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Valencia

Resultados de las elecciones del 23J en la Comunitat Valenciana

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Resultados elecciones 23J Comunitat Valenciana
Imagen de archivo del presidente del PP, Alberto Núñez Feijóo (2d), junto al president de la Generalitat, Carlos Mazón (2i), y el cabeza de lista al Congreso por Valencia, Esteban González Pons (i), durante un acto de su partido en la penúltima jornada de la campaña electoral en Valencia. EFE/ Biel Aliño

València, 23 jul (OFFICIAL PRESS- EFE).- Los resultados de las elecciones del 23J en la Comunitat Valenciana dejan una clara victoria del bloque de la derecha. El Partido Popular ha culminado este 23J el vuelco que logró el 28M en la Comunitat Valenciana, donde ha ganado las elecciones y suma mayoría absoluta con Vox, que baja en representación, mientras que en la izquierda el PSOE mejora resultados y Compromís-Sumar logra un escaño menos que Compromís y Podem por separado hace cuatro años.

De los 33 escaños del Congreso que elige la Comunitat -uno más que hace cuatro años- el PP ha logrado 13 (gana 5) y Vox 7 (pierde 2), con lo que el bloque de la derecha suma 18 diputados, frente a los 15 de la izquierda: 11 del PSOE (sube 1) y 4 de Compromís-Sumar (Compromís tenía 1 y Unides Podem, 4).

El PP gana las elecciones del 23J en la Comunitat, donde vence el bloque de la derecha

El PP de Carlos Mazón, que esta semana ha tomado posesión del cargo de president de la Generalitat tras desalojar al tripartito de izquierdas y ha nombrado un Gobierno que incluye tres miembros de Vox, se consolida con su hegemonía como uno de los principales feudos del partido, al recabar más de 917.000 votos, 35.500 más que en mayo, con el 99,9 % escrutado.

Los populares, que aspiraban a que esta autonomía fuera antesala del cambio en España tras la victoria de hace ocho semanas, han logrado con las listas encabezadas por Esteban González Pons en Valencia, Alberto Fabra en Castellón y Macarena Montesinos en Alicante ser de nuevo primera fuerza y suben a 13 escaños.

Recogen así los dos escaños que tenía el desaparecido Ciudadanos y los dos que pierde Vox, y completan el cambio de ciclo en la Comunitat Valenciana iniciado en las elecciones autonómicas y municipales 28M, cuando también sumaron mayoría absoluta con Vox.

Los resultados del PSOE

Los socialistas de Ximo Puig, que hace 54 días lograron sus mejores resultados en unas autonómicas desde 2007 pero perdieron la Generalitat por el descalabro de Unides Podem y la bajada de Compromís, logran un escaño más que en 2019, tras recabar 844.499 votos, el 32,12 %, y consiguen más de 136.300 votos más que el 28M.

Con unas listas al Congreso por Valencia que encabezaba la ministra de Ciencia, Diana Morant, seguida del exministro José Luis Ábalos de dos, los socialistas se sitúan de nuevo como segunda fuerza en la Comunitat, como ocurrió el 28M, y siguen como principal partido del bloque de izquierdas, cuya suma de queda a dos de la mayoría absoluta.

Vox, tercera fuerza

Como tercera fuerza se sitúa Vox, con 411.590 votos, el 15,65 %, que tras cerrar en la Comunitat el primer Ejecutivo de coalición con el PP después del 28M, consigue ahora, tras lograr 101.400 votos más que el 28M, cinco escaños (pierde dos), si bien sumados a los del PP dan mayoría absoluta al bloque conservador.

Lo ha hecho con una lista encabezada en Valencia por Carlos Flores Juberías, quien hace ocho semanas fue el candidato a la presidencia de la Generalitat y que no llegó a recoger el acta de Les Corts después de que el que el PP nacional marcara como una línea roja su condena por maltrato de hace dos décadas.

Compromís-Sumar

Compromís-Sumar, la nueva alianza en la que se han integrado miembros de Compromís y de Podem, ha recabado 399.082 votos, el 15,18 %, con lo que consigue 4 diputados, uno menos que hace cuatro años, cuando Compromís obtuvo el escaño de Joan Baldoví y Unides Podem logró 4 diputados.

La candidatura, encabezada en Valencia por la secretaria general de Més Compromís, Àgueda Micó, y que ha logrado 47.000 votos menos que la suma de Compromís y Podem el 28M, se queda un escaño por debajo de los cinco necesarios para tener un grupo propio en el Congreso, aunque intentará pelear por él.

