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Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

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Sucesos

La Policía investiga los chats de Fortnite y Roblox tras el suicidio de un niño de 9 años en Valencia

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Un niño coge la pistola de su padre y mata a su compañero tras perder en un videojuego

El Grupo de Menores analiza si el menor pudo ser víctima de acoso, abusos o inducción al suicidio a través de plataformas de juego online

La Policía Nacional ha abierto una investigación exhaustiva para esclarecer las circunstancias que rodean la muerte de un niño de 9 años que se quitó la vida durante la madrugada del día de Navidad en un municipio de la provincia de Valencia. Especialistas del Grupo de Menores (Grume) están revisando los chats de los videojuegos Fortnite y Roblox, plataformas en las que el menor tenía perfil propio y participaba de forma habitual.

El objetivo de los agentes es determinar si en esos espacios de comunicación online existió algún tipo de acoso, abuso o instigación al suicidio, un delito tipificado en el artículo 143 del Código Penal, que contempla penas de hasta ocho años de prisión. La investigación se centra especialmente en los mensajes intercambiados dentro de los juegos, donde conviven usuarios adultos y menores sin filtros plenamente eficaces.

Volcado del móvil y análisis digital

Por orden judicial, la Policía también ha solicitado el volcado completo del teléfono móvil del menor. Según fuentes del caso, en el dispositivo no se localizó inicialmente ningún mensaje de despedida ni indicios claros que explicaran la decisión, por lo que el análisis del contenido digital se considera clave para avanzar en la investigación.

Hasta el momento, el suceso continúa sin una explicación evidente. La familia ha asegurado que el niño no sufría acoso escolar, no había sido castigado recientemente y no mostraba señales de tristeza, aislamiento o cambios de conducta. Tanto en el entorno familiar como en el escolar lo describen como cariñoso, comunicativo y bien integrado, además de tener un rendimiento académico normal para su edad.

Sin antecedentes ni señales de alarma previas

Los progenitores, divorciados desde hace tiempo, han coincidido en que el menor no atravesaba ninguna situación conflictiva. Durante las vacaciones navideñas se encontraba pasando los días estipulados con su padre, con quien mantenía una relación normalizada. La separación temporal de su madre, con la que iba a reencontrarse días después, no había generado inquietud ni rechazo.

El niño tampoco estaba bajo tratamiento médico ni psicológico, ni había manifestado interés recurrente por la muerte, otro de los factores de alerta que suelen vigilarse en conductas suicidas en menores.

Los hechos ocurrieron tras la cena de Nochebuena

Según la reconstrucción policial, la familia había celebrado la Nochebuena con normalidad. El menor se fue a dormir esperando abrir los regalos al día siguiente. Horas más tarde, alrededor de las cuatro de la madrugada, un adulto entró en su habitación y descubrió que no estaba en la cama. Tras una búsqueda por la vivienda, se dio aviso al 112.

Minutos después de una primera llamada alertando de la desaparición, se produjo una segunda comunicación solicitando asistencia médica urgente tras localizar al menor sin vida. Los servicios de emergencia confirmaron el fallecimiento y activaron el protocolo judicial.

Autopsia y causa judicial abierta

La Policía Científica recogió pruebas en el domicilio y el cuerpo fue trasladado al Instituto de Medicina Legal de València, donde la autopsia confirmó que se trató de una muerte violenta no accidental, compatible con una acción voluntaria, a falta de pruebas complementarias.

El caso permanece bajo investigación judicial y policial. Los agentes del Grume continúan analizando el entorno familiar, escolar y digital del menor para determinar si fue víctima de algún delito físico o virtual, o si existió una influencia externa que pudiera haber precipitado la tragedia.

Aumento de la preocupación por el suicidio infantil

Aunque el suicidio en menores de 15 años es estadísticamente poco frecuente, los expertos alertan de un incremento de casos desde la pandemia, especialmente entre 2021 y 2022. Este repunte ha reabierto el debate sobre la exposición temprana de los niños a redes sociales y videojuegos con funciones de chat sin supervisión suficiente.


📞 Atención y ayuda

El teléfono 024, del Ministerio de Sanidad, atiende las 24 horas a personas con ideación suicida y a sus familiares. El servicio es gratuito, confidencial y no deja rastro.
En caso de emergencia inmediata, se debe llamar al 112.

 

 

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