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El Supremo mantiene en prisión a José Luis Ábalos y Koldo García por riesgo de fuga en el caso mascarillas

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Koldo García y el exministro José Luis Ábalos. EFE/ J.J. Guillén

El Tribunal Supremo ha decidido mantener en prisión provisional al exministro de Transportes, José Luis Ábalos, y a su exasesor Koldo García, tras considerar que persiste un alto riesgo de fuga ante la proximidad del juicio por las presuntas irregularidades en la compra de mascarillas durante la pandemia de COVID-19.

La decisión se produce después de que ambos presentaran recursos solicitando su libertad provisional, los cuales fueron desestimados por la Sala de lo Penal del Supremo. Según los autos, la situación procesal y las circunstancias personales de los imputados justifican que permanezcan en prisión sin fianza, tal y como se determinó inicialmente el 27 de noviembre de 2025 por el magistrado instructor Leopoldo Puente, responsable del llamado ‘caso Koldo’.

Antecedentes del caso mascarillas

El caso mascarillas investiga supuestas irregularidades en la adquisición de material sanitario durante la etapa más crítica de la pandemia de COVID-19 en España. Los imputados, entre ellos Ábalos y su asesor Koldo, están acusados de posibles delitos de prevaricación, malversación y fraude en la contratación pública, relacionados con compras millonarias de mascarillas que no habrían seguido los cauces legales.

El proceso judicial ha sido altamente mediático, ya que involucra a altos cargos del Gobierno español y transcurre en un contexto de gran sensibilidad social por la gestión de recursos sanitarios durante la emergencia sanitaria.

Motivos para mantener la prisión provisional

El Tribunal Supremo justifica la decisión de mantener a Ábalos y Koldo en prisión debido a:

  • Alto riesgo de fuga, considerando la proximidad del juicio y la gravedad de los delitos que se investigan.

  • La necesidad de garantizar la comparecencia de los acusados durante todo el proceso judicial.

  • La protección de la integridad de la investigación, evitando cualquier posible interferencia o destrucción de pruebas.

Próximos pasos en el proceso judicial

Con la resolución del Supremo, se mantiene la prisión preventiva sin fianza para ambos acusados hasta que se celebre el juicio, que se espera que comience en los próximos meses. La Sala de lo Penal ha indicado que evaluará nuevamente la situación solo si cambian de forma significativa las circunstancias procesales o personales de los imputados.

Mientras tanto, las defensas han adelantado que continuarán explorando vías legales para solicitar la libertad provisional, aunque el alto riesgo de fuga se mantiene como principal obstáculo.

 

José Luis Ábalos amenaza con destapar a Begoña Gómez y Ángel Víctor Torres tras entrar en prisión

 

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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