 

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Valencia

Multan con 25.000 euros a una empresa de Valencia por obligar a sus trabajadoras a llevar cofia

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18 empleadas suspendidas de empleo y sueldo por negarse a llevar cofia
Una empleada con el 'tocado' que las trabajadoras se negaron a poner, en una imagen facilitada por la empresa a EFE.

El TSJCV confirma que imponer una diadema ornamental exclusivamente a las mujeres constituye discriminación por razón de sexo. La compañía llegó a sancionar a 18 empleadas que se negaron a utilizarla durante tres eventos de gala.

Una empresa de cáterin de Valencia tendrá que pagar una multa de 25.000 euros por obligar a sus trabajadoras a llevar una cofia o diadema como complemento del uniforme. El Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) ha confirmado la sanción al considerar que esta exigencia, impuesta exclusivamente al personal femenino y sin una justificación objetiva, constituye una discriminación directa por razón de sexo.

La Sala de lo Social del alto tribunal autonómico ha rechazado el recurso presentado por la mercantil y ha ratificado la resolución judicial que ya había avalado la sanción administrativa. Los magistrados consideran que la prenda se exigía a las mujeres por motivos meramente estéticos o de imagen, sin que existiera una obligación equivalente para los trabajadores hombres.

La sentencia, dictada el pasado 22 de septiembre, respalda así el criterio de la Inspección de Trabajo y de la Dirección General de Trabajo, Bienestar y Seguridad Laboral de la Generalitat.

La empresa sancionó a 18 trabajadoras por no llevar la diadema

Los hechos se remontan a julio de 2022, cuando la empresa impuso a sus empleadas una prenda ornamental adicional a la uniformidad obligatoria. La exigencia afectaba únicamente al personal femenino y no respondía, según las resoluciones judiciales, a ninguna necesidad objetiva relacionada con el desempeño del trabajo.

Uno de los elementos que tuvo especialmente en cuenta el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia fue que la compañía llegó a sancionar a 18 trabajadoras por negarse a utilizar la diadema durante tres eventos de gala.

La empresa dejó posteriormente sin efecto esas sanciones y comunicó al comité de empresa que, por el momento, se abandonaría el uso de la prenda. Sin embargo, esta rectificación se produjo después de que la mercantil hubiera sido citada para comparecer ante la Inspección de Trabajo.

En enero de 2023, la Inspección levantó un acta de infracción al apreciar una falta muy grave por discriminación directa por razón de sexo. La Administración autonómica confirmó posteriormente la infracción e impuso una multa de 25.000 euros.

La compañía recurrió la resolución administrativa ante los tribunales, pero el Juzgado de lo Social número 13 de Valencia desestimó su demanda en mayo del pasado año y mantuvo la sanción.

El TSJCV confirma que la exigencia era discriminatoria

La empresa volvió a recurrir la sentencia, esta vez ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana. El tribunal ha rechazado ahora sus argumentos y considera acreditado que la imposición de la cofia afectaba exclusivamente a las mujeres y carecía de una causa objetiva que la justificara.

Los magistrados subrayan que no existía una prenda equivalente para los hombres en condiciones comparables y que la diferencia de trato no respondía a una finalidad legítima, necesaria y proporcionada.

La resolución recuerda la doctrina del Tribunal Supremo sobre los uniformes diferenciados por sexo: imponer una indumentaria femenina específica, sin una alternativa equivalente y sin justificación objetiva, puede vulnerar el principio de igualdad.

El tribunal también descarta que la ausencia de una intención discriminatoria por parte de la empresa sea suficiente para evitar la sanción. Lo determinante, según recoge la sentencia, es que existió una diferencia de trato directa por razón de sexo.

Una infracción muy grave por discriminación laboral

La conducta empresarial fue encuadrada en el artículo 8.12 de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que considera infracción muy grave las decisiones unilaterales de la empresa que impliquen discriminaciones directas o indirectas desfavorables por razón de sexo, entre otros motivos protegidos.

La sanción económica de 25.000 euros queda así confirmada por el TSJCV, aunque contra la sentencia todavía cabe recurso de casación ante el Tribunal Supremo para la unificación de doctrina.

El fallo vuelve a poner el foco en las normas de vestimenta en el entorno laboral y en los límites que tienen las empresas a la hora de establecer uniformes o complementos distintos para hombres y mujeres. La imagen corporativa no puede justificar por sí sola una exigencia que suponga un trato desigual por razón de sexo.

 

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