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Oltra descarta responsabilidades políticas tras la condena a su exmarido por abusos sexuales a una menor

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VALÈNCIA, 3 Dic. – La vicepresidenta del Consell y consellera de Igualdad y Políticas Inclusivas, Mónica Oltra, ha negado este martes que exista una doble vara de medir tras la sentencia que condena a cinco años de cárcel a un educador de un centro de acogida de València por abusar de una menor tutelada respecto a la actuación seguida en el centro de Segorbe y ha negado asimismo que haya responsabilidades políticas porque se trata de la actuación individual.

Oltra, tras presentar la nueva figura de la asistencia personal para personas con diversidad funcional, ha replicado a la petición del PP de crear una comisión de investigación de la política de menores del Consell tras la condena a este educador, que es su exmarido, asegurando que ella «siempre» está disponible para dar explicaciones en Les Corts. No obstante, para ello los diputados deben «realizar su trabajo» y presentar preguntas interpelaciones o solicitud de comparecencia.

Al respecto, ha aclarado que la situación del centro de València es «completamente diferente» a la del de Segorbe, donde el centro pactó con el educador acusado también de abusos «despedirlo sin indemnización a cambio de no denunciarlo ni de informar ni a la Fiscalía ni a la Conselleria». Este empleado fue absuelto con posterioridad por un juzgado.

«Esto no tiene nada que ver con el centro de València, que sí que reacciona, pone en marcha el protocolo, abre una investigación y aparta al trabajador mientras tanto, y avisa a la Conselleria, que envía una persona para evaluar la situación», ha concretado Oltra, que ha apuntado que «ante el resultado de esta evaluación se decide que, en principio, no habrá más actuaciones».

Oltra ha señalado que cuando «Fiscalía y los servicios centrales de Conselleria, el órgano directivo, tienen conocimiento de estos hechos se deriva a la niña a la Fundación Espill, especializada en abusos sexuales, y el resultado es el mismo que en las dos intervenciones anteriores» y «luego ya está toda la parte judicial».

Del mismo modo, ha descartado responsabilidades políticas en este caso porque «las responsabilidades políticas se derivan de actuaciones políticas erróneas, no de actuaciones individuales como en este caso». Así, ha apuntado que ha habido «una condena por la actuación de una persona en un centro privado y la responsabilidad es de la persona que en este caso ha sido condenada».

Oltra, que ha señalado que no ha tenido acceso a la sentencia sino solo a lo que de ella se ha publicado, también se ha pronunciado a la petición del PP de que explique por qué la Abogacía de la Generalitat no se ha personado en este caso y sí en otros como Segorbe.

CRITERIO TÉCNICO
En ese sentido, ha señalado que ante una sentencia «se reúnen y lo primero que se escucha es el criterio técnico». A partir de ahí, «se adopta una decisión muy basada en el criterio técnico, como en este caso, en el que la Abogacía entiende que la sentencia se debe recurrir».

Oltra ha comentado cuando en el pasado la Conselleria, dirigida por el PP, recurría las sentencias que le condenaban por no cumplir con la Ley de Dependencia «sí que hubo una decisión política de retirar esos recursos porque «entendimos que teníamos que cumplir con nuestra obligación». «Pero de normal, y en esta etapa desde luego, sobre todo se basan en criterios técnicos», ha comentado.

Asimismo, ha considerado correcta «en principio» la actuación de la dirección del centro «salvo la cuestión de no haber puesto el hecho inmediatamente en conocimiento de la Fiscalía de Menores». A raíz de ahí, ha apuntado que se dictó una instrucción a todos los centros recordando que la legislación establece que estos casos deben comunicarse inmediatamente a Fiscalía con independencia del resultado de las evaluaciones de los profesionales.

Oltra ha confiado en que con esta medida se haya clarificado cómo actuar ante estas situaciones, pero no ha descartado una nueva instrucción si fuera necesario.

COMPARECENCIA EN LAS CORTS
Asimismo, ha insistido en que «siempre» está disponible para comparecer en Les Corts y «dar todas las explicaciones» que hagan faltan, como «es la obligación de cualquier cargo público». No obstante, ha señalado que «hace meses» que ni la diputada del PP Elena Bastidas, que ha anunciado la iniciativa, ni el partido «han hecho ni una pregunta, ni una interpelación, ni han solicitado una comparecencia».

Al respecto, ha aclarado que cuando compareció a petición propia en 2017 fue para explicar el nuevo modelo residencial no el caso de Segorbe, pero que la oposición aprovechó su intervención «y sacó el tema y yo obviamente contesté como hago siempre».

Oltra ha destacado que se está mejorando todo el sistema de protección a la infancia. Así, hay 600 personas educadoras más trabajando en el sistema, se ha reducido el tamaño de las residencias y se ha puesto en marcha un sistema de pisos frente «al antiguo modelo de residencias mastodónticas».

Por tanto, se está haciendo un sistema «mucho más amable cada día con el aumento de centros y de familias acogedoras porque lo ideal es que un niño viva en una familia y no en una residencia».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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