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Valencia

Riba-roja sancionará con hasta 3.000 euros solicitar servicios sexuales en algunas zonas

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Riba-roja de Túria multas prostitución

El Ayuntamiento de Riba-roja de Túria ha dado un paso histórico al aprobar la primera ordenanza municipal abolicionista contra la prostitución y la explotación sexual. Esta normativa, impulsada por el gobierno del PSPV con el apoyo de Compromís, Esquerra Unida-Podem y Vox, y la abstención del PP, establece sanciones de hasta 3.000 euros para quienes demanden servicios sexuales en áreas sensibles como colegios, parques o lugares con baja visibilidad.

Un plan pionero para abolir la prostitución

La ordenanza forma parte del I Plan Abolicionista Municipal, aprobado en noviembre del año pasado, cuyo objetivo principal es eliminar la prostitución y otras formas de explotación sexual en el término municipal. Este enfoque busca proteger los derechos de las mujeres víctimas del sistema prostitucional y garantizar la convivencia ciudadana en los espacios públicos.

El texto aprobado subraya que, partiendo de la defensa de los derechos humanos y los derechos de las mujeres, se persigue erradicar la prostitución considerando víctimas a todas las mujeres en esta situación. Asimismo, sanciona la demanda como principal causa de la existencia de la prostitución y propone medidas integrales e inclusivas más allá del ámbito sancionador para garantizar la protección y reintegración de las mujeres afectadas.

Clasificación de infracciones y sanciones

La ordenanza divide las infracciones en tres categorías principales: leves, graves y muy graves, cada una con sanciones económicas proporcionales.

Infracciones leves

Se sancionará con multas de entre 500 y 750 euros acciones como:

  • Publicar, repartir o difundir publicidad que fomente el consumo de prostitución o turismo sexual.
  • Utilizar elementos del espacio público para la promoción de actividades relacionadas con la prostitución.

Infracciones graves

Las infracciones graves, que conllevan sanciones de entre 750,01 y 1.500 euros, incluyen:

  • Solicitar, negociar o aceptar servicios sexuales retribuidos, ya sea directa o indirectamente.
  • Pedir servicios sexuales para uso propio o de terceros.
  • Realizar actividades sexuales a cambio de dinero u otros beneficios en el espacio público.

Infracciones muy graves

Las infracciones muy graves, castigadas con multas de entre 1.500,01 y 3.000 euros, abarcan las conductas anteriores cuando ocurren en zonas cercanas a:

  • Centros educativos, culturales, festivos o deportivos.
  • Espacios públicos con alta afluencia de menores o condiciones de vulnerabilidad, como áreas con poca iluminación o aisladas.

Sanciones a menores y medidas alternativas

La ordenanza también aplica a menores de entre 14 y 18 años. En estos casos, las sanciones económicas pueden sustituirse por actividades de interés social y valor educativo para que comprendan la gravedad de sus acciones.

Plazos de prescripción

  • Las infracciones leves prescribirán a los 6 meses.
  • Las graves, a los 2 años.
  • Las muy graves, a los 3 años.

Declaraciones oficiales

La concejala de Igualdad de Riba-roja de Túria, Raquel Pamblanco, destacó:

“Esta ordenanza es un paso muy importante para proteger a las mujeres víctimas de explotación sexual. Nuestro plan abolicionista, pionero en España, ya ha sido reconocido por diversas instituciones públicas, situándonos como referentes en la defensa de los derechos humanos”.

Con esta medida, Riba-roja de Túria se posiciona como un modelo en la lucha contra la explotación sexual, reforzando la protección de las mujeres y fomentando una convivencia basada en el respeto y la igualdad.

 

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Valencia

La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón

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Carlos Mazón imputación dana
La jueza de la dana pide al TSJCV que impute a Carlos Mazón-EUROPA PRESS

La jueza de Catarroja que investiga la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 ha acordado elevar una exposición razonada al Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV) para que se investigue al expresident de la Generalitat Carlos Mazón por una presunta “inactividad negligente” durante la emergencia que causó 230 víctimas mortales y una más en estudio.

La magistrada considera que existen indicios suficientes para que el alto tribunal asuma la investigación sobre el exjefe del Consell, dado que mantiene su acta de diputado en Les Corts y, por tanto, su condición de aforado. En la causa ya figuran como investigados la exconsellera de Justicia e Interior Salomé Pradas y su ex número dos Emilio Argüeso.

La instructora ve “conexidad” para investigar al expresident

Según el auto judicial, de 109 páginas, la investigación debe “extenderse de manera inevitable” a Mazón por la “evidente conexidad” con los hechos y la normativa de protección civil. La magistrada sostiene que, desde la perspectiva de la Presidencia de la Generalitat, la gestión de la emergencia “se detuvo de facto” durante varias horas en las que el entonces president permaneció en el reservado de un restaurante.

La resolución subraya que esa permanencia “absolutamente pasiva” durante cerca de cinco horas podría constituir una “grosera negligencia” con un resultado mortal de 230 fallecidos y numerosos heridos.

Competencia autonómica en la emergencia

La jueza recuerda que la gestión de la emergencia correspondía “exclusivamente” a la Generalitat Valenciana al haberse declarado el nivel dos. En ese contexto, cita resoluciones de la Audiencia Provincial que inciden en la competencia autonómica conforme al Estatuto de Autonomía, la Ley de Protección Civil y el plan especial frente a inundaciones.

El auto detalla además las circunstancias de cada una de las víctimas mortales y sitúa la dirección del plan de emergencias en la entonces consellera Salomé Pradas.

Cadena de negligencias y responsabilidad jerárquica

La instructora describe una “cadena de negligencias” en la que habrían intervenido distintos responsables. Entre los elementos señalados figuran:

  • La convocatoria tardía del CECOPI.

  • El retraso en el envío de la alerta a la población, que se produjo a las 20.11 horas cuando la mayoría de víctimas ya habían fallecido.

  • La falta de coordinación entre organismos autonómicos.

  • Los avisos previos de la Agencia Estatal de Meteorología y la Confederación Hidrográfica del Júcar.

  • El elevado número de llamadas al 112 durante la jornada.

A juicio de la magistrada, la estructura jerárquica implicaba que el president debía supervisar y controlar la actuación de los responsables inferiores, lo que sitúa su eventual responsabilidad en un plano de mayor gravedad.

Horas clave sin decisiones relevantes

El auto apunta a una “situación de ajenidad” del entonces president entre las 14.30 y las 20.28 horas, cuando llegó al CECOPI en l’Eliana. En ese periodo, la jueza aprecia una supuesta minimización de la gravedad de la emergencia y ausencia de decisiones relevantes por parte de la máxima autoridad autonómica.

También ve indicios de una posible participación en el proceso de envío de la alerta Es-Alert, al considerar que los mensajes del jefe de gabinete del expresident a la consellera no eran simples opiniones, sino órdenes.

La instructora cuestiona además la falta de comunicación directa en momentos críticos y la imposibilidad de coordinar la emergencia si el teléfono no estaba operativo o accesible.

Sin valoración política

La magistrada recalca que la exposición razonada no se basa en un análisis moral o político, sino en la posible relevancia penal de la actuación del aforado y en su papel en la coordinación de la emergencia.

El TSJCV deberá decidir ahora si asume la investigación sobre Carlos Mazón en el marco de la causa abierta por la gestión de la dana del 29 de octubre de 2024 en la Comunitat Valenciana.

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