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Rain Forest propone al Ayuntamiento de Valencia ubicar un parque acuático junto al Bioparc

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La compañía Rain Forest ha propuesto al Ayuntamiento de Valencia construir un gran parque acuático junto al Bioparc. Así lo ha confirmado el consistorio que ha recibido la propuesta realizada para ser ubicada en una de las parcelas situadas junto a Bioparc, por lo que se va a proceder a su estudio, según ha explicado el concejal de Desarrollo Urbano, Vicent Sarriá, ante las preguntas de los periodistas, precisando que se trataría de un parque con atracciones de agua para el verano y de aventura para el invierno.

Tal como ha señalado el edil, dentro de la concesión del proyecto de Bioparc en su día entraban dos parcelas, que llevan años sin tener uso definido; y además, una de ellas contiene unas alquerías protegidas que han de ser rehabilitadas. Sarriá ha asegurado que era “imprescindible, cuanto antes, que se concretaran los usos de dichas parcelas”.

Según ha indicado, la empresa concesionaria, Rain Forest, ha planteado habilitar en una de ellas, precisamente en la que se ubican las alquerías, “un uso aún por desarrollar, que estaría relacionado con el carácter de parque recreativo o parque acuático”. Ante las preguntas de los periodistas, Sarriá ha explicado desde la Concejalía se va a analizar la compatibilidad de dicha propuesta con los parámetros urbanísticos de la zona, así como ir definiendo el uso de las alquerías y el proyecto en sí, ya que “aún se está en fase de propuesta inicial”.

“No podemos tomar una decisión hasta no conocer con más detalle la absoluta compatibilidad con los parámetros urbanísticos”, ha manifestado el concejal. “La propuesta la hemos conocido ayer, y lógicamente aún no puede haber ninguna decisión. Son parcelas en las que la empresa tiene la capacidad de proponer usos, pero los que hasta ahora se habían planteado no eran compatibles con la calificación de las parcelas”.

El delegado ha concluido explicando que lo que se tiene en estos momentos es “sólo un boceto sin desarrollo; y en cuanto lo conozcamos con detalle podrá haber una respuesta por parte del equipo de gobierno”.

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Este es el límite para pagar en efectivo en España

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El límite para pagar efectivo en España viene acompañado de una advertencia de la Agencia Tributaria. Además es el medio de pago más utilizado en España, seguido por la tarjeta y los dispositivos móviles.

¿En qué consiste?

Hace un año que fue aprobada la Ley 11/2021, de 9 de julio como medida de prevención y lucha contra el fraude fiscal.

Esta norma determinó la limitación al uso de efectivo para determinadas operaciones económicas, disminuyendo el límite general de pagos en efectivo de 2.500 a 1.000 euros.

Pero en esta ley hay algunas excepciones que debemos conocer.

Límite para pagar en efectivo en España

Así, el límite varía si el domicilio fiscal está fijado fuera de España, multiplicándose por 10 el límite máximo.

La Ley recoge que no podrán pagarse en efectivo «las operaciones, en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional, con un importe igual o superior a 1.000 euros o su contravalor en moneda extranjera».

Importe que se eleva hasta los 10.000 euros o su contravalor en moneda extranjera cuando el pagador sea una persona física que justifique que no tiene su domicilio fiscal en España y no actúe en calidad de empresario o profesional.»

¿Cuáles son los medios de pago?

Según explica la Agencia Tributaria, para calcular los importes, se suman todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios, considerando medios de pago:

  • El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
  •  Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
  • Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago a la persona portadora.

Quienes intervengan en las operaciones que no puedan pagarse en efectivo deben conservar los justificantes del pago durante cinco años desde la fecha del pago, para poder acreditar que el pago se realizó a través de alguno de los medios de pago distintos al efectivo.

Esta limitación no se aplica a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito ni a las operaciones de cambio de moneda en efectivo realizadas por los establecimientos de cambio de moneda.

Sanciones por superar el límite de pagar en efectivo

El incumplimiento de las limitaciones a los pagos en efectivo constituye una infracción administrativa grave. Puede ser cometida tanto por las personas o entidades que paguen como por las que reciban total o parcialmente cantidades en efectivo incumpliendo la limitación establecida.

La base de la sanción será la cuantía pagada en efectivo en las operaciones de importe igual o superior a 1.000 euros o 10.000 euros (o su contravalor en moneda extranjera).

La sanción consistirá en una multa proporcional del 25 por ciento de la base de la sanción, contemplando una reducción del 50 por ciento del importe de la sanción si se cumplen determinadas condiciones.

 

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