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Sanidad reduce a 5 meses el plazo para recibir la tercera dosis y la amplía a mayores de 18

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La dosis de refuerzo sube la inmunidad: 2 de cada 3 sanitarios no se contagia

Las personas vacunadas con dos dosis podrán recibir el pinchazo de refuerzo cinco meses después de la segunda inoculación, y no seis, como hasta ahora, según ha aprobado este jueves la Comisión de Salud Pública. Además los contagiados por covid-19 deben cumplir otra condición: que hayan transcurrido cuatro semanas como mínimo desde que dieron positivo.

La ministra de Sanidad, Carolina Darias, ha indicado que la decisión de acortar los plazos responde a la «evidencia científica» sobre la reducción de la eficacia de las vacunas. «Los científicos nos están diciendo que las vacunas comienzan a perder efectividad a partir del quinto mes», ha señalado Darias.

La Comisión de Salud Pública, en la que están representadas las comunidades autónomas y el Ministerio de Sanidad, ha aprobado la tercera dosis de la vacuna contra la COVID-19 a todas las personas mayores de 18 años. Darias ha detallado que la incorporación de nuevos grupos hasta llegar a los 18 años se hará de forma progresiva. Una vez se complete el refuerzo en los mayores de 40, el último grupo aprobado hasta ahora, podrán recibir la tercera dosis quienes tienen entre 30 y 40 años (comenzando siempre por los de mayor edad) y posteriormente, el resto de los adultos, siempre «priorizando a personas con condiciones de riesgo y aquellas que hace más tiempo que recibieron la primovacunación», explica el ministerio.

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Sancionan a un guardia civil por emborracharse en Moncloa y hacerle ‘un calvo’ al escolta de Pedro Sánchez

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guardia civil Moncloa calvo escolta Sánchez
Fachada del Edificio del Consejo en el Complejo de La Moncloa | Foto: Pool Moncloa/Borja Puig de la Bellacasa. La Moncloa, Madrid -

El Tribunal Supremo ha ratificado la sanción disciplinaria impuesta a un agente de la Guardia Civil que consumió alcohol durante su turno de trabajo en el complejo de la Moncloa y realizó un gesto obsceno al jefe de escoltas del presidente del Gobierno, Pedro Sánchez.

La Sala de lo Militar ha confirmado la pérdida de veinte días de haberes con suspensión de funciones, al considerar acreditados los hechos y proporcional la sanción por una falta grave cometida en el ejercicio de sus funciones.

Los hechos ocurrieron durante un turno de trabajo en Presidencia del Gobierno

Según recoge la sentencia, los hechos se produjeron el 1 de abril de 2022, cuando el guardia civil acudió a su turno de tarde tras haber consumido dos cervezas y varios pinchos en una cafetería. El agente tenía asignada la vigilancia del gimnasio del personal de seguridad de Presidencia del Gobierno, una instalación situada en el complejo de la Moncloa.

Durante su servicio, un brigada y un cabo accedieron a la sala de cardio con una botella de ginebra, algo que el agente permitió pese a estar expresamente prohibido. Además, el propio guardia civil consumió alcohol, bebiendo combinados de ginebra con refresco.

El gesto al jefe de escoltas de Pedro Sánchez

Horas después, alrededor de las 19:00 horas, un subinspector de Policía y el jefe de escoltas del presidente del Gobierno accedieron al gimnasio. Según los testimonios recogidos en la causa, encontraron al guardia civil con síntomas evidentes de embriaguez.

En ese momento, el agente sancionado se bajó los pantalones y mostró el trasero, mientras bailaba y se colocaba en cuclillas, una conducta que quedó reflejada en los hechos probados de la sentencia del Tribunal Militar Central, ahora confirmada por el Supremo.

El Supremo rechaza el recurso del agente sancionado

El Tribunal Supremo ha desestimado todos los argumentos presentados por el guardia civil en su recurso, rechazando que se haya vulnerado su presunción de inocencia, el derecho de defensa, el principio de legalidad o la proporcionalidad de la sanción.

La Sala subraya que existen numerosas declaraciones testificales coincidentes que acreditan que el agente presentaba fuerte olor a alcohol, voz pastosa, frases incoherentes y un comportamiento inadecuado para alguien que se encontraba de servicio. Incluso uno de los testigos reconoció haber consumido bebidas alcohólicas junto al sancionado.

Conducta “indigna” de un guardia civil

En su resolución, el alto tribunal considera especialmente grave que el agente estuviera de servicio bajo los efectos del alcohol, incumpliendo las normas del recinto que debía vigilar, y califica su comportamiento como “incorrecto, irrespetuoso e indigno de un guardia civil”.

El Supremo concluye que la sanción impuesta es adecuada a la gravedad de los hechos, teniendo en cuenta que ocurrieron en el lugar de trabajo, dentro de un espacio vinculado directamente a la seguridad de la Presidencia del Gobierno.

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