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Permiso parental 8 semanas: esta es la fecha clave para pedir la retribución

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Permiso parental 8 semanas retribución
Permiso parental 8 semanas: fecha para pedir la retribución

La Ley de Familias aprobada por el Gobierno de España en 2023 incluye, entre otras medidas, un permiso parental de 8 semanas para el cuidado de hijos menores de 8 años. Esta norma garantiza la igualdad de derechos para cualquier modelo de convivencia e integra nuevos permisos y prestaciones para las familias más vulnerables.

El objetivo de estos permisos es facilitar la conciliación de la vida personal y laboral para quienes tienen hijos o familiares que requieren cuidados, eliminando posibles obstáculos para la crianza o la atención a un enfermo.

Aunque la medida fue aprobada hace un año, no será hasta agosto de 2024 cuando el Gobierno la implemente. «Si dependiese de mi voluntad, habría sucedido ya, pero confío en que suceda dentro de plazo y de manera inminente», declaró el ministro de Derechos Sociales, Pablo Bustinduy.

Esta normativa viene marcada desde Europa, lo que obliga a España a cumplir con ciertos plazos. A continuación, te contamos cuándo y cómo se podrá solicitar este permiso y las características de esta medida para el cuidado del menor.

¿En qué consiste este beneficio para las familias?

Los trabajadores tendrán derecho a solicitar un permiso parental de hasta 8 semanas para el cuidado de un hijo, hija o menor acogido (por más de un año), hasta que el menor cumpla 8 años.

Este permiso no se extiende al cuidado de otros familiares, como ancianos. Sin embargo, la Ley de Familias contempla otros dos beneficios:

  1. Cinco días libres por enfermedad grave, hospitalización o cirugía que requiera reposo en el hogar del cónyuge, pareja de hecho o parientes hasta el segundo grado de consanguinidad.
  2. Cuatro días al año que pueden disfrutarse en horas por motivos familiares urgentes.

¿Cuándo y cómo se puede solicitar este permiso parental?

El permiso parental de 8 semanas para progenitores de hijos menores de 8 años podrá disfrutarse de forma continua o discontinua, a tiempo completo o parcial. Puede solicitarse en cualquier momento a la empresa, siempre que se cumplan los requisitos establecidos. La solicitud debe realizarse con una antelación mínima de 10 días antes de la fecha de inicio deseada.

Fechas para cobrar el permiso parental de 8 semanas

Un cambio reflejado en el nuevo texto legislativo es la remuneración. Hasta ahora, estas 8 semanas de permiso para el cuidado de los hijos eran no remuneradas. Según la Directiva (UE) 2019/1158 del Parlamento Europeo y del Consejo, el límite para empezar a remunerar esta ayuda es el 2 de agosto de 2024.

Si España no cumple esta normativa europea, será sancionada, por lo que se prevé que se respeten los plazos.

Este permiso pasará a ser retribuido, por lo que los padres cobrarán durante el tiempo que no trabajen.

¿Tiene requisitos a cumplir?

Con estas modificaciones, tanto la madre como el padre dispondrán de hasta 8 semanas libres para el cuidado de los hijos.

Se deben utilizar antes de que el niño cumpla ocho años, y el permiso parental puede disfrutarse de la manera que mejor convenga: completo, por días o por semanas. No se permite que un solo progenitor acumule todo el permiso.

¿Quién fija el inicio y el fin del permiso parental, los padres o la empresa?

Es la persona trabajadora quien puede decidir el inicio y el fin de este permiso parental, con una antelación de 10 días (15 días para funcionarios) exceptuando casos de fuerza mayor.

La empresa tiene la obligación de concederlo, salvo que otra persona ya lo haya solicitado para el mismo periodo. En tal caso, la empresa debe alegar por escrito el motivo y proponer un plan de permiso alternativo.

Por todo esto, a falta de fechas concretas, los beneficiarios de esta ayuda empezarán a cobrarla durante el verano de 2024, si cumplen los requisitos y presentan la solicitud correctamente.

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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