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OPOSICIONES| El Instituto Valenciano de Atención Social-Sanitaria convoca la Oferta Pública de Empleo de 2018

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Exámenes de Selectividad

VALENCIA, 21 Mar.- El Instituto Valenciano de Atención Social-Sanitaria (IVASS), adscrito a la Vicepresidencia y Conselleria de Igualdad y Políticas Inclusivas, ha convocado la Oferta Pública de Empleo correspondiente a la tasa de reposición de 2018, que asciende a ocho plazas de naturaleza laboral.

La convocatoria, que ha sido publicada en el Diario Oficial de la Generalitat Valenciana (DOGV), recoge el acuerdo del Consejo de Dirección de la entidad adoptado el pasado 13 de marzo.

En concreto, se oferta una plaza de auditor/a en turno libre; dos de administrativo o administrativa una de promoción interna y otra para personas con diversidad funcional; una plaza de maestro/a de taller en promoción interna; dos de cuidador/a en turno libre; y dos de trabajador/a social, una en turno libre y otra de promoción interna.

De esta manera, un cupo no inferior al 7% de las vacantes se reserva para personas con diversidad funcional con grado igual o superior al 33%, siempre que esta sea compatible con el desempeño de las funciones propias de los puestos de trabajo, de modo que al menos se alcance el 2% de los efectivos totales de la entidad.
Asimismo, se reserva a promoción interna un porcentaje no inferior al 40% del total de las vacantes existentes en la entidad.

El procedimiento de selección para las ocho plazas que se convocan será el de concurso-oposición, es decir, constará de una fase de oposición, obligatoria y eliminatoria, y otra fase de concurso, obligatoria.

De conformidad con el artículo 70 del Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, la ejecución de esta oferta de empleo público deberá desarrollarse dentro del plazo improrrogable de tres años.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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