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ESTUDIO: Este es el orden en el que aparecen los síntomas de la COVID-19

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Investigadores de la Universidad de California del Sur, en los Estados Unidos, han publicado un estudio en el que analizan el orden de aparición de los síntomas de la Covid-19. Una forma de distinguir el virus de la gripe, MERS o SARS-1.

No es fácil detectar la enfermedad ya que sus síntomas son comunes a otras patologías. Sin embargo, los investigadores de la Universidad de California del Sur, en los Estados Unidos, han tratado de determinar el orden de aparición de los síntomas del coronavirus para «ayudar a los pacientes y a los profesionales de la salud a diagnosticar y distinguir el Covid-19 de otras enfermedades respiratorias lo más rápidamente posible». Fiebre, tos, pérdida de sabor y olfato, problemas respiratorios, náuseas, erupciones cutáneas…

Los científicos examinaron los datos reunidos por la Organización Mundial de la Salud (OMS) entre el 16 y el 24 de febrero de 2020 en China. Estudiaron más de 55.000 casos confirmados del nuevo coronavirus. Esto les permitió comparar la evolución de los síntomas de la Covid-19 con los de la gripe, el síndrome respiratorio del Oriente Medio (MERS) o el síndrome respiratorio agudo severo (SARS-1).

Este estudio publicado en la revista Frontiers Public Health desprende que las personas con Covid-19 inicialmente tendrían fiebre. Entonces padecerían tos, dolor muscular, náuseas y posiblemente diarrea. En el caso de la gripe, la tos aparece antes que la fiebre.

La Covid-19 difiere del SARS y del MERS en el orden de aparición de los síntomas gastrointestinales: «El tracto gastrointestinal superior (es decir, náuseas/vómitos) parece estar afectado antes que el tracto gastrointestinal inferior (es decir, diarrea) en Covid-19, que es lo opuesto al MERS y al SARS», descubrieron los científicos.

Para los investigadores, estos datos tienen mucho valor puesto que «Este orden puede ser particularmente importante cuando las enfermedades cíclicas como la gripe se superponen con las infecciones por Covid-19», dijo Peter Kuhn, profesor de medicina de la USC. «Dado que ahora hay mejores enfoques para el tratamiento de la Covid-19, la identificación temprana de los pacientes podría reducir el tiempo de hospitalización», dijeron los autores del estudio.

Sin duda, un estudio muy valioso, aunque hay que tener en cuenta que muchas personas resultan ser asintomáticas o desarrollan formas atípicas de este virus invisible.

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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Qué precios suben y cuáles bajan en 2026: la lista completa
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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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