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Segundo muerto en Noruega y otro en Suecia tras recibir la vacuna de AstraZeneca

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Copenhague, 18 mar (EFE).- Las autoridades noruegas confirmaron este jueves la muerte de una segunda persona y las suecas de otra por graves complicaciones tromboembólicas tras recibir la vacuna de AstraZeneca contra la covid-19.

Noruega ha registrado en total seis casos con un cuadro clínico inusual que incluye baja cantidad de plaquetas, coágulos en vasos sanguíneos y hemorragias, similar al detectado en varios países.Un grupo de médicos del Hospital Universitario de Oslo había anunciado horas antes que la reacción inmunológica de la vacuna de AstraZeneca es la causante de las trombosis que sufrieron tres sanitarios ingresados el fin de semana en ese centro, uno de ellos muerto el pasado domingo.

«Hemos hecho varios hallazgos que pueden explicar la evolución clínica de los pacientes. Esos hallazgos respaldan nuestra hipótesis de que tuvieron una fuerte respuesta inmunológica que provocó la formación de anticuerpos, que pudo activar a su vez las plaquetas y causar los trombos», dijo Pål André Holme, jefe del equipo médico.

NORUEGA MANTIENE LA SUSPENSIÓN DE LA VACUNA

La Agencia Europea del Medicamento (EMA) aseguró este jueves que no ve evidencias de que la vacuna tenga relación directa con los casos de tromboembolismo detectados en todo el continente y consideró seguro que se siga usando, aunque no se ha descartado del todo que pueda haber una conexión.

Varios países como Italia o España han confirmado que reanudarán la vacunación con AstraZeneca, pero no así Noruega, que continuará estudiando los episodios registrados en este país.

«Estamos analizando de forma detallada si hay una relación entre la vacuna y los casos. Estudiaremos el análisis de la EMA e informaremos del nuestro a finales de la próxima semana», dijo la directora del Instituto de Salud Pública, Camilla Stoltenberg.

DINAMARCA Y SUECIA TAMBIÉN MANTIENEN LA SUSPENSIÓN

Dinamarca, el primer país en suspender hace una semana el uso de la vacuna de AstraZeneca, mantiene también esa decisión.

La Agencia del Medicamento danesa informó hoy de que se han registrado en total diez casos con trombosis después de recibir la vacuna, aunque no se ha determinado todavía si hay una conexión.

Las autoridades danesas comunicaron hace unos días la muerte de una mujer menor de 60 años con un cuadro clínico inusual.

Su equivalente sueca confirmó hoy la muerte de otra mujer de unos 60 años y sin dolencias previas con un cuadro clínico similar y otro caso sospechoso que está siendo investigado.

Suecia, que fue uno de los últimos países en sumarse a la suspensión de AstraZeneca, comunicó además que esa decisión se mantendrá por un tiempo.

«La Agencia de Salud Pública necesita algunos días para analizar la situación de cómo se puede usar la vacuna en Suecia», dijo su director, Johan Carlson.

España reanudará la próxima semana la vacunación con AstraZeneca

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El permiso de 4 días que muchos trabajadores desconocen: cuándo puedes faltar al trabajo por lluvias y cobrar el sueldo

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ÚLTIMA HORA LLUVIAS

Las lluvias intensas, las inundaciones y los fenómenos meteorológicos adversos pueden impedir que miles de trabajadores lleguen con seguridad a sus puestos de trabajo. En estos casos, la legislación española contempla un permiso retribuido de hasta cuatro días cuando desplazarse hasta el centro de trabajo resulte imposible o implique un riesgo grave.

Este derecho está recogido en el artículo 37.3.g) del Estatuto de los Trabajadores y fue incorporado tras la DANA de 2024. La norma establece una protección específica ante situaciones meteorológicas adversas y otras emergencias que impidan el desplazamiento.

¿Puedo faltar al trabajo si llueve mucho?

No significa que cualquier día de lluvia permita automáticamente faltar al trabajo.

El permiso se puede aplicar cuando no sea posible acceder al centro de trabajo o utilizar las vías necesarias para llegar hasta él debido a recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de desplazamiento establecidas por las autoridades competentes.

También se contempla cuando existe una situación de riesgo grave e inminente, incluidas las provocadas por una catástrofe o por un fenómeno meteorológico adverso.

