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Sanidad quiere pedir a los restaurantes que eliminen el vino y la cerveza de sus menús

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Sanidad quiere pedir a los restaurantes que eliminen el vino y la cerveza de sus menús

El borrador de la Estrategia en Salud Cardiovascular del Sistema Nacional de Salud (Escav), que debatirá este miércoles el Consejo Interterritorial de Salud, propone pedir a los establecimientos hosteleros que promuevan la dieta mediterránea en sus menús y que retiren las bebidas alcohólicas, entre las que se encontrarían dos de las más consumidas por los españoles: el vino y la cerveza.

Reducir la incidencia de enfermedades cardiovasculares

Esta propuesta es parte de un amplio plan que tiene como objetivo reducir las enfermedades cardiovasculares, principal causa de mortalidad en España y en el mundo. Específicamente, el documento establece la prioridad de “colaborar con establecimientos de restauración para promover la dieta mediterránea como modelo de alimentación cardiosaludable, sin incluir en ella el consumo de alcohol”

También se propone regular la obligación de los restaurantes de ofrecer agua del grifo gratuitamente (una medida ya incluida en la recién aprobada Ley de Residuos y Suelos Contaminados para una Economía Circular), la potenciación de la actividad física en los centros educativos, la exclusión de productos procesados y alcohol de las máquinas expendedoras o la lucha contra la comida basura, regulando la publicidad de alimentos, bebidas no saludables y alcohol y abaratando, a través de políticas fiscales, el precio de los productos que conforman la dieta mediterránea.

Con esto se busca la “necesaria promoción de intervenciones que reduzcan la incidencia y prevalencia de la enfermedad cardiovascular en nuestro país”. Esto permitirá “mejorar los resultados de la atención primaria sanitaria, así como la rehabilitación y la restauración de la salud, la prevención de la discapacidad y la mejora de la calidad de vida y bienestar de los pacientes y sus familiares”

Se trata solo de una recomendación

El Ministerio de Sanidad ha aclarado en un comunicado que “la estrategia establece recomendaciones de hábitos saludables y no contempla prohibiciones de ningún tipo. Por tanto, es falso que se vaya a eliminar de los menús del día bebidas como el vino o la cerveza”.

Desde el Ministerio presidido por Carolina Darias han señalado, además, que el documento ha sido “aprobado por unanimidad del Comité Institucional formado por representantes de todas las comunidades autónomas y ciudades autónomas, y también del Comité Científico, del que forman parte diversas sociedades científicas”

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¿Cuándo se puede hacer la declaración de la Renta? Todas las fechas clave que debes conocer

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La declaración de la Renta 2026 es el trámite mediante el cual los contribuyentes regularizan el IRPF correspondiente al ejercicio 2025. Aunque para muchos es un procedimiento rutinario, cumplir con los plazos es fundamental para evitar recargos, no perder devoluciones y poder elegir la forma de pago más conveniente.

La campaña arranca oficialmente en abril de 2026 y se extiende hasta finales de junio, con diferentes fechas según la vía elegida para presentar la declaración: online, telefónica o presencial.

¿Qué se declara en la Renta 2026?

En esta campaña se declaran los ingresos, rendimientos y deducciones obtenidos durante 2025. El resultado puede salir:

  • A pagar

  • A devolver

  • Cero

Planificar con antelación permite revisar los datos fiscales, recopilar certificados y decidir si conviene presentar una declaración individual o conjunta, una opción que, según expertos fiscales, suele ser rentable en la mayoría de los casos.

Fechas clave de la declaración de la Renta 2026

Estas son las fechas oficiales que debes marcar en el calendario según el Calendario del Contribuyente de la Agencia Tributaria:

  • 8 de abril de 2026:
    Inicio de la presentación por Internet de la Renta 2025 y Patrimonio 2025.

  • 6 de mayo de 2026:
    Comienza la presentación de la declaración por teléfono.

  • 1 de junio de 2026:
    Arranca la atención presencial en oficinas de la Agencia Tributaria.

  • 25 de junio de 2026:
    Fecha límite para presentar la declaración con resultado a pagar si se domicilia el ingreso.

  • 30 de junio de 2026:
    Fin del plazo general para presentar la Renta 2025 y Patrimonio 2025, tanto a devolver como a pagar (sin domiciliación).

  • 5 de noviembre de 2026:
    Vencimiento del segundo plazo si se ha optado por el pago fraccionado.

Ojo con la domiciliación del pago

Uno de los errores más habituales es pensar que el plazo es el mismo para todos los casos. Si la declaración sale a pagar y se domicilia el importe, hay que presentarla antes del 25 de junio. En cambio, si no se domicilia o el resultado es a devolver, el plazo se extiende hasta el 30 de junio.

Consejos para no cometer errores

  • Revisa los datos fiscales nada más empezar la campaña

  • Comprueba si te conviene declaración conjunta o individual

  • No apures los plazos si vas a domiciliar o fraccionar el pago

  • Guarda justificantes y certificados por si Hacienda los solicita

 


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