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¿Qué hacer si nuestros hijos ven porno queriendo o sin querer? La psicóloga Ana Cabello responde

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Ley control parental dispositvos móviles

Vivimos en una sociedad en la que estamos a un solo ‘click’ de todo. Ya sea a través del móvil, ordenadores o tablets podemos ver nuestras series favoritas, realizar nuestras compras, consultar las cuentas del banco, chatear con amigos, ligar… Pero esa ‘comodidad’ de poder acceder a todo desde la tecnología se convierte también en una peligrosa arma en manos de los menores, que tienen acceso ilimitado en internet a contenidos que no son apropiados para su edad como puede ser el porno.

Entonces surgen las dudas: ¿Cómo reaccionamos como padres si descubrimos a nuestros hijos viendo pornografía? ¿Qué hacemos? ¿Cómo explicamos que porno no es lo mismo que sexo? ¿A qué edad debemos abordar el tema de la sexualidad y la pornografía?

Ana Cabello, psicóloga general sanitaria y especialista en infanto-juvenil de Clínica Cabalta, nos explica en exclusiva para Official Press cómo debemos actuar en cada caso.

–Cada vez es más temprano el acceso de los niños al contenido sexual debido a las nuevas tecnologías.
Como padres tenemos que anticiparnos a la posibilidad de que vean contenido sexual en la red. ¿Cómo lo podemos hacer? Es importante utilizar controles parentales para bloquear el acceso a determinadas webs. Ya que en la infancia puede ser un contenido impactante e incomprensible para los niños. Podemos explicarles que en la red hay ciertas páginas que tienen contenido para adultos y que no lo tienen que ver. Es un límite que tenemos que poner como padres, como que no tomen café, vino u otros límites.

–¿Qué debemos hacer los padres cuando los niños ven porno queriendo o sin querer?
Primero habrá que averiguar qué es lo que han visto y recoger la emoción que esto les haya producido. No es necesario dar más información que las que nos pidan. No utilizar eufemismos, llamar a las cosas por su nombre y adaptarnos a la madurez del niño. Nos ayudará usar un enfoque biológico.

–¿Cómo podemos explicar que porno no es igual a sexo?
Una cosa es tener sexo con alguien que te gusta o quieres, que te respeta, que buscas disfrutar y que el otro disfrute y otra cosa es el porno que es un producto para adultos.
Muchos adolescentes prueban sexo anal u otras prácticas como pura copia de lo que han podido ver y no porque sea algo con lo que disfruten. En bastantes casos no conocen su cuerpo, no se han masturbado tan siquiera y hacen prácticas sexuales como copia a un video donde aparentemente los protagonistas disfrutan.
Cada uno tiene que ir conociendo su cuerpo e ir viendo que le hace disfrutar y donde quiere poner los límites. Para ello es importante trabajar saber poner límites y conocerse uno mismo.

–¿Es mejor hablar el tema antes que nuestros hijos tengan acceso a la pornografía? (Es mejor hablar de porno antes que lo vean ellos o es mejor después)
Es importante hablar sobre la sexualidad a medida que los niños van creciendo y van presentando dudas o van apareciendo conductas de interés sexual, como la masturbación. Tenemos que adaptarnos a la madurez del niño y no adelantarnos a dar información que no demandan o no parece que les interese.
Si como adultos nos ven poco accesibles en este tema es cuando buscaran esta información por la red y es probable que encuentren contenido no apto para niños.

–¿A qué edad debemos los padres abordar el tema de la sexualidad y la pornografía?
Sobre la sexualidad se empieza hablar desde muy pequeños, porque tienen curiosidades como conocer los genitales opuestos y los suyos propios…También es importante que les transmitamos que no dejen que les toquen otras personas y que ellos también respeten a los demás.
Hablarles de tocarse cuando se está a solas en su intimidad. Tratar el tema con naturalidad hará que ellos nos pregunten con naturalidad y no lo vean como un tema tabú. Hay que ir respetando la madurez y la curiosidad de cada niño. Para ellos es importante que se vayan resolviendo las dudas que les van surgiendo. La mejor forma es usar un enfoque biológico y educativo.

–No es lo mismo que un niño o una niña descubra el porno con 8 años que lo haga con 11. ¿Cómo debemos actuar según la edad?
No es lo mismo por el grado de madurez y la información que tengo del mundo. Igualmente son edades muy tempranas donde aún no han aparecido los cambios sexuales secundarios que van unidos al inicio del interés sexual. La respuesta dependerá de la madurez del niño y de la información que se le haya ido dando al respeto. Les puede producir mucho susto, incomprensión, asco…

–¿Es la educación sexual la mejor medida preventiva para evitar malentendidos futuros?
Es lo mejor para que nos vean accesibles y puedan consultarnos sus dudas sin tener que recurrir a otras fuentes seguramente menos seguras. Dejar la vergüenza o el enfado a un lado para que vean el tema con naturalidad.

–El tema del porno, ¿es un asunto que hay que explicar en casa o en los colegios?
Yo creo que en casa es fundamental y que en los colegios se hiciera apoyaría mucho a las familias. Ya que hay familias que por sus propias creencias o por su la educación que han recibido no hablan de sexo.

–Muchos acceden a la pornografía en busca de respuestas a sus dudas sobre sexualidad con el peligro que esto conlleva…
Van a acceder a la pornografía para resolver dudas sobre todo si no tienen respuesta a sus preguntas en otros lugares. Por ello, la importancia de mostrar naturalidad y poder hablar de sexo. Además les podemos explicar que la pornografía no va a darles respuesta a sus dudas. La pornografía es algo fabricado para atraer y se va a buscar cuerpos llamativos, tamaños grandes que en la mayoría de las veces no reflejan los cuerpos habituales.

–Una de las soluciones para evitar que nuestros hijos vean porno es el control parental. ¿Existe alguna otra solución? ¿Qué hacemos si sus amigos se lo enseñan?
Además del control parental, la otra solución es hablar de la sexualidad desde pequeños, atendiendo a las dudas que van surgiendo para que en la adolescencia no sea un tema tabú que no puedo tratar con mis padres.
Si sus amigos se lo enseñan, tenemos que preguntarles qué es lo que han visto y explicarles las dudas que hayan podido surgir, así como recoger la emoción que hayan sentido.

 

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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