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Cinco años de prisión por asaltar a dos menores a las que chupó los pies en Aspe

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El Tribunal Supremo ha confirmado la condena a cinco años de prisión a un hombre que asaltó por las calle a dos menores para chuparles los pies en Aspe (Alicante), dos acciones que «tuvieron una significación indudablemente sexual» pese a que el agresor defendía que el pie no es zona erógena.

«En ambos casos los actos se enmarcan en una parafilia fetichista que obtiene excitación y placer sexual en relación con los pies. No se trata un tocamiento fugaz e inocente, sino de un acto de cierta trascendencia que no tiene otra explicación que la inequívocamente lasciva de obtener una satisfacción sexual», destaca el Supremo en su sentencia.

El 10 de junio de 2018, el condenado abordó a una joven de 17 años que esperaba a una amiga en el portal de su casa y le dijo que le gustaban mucho sus pies y que sí podía quitarse los zapatos.

Ante la negativa de la menor, el condenado repentinamente le sujetó fuertemente el pie, y le quitó el zapato para comenzar a chuparlo, hasta que la menor se pudo soltar y salir corriendo.

Ya el 3 de septiembre, asaltó a otra menor de 14 años, tras seguirla y empezar a acosarla hasta que la cogió por los brazos y la empujó contra la persiana de un almacén para que no pudiera moverse.

Allí la amenazó con violarla si no se quedaba quieta y enseguida comenzó a chuparle un pie al mismo tiempo que se masturbaba.

La Audiencia de Alicante le condenó a cinco años de prisión y 2.700 euros de multa por un delito de abuso sexual y otro de agresión sexual así como al pago de 4.000 euros de indemnización a las menores, una sentencia que confirmó el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana.

Tras ello, recurrió al Supremo al considerar que «el pie no puede ser nunca considerado como zona erógena a los efectos objetivos del tipo penal que establece la realización de actos de carácter sexual», es más, señaló que «no puede apreciarse» un ánimo específico ni «una clara conducta de contenido sexual» en «chupar o lamer su pie».

Por eso sostuvo que su conducta puede encuadrarse, en todo caso, en otros delitos como coacciones, vejaciones o exhibicionismo.

Pero para el alto tribunal «no hay duda» de que los actos, inconsentidos por una de las menores e impuestos violentamente a otra, «tuvieron una significación indudablemente sexual».

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Sucesos

La explosión de una bombona de gas en una vivienda de Bocairent ha provocado un incendio

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Los bomberos del Consorcio Provincial de Valencia han controlado este martes un incendio originado por la explosión de una bombona de gas en una vivienda situada en Bocairent. El incidente, registrado a primeras horas de la tarde, movilizó a numerosas unidades terrestres y aéreas debido al temor inicial de que las llamas pudieran extenderse a una zona forestal cercana.

Activación del operativo de emergencia

El aviso se recibió alrededor de las 13:15 horas, momento en que se activó un amplio dispositivo de intervención. Hasta la vivienda afectada se desplazaron:

  • Un sargento procedente del parque de Alzira

  • Tres dotaciones de bomberos de Xàtiva y Ontinyent

  • Un jefe de sector del Consorcio Provincial

La intensidad de la explosión generó una columna de humo visible desde distintos puntos del municipio, lo que llevó a activar también medios aéreos y unidades de bomberos forestales por precaución.

Sin afección al entorno natural

Aunque en un primer momento se creyó que el fuego podía haberse propagado hacia la masa forestal próxima, los equipos desplazados verificaron rápidamente que no existía riesgo para el monte. Por ello, los medios aéreos y forestales fueron retirados una vez confirmado que las llamas permanecían confinadas en la vivienda.

Incendio controlado y zona asegurada

Los bomberos lograron sofocar el incendio en un tiempo reducido, evitando daños mayores y garantizando la seguridad en la zona. Las autoridades locales y el Consorcio Provincial han recordado la importancia de revisar las instalaciones de gas y extremar la precaución para prevenir incidentes similares.

 

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