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El Supremo envía a juicio a Ábalos y Koldo y les mantiene en prisión por la presunta trama de mascarillas

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Koldo García y el exministro José Luis Ábalos. EFE/ J.J. Guillén

MADRID, 11 (EUROPA PRESS).– El magistrado del Tribunal Supremo Leopoldo Puente ha decretado la apertura de juicio oral para el exministro José Luis Ábalos, su exasesor Koldo García y el empresario Víctor de Aldama por presuntas irregularidades en los contratos de mascarillas adjudicados por el Ministerio de Transportes durante la pandemia. Al mismo tiempo, ha acordado mantener en prisión provisional a Ábalos y Koldo.

Mantiene en prisión a Ábalos y Koldo por riesgo de fuga

El instructor del conocido como ‘caso Koldo’ adopta esta decisión después de que la Sala de Apelación rechazara esta semana los recursos presentados por ambos contra su procesamiento por presuntos delitos de cohecho, pertenencia a organización criminal, tráfico de influencias y malversación.

La Fiscalía solicita 24 años de prisión para Ábalos, 19 años y medio para Koldo y siete años para De Aldama. Por su parte, las acusaciones populares —encabezadas por el PP— reclaman 30 años de cárcel para el exministro y su exasesor y la misma pena que pide el Ministerio Público para el empresario.

Tanto el fiscal como las acusaciones populares solicitaron al magistrado que Ábalos y Koldo ingresaran en prisión provisional ante el alto riesgo de fuga, dada la gravedad de las penas reclamadas. El juez aceptó y ordenó su ingreso en la cárcel de Soto del Real el pasado 27 de noviembre.

Este jueves, Puente ha decidido mantenerles en prisión, exigiéndoles además una fianza de 60.000 euros “a fin de asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran imponerse”. Si no presentan esa cantidad en cinco días hábiles, advierte, se procederá al embargo de bienes suficientes para cubrirla.

Medidas cautelares para Aldama

Respecto a Víctor de Aldama, el magistrado ha resuelto mantener las medidas cautelares ya fijadas: retirada del pasaporte, prohibición de salida del país y comparecencias quincenales ante la autoridad judicial.

Diez días para presentar los escritos de defensa

En la resolución, Puente comunica también a los acusados que disponen de diez días para presentar sus escritos de defensa. Si no lo hacen en el plazo marcado, se entenderá que se oponen a los escritos de acusación y el proceso seguirá su curso.

El Supremo envía a juicio a los tres tras decidir, el pasado septiembre, dividir la causa: en la pieza principal se mantienen las investigaciones sobre los contratos de mascarillas, mientras que en una pieza separada se analizan las pesquisas sobre una presunta trama de cobro de comisiones a cambio de obra pública.

 

José Luis Ábalos amenaza con destapar a Begoña Gómez y Ángel Víctor Torres tras entrar en prisión

 

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La Audiencia Nacional archiva la investigación penal del apagón y descarta un sabotaje terrorista

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Última hora apagón

El juez concluye que no existen indicios de terrorismo ni ciberataque y apunta a un conflicto civil o administrativo por el control de la tensión eléctrica.

La Audiencia Nacional (AN) ha archivado la investigación penal abierta tras el apagón eléctrico del 28 de abril, al descartar que el histórico cero energético tuviera su origen en un sabotaje terrorista o un ciberataque. El magistrado José Luis Calama determina que no existe “ni el mínimo indicio” de una acción delictiva y sitúa el origen del incidente en una disfunción del sistema eléctrico.

En un auto difundido este lunes, el titular del Juzgado Central de Instrucción número 4 decreta el sobreseimiento provisional de la causa y concluye que lo ocurrido responde a un conflicto de naturaleza administrativa y/o civil entre los distintos operadores del sector eléctrico, que deberá resolverse fuera de la vía penal.

Sin rastro de terrorismo ni ciberataque

El juez adopta esta decisión tras analizar los informes elaborados por diversos organismos especializados en ciberseguridad y lucha antiterrorista. Todos ellos coinciden en descartar de forma absoluta que el apagón se produjera por una acción externa, ya fuera de grupos terroristas, actores estatales o redes de cibercrimen.

Entre los análisis examinados figuran los del Centro Criptológico Nacional, el Mando Conjunto del Ciberespacio, el Instituto Nacional de Ciberseguridad y la Oficina de Coordinación de Ciberseguridad, ninguno de los cuales detectó intrusiones, ataques informáticos ni actividades maliciosas en los sistemas eléctricos.

Un conflicto por el control de la tensión eléctrica

Lejos de la hipótesis del sabotaje, el auto judicial señala que el apagón tuvo un origen multifactorial, vinculado principalmente a problemas en el control de la tensión del sistema eléctrico. Según el informe del Ministerio para la Transición Ecológica, citado por el juez, se produjo una combinación de factores técnicos.

Entre ellos destacan una programación insuficiente de centrales síncronas, el hecho de que algunas centrales capaces de regular la tensión no respondieran adecuadamente a las consignas de Red Eléctrica y la aparición de oscilaciones y desconexiones de determinadas instalaciones de generación, algunas de ellas aparentemente indebidas.

El magistrado subraya que no faltaban recursos en el sistema eléctrico español, sino que estos no fueron gestionados o utilizados de forma adecuada, lo que derivó en el colapso.

La vía penal queda cerrada

En su resolución, Calama insiste en que no aprecia indicios delictivos y que, por tanto, el caso debe quedar fuera del ámbito penal. El conflicto entre Red Eléctrica y las compañías eléctricas deberá resolverse, en su caso, por la vía administrativa o civil, donde ya actúan otros organismos reguladores.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) mantiene abierta su propia investigación y podría imponer sanciones económicas o incluso retirar autorizaciones para operar, además de abrir la puerta a futuras reclamaciones por daños y perjuicios.

Con este auto, la Audiencia Nacional cierra definitivamente la hipótesis de un apagón provocado por terrorismo o ciberataque, y centra el foco en las responsabilidades técnicas y de gestión dentro del sistema eléctrico.

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