lujo

Una familia de okupas toma posesión de un chalé de lujo con vistas al mar en la costa de Menorca y lo presume en redes sociales.

La mujer okupa, que se ha instalado en el chalé junto a su familia, presenta el vídeo que ha grabado con estas palabras: «Hoy os voy a enseñar el chalé que he okupado, nuevo y a estrenar». El chalé se encuentra en la exclusiva urbanización de Coves Noves, en el norte de Menorca.

En su house tour, la mujer okupa ha decidido compartir con sus amistades todos los detalles de su nueva morada, mientras que el propietario del chalé ha presentado la correspondiente denuncia ante la Guardia Civil.

La okupa muestra orgullosa las diversas estancias del chalé, que «acaba de estrenar» y que cuenta con tres cuartos de baño, cuatro dormitorios y una moderna cocina, entre otras dependencias. También destaca los grandes ventanales con vistas al mar y los suelos de parqué.

VÍDEO| Okupa presume en redes sociales tras tomar un chalé de lujo en la costa de Menorca

 

En España, la ocupación de viviendas es un problema complejo que involucra varias leyes y procedimientos legales. La respuesta de la ley depende en gran medida de si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o una segunda vivienda. Aquí hay un resumen de cómo actúa la ley en estos casos:

1. Residencia Habitual:

  • Desalojo Rápido: Si la vivienda ocupada es la residencia habitual del propietario o de alguien que la usa regularmente (incluso si está vacía durante unas vacaciones, por ejemplo), la policía puede desalojar a los okupas de manera inmediata sin necesidad de una orden judicial.
  • Ley de Enjuiciamiento Criminal (Artículo 202): La ocupación de la vivienda habitual del propietario puede considerarse un allanamiento de morada, un delito penal que puede conllevar penas de prisión.

2. Segundas Viviendas o Propiedades Desocupadas:

  • Procedimiento Judicial: Para las segundas viviendas o propiedades desocupadas, el desalojo suele requerir un proceso judicial. El propietario debe presentar una denuncia, y el juez debe ordenar el desalojo.
  • Ley de Enjuiciamiento Civil (Juicio Verbal de Desahucio por Precario): Este procedimiento judicial permite a los propietarios solicitar el desalojo de okupas, aunque el proceso puede ser largo, a menudo tomando varios meses.
  • Reforma de 2018: Se introdujo un procedimiento acelerado para desalojar a los okupas, permitiendo a los propietarios y entidades públicas solicitar un desalojo rápido en casos de ocupación ilegal.

3. Medidas Penales y Administrativas:

  • Multas y Penas de Prisión: Además de la posible pena de prisión por allanamiento de morada, los okupas pueden enfrentarse a multas. En algunos casos, si se demuestra que hay daños a la propiedad o comportamientos ilícitos adicionales, las penas pueden ser más severas.
  • Responsabilidad del Propietario: A veces, los propietarios también pueden enfrentar sanciones si no aseguran adecuadamente sus propiedades, aunque esto es menos común.

4. Protección de los Derechos de los Ocupantes:

  • Diferencias entre Ocupas y Personas Vulnerables: La ley hace distinciones entre okupas que ocupan ilegalmente propiedades por lucro o por necesidad y personas en situación de vulnerabilidad. Las segundas pueden recibir una consideración diferente en los tribunales, especialmente si hay menores o personas dependientes involucradas.
  • Intervención de Servicios Sociales: En algunos casos, los servicios sociales pueden intervenir para proporcionar asistencia a las personas vulnerables ocupantes, buscando soluciones habitacionales alternativas.

5. Procedimientos Preventivos:

  • Seguridad Privada: Algunos propietarios optan por contratar seguridad privada para vigilar sus propiedades y evitar ocupaciones.
  • Medidas Cautelares: Los tribunales pueden imponer medidas cautelares para proteger las propiedades en riesgo de ser ocupadas.

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Así es la nueva ley ELA y el nuevo grado de dependencia extrema

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Ley ELA

 


 

El Congreso de los Diputados ha aprobado por unanimidad el real decreto que desarrolla la ley ELA, reconociendo a las personas en fase avanzada de esclerosis lateral amiotrófica (ELA) y otras enfermedades neurológicas irreversibles el derecho a una prestación económica de hasta 10.000 euros al mes. La votación contó con 346 votos a favor y ninguno en contra.

La iniciativa busca ofrecer un marco de protección y atención personalizada para los pacientes más vulnerables, garantizando cobertura continua las 24 horas.


Nuevo grado de dependencia extrema: Grado III+

El decreto establece un nuevo nivel dentro del sistema de dependencia, denominado Grado III+, dirigido a personas con enfermedades neurológicas de alta complejidad que requieren cuidados intensivos y asistencia constante.

Características principales:

  • Atención personalizada y continuada 24/7.

  • Prestación económica de hasta 10.000 euros mensuales en casos avanzados.

  • Refuerzo financiero de 500 millones de euros para sostener la atención intensiva y especializada.

  • Coordinación con las comunidades autónomas para garantizar la aplicación homogénea sin invadir competencias territoriales.


Consenso parlamentario y críticas sobre los plazos

El ministro de Derechos Sociales, Consumo y Agenda 2030, Pablo Bustinduy, destacó el consenso parlamentario logrado, pero reconoció que la implementación llega tras un año de retraso desde la aprobación de la ley, periodo durante el cual las familias afectadas han seguido reclamando la puesta en marcha efectiva de las ayudas.

Bustinduy subrayó que la política social debe centrarse en consensos y acuerdos para avanzar en la protección de los servicios públicos.


Aplicación práctica del decreto

El siguiente paso consiste en traducir el nuevo Grado III+ de dependencia extrema en resoluciones concretas y prestaciones efectivas para las personas afectadas, especialmente aquellas en fases avanzadas de ELA u otras patologías neurológicas irreversibles.

El decreto, tras su convalidación en el Congreso, queda incorporado al ordenamiento jurídico, pendiente de su implementación territorial por parte de las comunidades autónomas.


Impacto esperado

Con esta medida, España da un paso histórico en la protección social de personas con enfermedades graves y progresivas, asegurando tanto recursos económicos significativos como atención intensiva personalizada, reforzando así el sistema de dependencia para los casos más críticos.

 

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