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Sanidad recomienda no consumir productos de ‘Sabores de Paterna’ distribuidos en la Comunitat

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MADRID/VALÈNCIA, 12 Sep. – La Comunitat Valenciana, Andalucía, Castilla y León, Extremadura, Cataluña, Madrid, Navarra y Cantabria, son las comunidades autónomas donde han sido distribuidos los productos retirados de ‘Sabores de Paterna’, y que «aún no han sobrepasado la fecha de consumo», según ha informa este miércoles la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), dependiente del Ministerio de Sanidad, que ha recomendado a las personas que en su domicilio tengan algún producto de esta marca se abstengan de consumirlos y lo devuelvan al punto de venta.

En la distribución también figura una ciudadana alemana que adquirió el producto para consumo propio, según informa la actualización de la alerta del Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI), dada a conocer este miércoles tras la notificación trasladada por las Autoridades Sanitarias de la Comunidad Autónoma de Andalucía.

Esta información ha sido trasmitida por el Sistema Coordinado de Intercambio Rápido de Información (SCIRI) a los puntos de contacto de la Red de Alerta de las comunidades autónomas, que están procediendo a la retirada de los productos.

También se ha notificado al resto de Estados miembros a través de la red de alerta europea (Rapid Alert System for Food and Feed – RASFF) como ‘información para atención’, al efecto de que se pueda realizar el adecuado seguimiento de esta alerta.

No obstante, mantienen que, «con la información disponible», no se ha confirmado ningún caso humano de listeria asociado a esta alerta. No obstante, la AESAN recomienda, en el caso de haber consumido este producto y presentar alguna sintomatología compatible con listeriosis, acudir a un centro de salud.

Este sábado Sanidad ordenaba la retirada del mercado de todos los productos de la empresa gaditana debido a la alerta alimentaria por listeriosis «en aplicación del principio de precaución». Motivo por el que, la empresa que debe retirar del mercado todas las existencias del producto de cualquier naturaleza «e indicar a sus clientes la orden de no vender estos, debiendo acreditarle las cantidades en existencias y el compromiso de no comercialización».

Fuente: (EUROPA PRESS)

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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