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Cambio en la dosis de refuerzo: Cuándo vacunarte si has pasado ómicron

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dosis de refuerzo covid
Cambio en la dosis de refuerzo: Cuándo vacunarte si has pasado ómicron EFE

El intervalo mínimo entre el positivo en coronavirus y la administración de la dosis de recuerdo en pacientes con pauta completa será de cuatro semanas mínimo

Cambio total en el plan de vacunación de España. La Comisión de Salud Pública ha recomendado este martes que los adultos que se hayan infectado de coronavirus se pongan la tercera dosis a los cinco meses del diagnóstico -aunque puedan hacerlo a partir de la cuarta semana- y que los niños de 5 a 11 años que se hayan contagiado y aún no se hayan vacunado reciban una sola.

En el caso de que los pequeños se hayan infectado tras el primer pinchazo deberán darse un segundo a las ocho semanas del diagnóstico, siempre y cuando se hayan cumplido las ocho semanas establecidas entre dosis para ellos, ha informado el Ministerio de Sanidad.

Para las personas que cuentan con la pauta completa de la vacuna contra el coronavirus y después dan positivo en Sars-CoV-2, el intervalo entre la infección y la administración de la dosis de recuerdo será de un mínimo de 4 semanas, pero se recomienda su administración a los 5 meses tras el diagnóstico de la infección.

«La evidencia actual muestra que el hecho de tener una infección por SARS-CoV-2 tras tener la pauta completa de primovacunación hace que se desarrolle una respuesta inmune más potente y más amplia en términos de neutralizar otras variantes del virus, en comparación con la respuesta inmune observada en personas que solo padecieron infección o que solo recibieron dos dosis», asegura la comisión.

Además, las infecciones por ómicron «aumentan la respuesta de células de memoria a antígenos víricos» diferentes a la proteína S en comparación con las infecciones tras la vacunación causadas por la variante delta, lo que implica, añade, una ampliación de la inmunidad.

Es por eso que el recuerdo de los adultos que recibieron la pauta completa y que luego pasan la infección sintomática o asintomática, el intervalo que debe transcurrir entre la segunda y la tercera dosis debe ser de un mínimo de 4 semanas, aunque lo aconsejable es que lo hagan a los cinco meses.

Dosis de refuerzo en niños

Uno de ellos es administrar la vacuna contra el coronavirus a niños entre 5 y 11 años después de infectarse con este virus. En el caso de que el positivo en Sars-CoV-2 se produzca antes de que se inocule la vacuna, se administrará una sola dosis de la vacuna a partir de las 8 semanas tras el diagnóstico de la infección.

Si el contagio de covid-19 se produce entre una dosis y otra, la segunda dosis se administrará a partir de las 8 semanas tras el diagnóstico, se mantiene por tanto el intervalo de 8 semanas respecto a la primera dosis.

Así lo han acordado los directores generales de Sanidad y las comunidades en una reunión en la que han decidido que el intervalo entre la infección y la administración de la tercera dosis en adultos sea «de un mínimo de cuatro semanas», en la línea de lo que establecieron a principios de enero, si bien ahora «se recomienda su administración a los cinco meses tras el diagnóstico de la infección».

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Si utilizas Bizum, ojo a lo que llega en 2026: los cambios que va a implantar Hacienda 

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Estafa Bizum inverso
Usuarios con la aplicación de Bizum. / ARCHIVO

Hacienda refuerza el control sobre Bizum a partir de 2026

El inicio de 2026 traerá importantes novedades fiscales que afectarán de lleno a los sistemas de pago digitales. Entre ellos, Bizum será uno de los principales protagonistas. A partir del 1 de enero de 2026, la Agencia Tributaria intensificará el control sobre esta plataforma y otros medios de pago electrónico con el objetivo de reforzar la lucha contra el fraude fiscal.

El cambio se enmarca en el Real Decreto 253/2025, que reconoce el creciente peso de los sistemas de pago digitales —más allá de las tarjetas bancarias tradicionales— y la necesidad de integrarlos de forma plena en los mecanismos de control tributario.