Por tanto, una lluvia habitual no activa por sí sola este permiso. Debe existir una situación que haga imposible o peligrosa la movilidad en los términos establecidos por la legislación.

Hasta 4 días de permiso retribuido

Cuando se cumplen las condiciones previstas en el Estatuto de los Trabajadores, la persona trabajadora puede disfrutar de hasta cuatro días de permiso retribuido.

Durante ese periodo, la ausencia está justificada y no supone perder el salario. La medida está diseñada especialmente para situaciones en las que acudir físicamente al puesto de trabajo no es seguro o no resulta posible por las condiciones meteorológicas y de movilidad.

La norma establece expresamente que el permiso puede utilizarse cuando las circunstancias impidan acceder al centro de trabajo o transitar por las vías necesarias para llegar hasta él.

¿Qué ocurre si la emergencia dura más de cuatro días?

Los cuatro días no significan necesariamente que el trabajador tenga que regresar al puesto aunque continúe existiendo la situación de peligro.

El propio Estatuto establece que, una vez transcurridos los cuatro días, el permiso se prolongará mientras permanezcan las circunstancias que lo justificaron. Al mismo tiempo, la empresa puede recurrir a mecanismos como la suspensión del contrato o la reducción de jornada por fuerza mayor cuando se mantenga la imposibilidad de acceder al centro de trabajo.

Por tanto, si las vías continúan afectadas por inundaciones, cortes o restricciones oficiales, la situación laboral puede pasar a estar regulada mediante otros mecanismos de fuerza mayor.

¿Y si puedo trabajar desde casa?

La legislación también contempla el trabajo a distancia cuando la actividad sea compatible con esta modalidad y las comunicaciones permitan mantener el trabajo.

En ese supuesto, la empresa puede establecer el trabajo a distancia y debe cumplir las obligaciones previstas en la normativa correspondiente, incluyendo el suministro de los medios, equipos y herramientas necesarios.

Esto permite diferenciar entre dos situaciones: cuando el trabajador no puede desplazarse y debe acogerse al permiso previsto por la ley, y aquellos puestos en los que la actividad puede mantenerse mediante teletrabajo.

¿Qué dice exactamente el Estatuto de los Trabajadores?

El artículo 37.3.g) recoge el derecho a hasta cuatro días cuando exista imposibilidad de acceder al centro de trabajo o de transitar por las vías necesarias como consecuencia de recomendaciones, limitaciones o prohibiciones de desplazamiento de las autoridades, o cuando exista un riesgo grave e inminente derivado, entre otros supuestos, de un fenómeno meteorológico adverso.

La misma regulación establece que, si las circunstancias continúan después de esos cuatro días, el permiso puede prolongarse hasta que desaparezcan las causas que lo originaron.

Un derecho especialmente importante durante episodios de lluvias torrenciales

Este permiso laboral adquirió especial relevancia después de la DANA de octubre de 2024, que provocó graves problemas de movilidad y afectó a numerosos municipios de la Comunitat Valenciana.

El Gobierno incorporó entonces esta protección específica al Estatuto de los Trabajadores mediante el Real Decreto-ley 8/2024, modificando también las reglas relativas a la fuerza mayor temporal.

Además, la normativa reconoce a la representación legal de los trabajadores el derecho a ser informada por la empresa sobre las medidas previstas cuando se activan alertas por catástrofes y otros fenómenos meteorológicos adversos.

Lo importante: no hay que confundir lluvia con imposibilidad de desplazamiento

La existencia de precipitaciones, por sí sola, no concede automáticamente cuatro días libres pagados.

El derecho está vinculado a circunstancias concretas: restricciones o recomendaciones oficiales de desplazamiento, imposibilidad de acceder al centro de trabajo o un riesgo grave e inminente relacionado con el fenómeno meteorológico.

Por eso, ante episodios de lluvias torrenciales, inundaciones o alertas meteorológicas, los trabajadores deben consultar las indicaciones de las autoridades y las instrucciones comunicadas por su empresa antes de desplazarse.

La clave

Hasta cuatro días de permiso retribuido cuando un fenómeno meteorológico adverso impide o hace peligroso acudir al trabajo en las condiciones previstas por el Estatuto de los Trabajadores. Si la situación continúa, la protección puede prolongarse y pueden entrar en juego medidas de fuerza mayor o el trabajo a distancia.

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