Por qué Hacienda pone el foco en Bizum y otros pagos móviles

Según ha explicado la Agencia Tributaria, el auge de los pagos a través del teléfono móvil, tarjetas virtuales y plataformas digitales ha generado nuevas formas de cobro difíciles de rastrear con la normativa anterior. Por ello, la reforma incorpora expresamente a las entidades de pago y de dinero electrónico como sujetos obligados a facilitar información fiscal, al mismo nivel que las entidades financieras tradicionales.

En este contexto, se redefine el modelo 170 para que incluya cualquier sistema de pago que opere mediante tarjetas físicas o virtuales, dinero electrónico o números de teléfono móvil, como es el caso de Bizum.

Qué cambia exactamente a partir de enero de 2026

Uno de los cambios más relevantes es la eliminación del umbral mínimo de 3.000 euros. Hasta ahora, las entidades solo estaban obligadas a informar a Hacienda de operaciones que superaran esa cantidad. Con la nueva normativa, cualquier importe será comunicado.

Además, la periodicidad de la información cambia de forma sustancial:

  • Se elimina el límite de 3.000 euros para informar de operaciones.

  • La información sobre cobros y pagos pasa de ser anual a mensual.

  • Se refuerza el control sobre empresas y autónomos que utilicen Bizum u otros sistemas similares.

En la práctica, esto significa que cualquier cobro que una empresa o un autónomo realice a través de Bizum —aunque sea por un importe reducido— quedará reflejado en el informe mensual que la plataforma deberá remitir a la Agencia Tributaria.

A quién afectan estos cambios: empresas y autónomos

La reforma afecta directamente a profesionales, autónomos y empresas que utilicen Bizum como medio de cobro. La información que se trasladará a Hacienda incluirá, entre otros datos, la identificación completa del profesional, el número de teléfono o comercio asociado al sistema de cobro, el importe facturado mensualmente y la cuenta bancaria vinculada.

También se diferenciarán los cobros realizados mediante tarjeta y los asociados a pagos móviles, lo que permitirá a la Administración contar con una trazabilidad mucho más detallada de la actividad económica.

¿Qué pasa con los Bizum entre particulares?

Uno de los aspectos que más inquietud ha generado entre los usuarios es si Hacienda controlará los Bizum entre amigos o familiares, como el pago de una cena, un regalo o gastos compartidos. La respuesta es clara: no.

La Agencia Tributaria ha precisado que solo se informará de aquellas operaciones en las que el destinatario tenga un contrato de carácter profesional o empresarial. Por tanto, los Bizum entre particulares quedan excluidos de esta obligación informativa y no se verán afectados por la nueva normativa.

Cambios adicionales en cuentas bancarias y tarjetas

La reforma no se limita únicamente a Bizum. También introduce novedades en la información relativa a cuentas bancarias y tarjetas. En el caso de las cuentas, se mantiene la obligación de comunicar los datos económicos en el último período mensual del ejercicio.

En cuanto a las tarjetas bancarias, se establece la obligación de informar anualmente sobre todas las operaciones realizadas, incluyendo abonos, cargos, recargas, retiradas de efectivo y pagos en establecimientos. Solo quedarán excluidas aquellas tarjetas cuyo volumen anual de operaciones no supere los 25.000 euros, sumando cargos y abonos.

La información remitida a Hacienda incluirá datos como el número de contrato de emisión de la tarjeta, la identificación de los titulares, el tipo de tarjeta, el número total de operaciones, los importes acumulados y la cuenta bancaria asociada.

El objetivo de la reforma fiscal sobre Bizum

Con estas medidas, Hacienda busca disponer de información más precisa y actualizada para prevenir el fraude fiscal y mejorar la eficacia recaudatoria. La Agencia Tributaria ha señalado que ya está enviando comunicaciones informativas a los profesionales para que conozcan con antelación las nuevas obligaciones que entrarán en vigor en 2026.

El uso de Bizum seguirá siendo totalmente legal y válido, pero a partir del próximo año su utilización con fines profesionales estará sometida a un control fiscal mucho más exhaustivo.

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