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Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

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Sucesos

Cuatro heridos y detenidos tras una reyerta con armas blancas en Valencia junto al Pont de Fusta

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reyerta Valencia Pont de Fusta

La pelea, ocurrida de madrugada, dejó varios heridos por arma blanca y acabó con cuatro arrestos por riña tumultuaria, lesiones y robo con violencia

Una reyerta con armas blancas en Valencia, ocurrida durante la madrugada del pasado sábado en las inmediaciones del Pont de Fusta, se ha saldado con cuatro personas heridas y cuatro detenidas, que posteriormente quedaron en libertad tras pasar a disposición judicial. Los hechos tuvieron lugar sobre las 4:30 horas, entre el Pont de Fusta y el Puente de la Trinidad, una zona muy concurrida durante las noches de fin de semana.

En la pelea se vieron implicados dos hermanos de origen venezolano, de 23 y 25 años, y un grupo de al menos cuatro varones de origen árabe, según fuentes policiales. Todos ellos acabaron arrestados por su participación en una riña tumultuaria con uso de armas blancas, además de por delitos de lesiones y robo con violencia.

Dos hermanos, los más afectados tras el ataque

Los dos hermanos venezolanos fueron los que resultaron heridos de mayor gravedad y tuvieron que ser trasladados al Hospital Arnau de Vilanova de Valencia. Presentaban cortes en brazos, manos y muslo, y uno de ellos sufría además dos pinchazos en el tórax, presuntamente causados con un destornillador.

A su llegada al lugar, los agentes de la Policía Local de València localizaron a los dos jóvenes con lesiones por arma blanca, quienes manifestaron haber sido atacados por varias personas armadas con navajas y un destornillador.

Botellas rotas y armas blancas en el escenario de la pelea

Durante la inspección de la zona, los policías hallaron botellas de cristal rotas y el mango partido de una navaja, lo que confirmó la violencia del enfrentamiento. Según las primeras investigaciones, el origen de la reyerta estaría relacionado con un incidente previo ocurrido esa misma noche.

Al parecer, los dos hermanos habrían causado daños en una peluquería y en otro local propiedad de uno de los implicados, lo que habría desencadenado el enfrentamiento posterior en la vía pública.

Dos arrestados más por robo con violencia

En el transcurso de la intervención policial, también fueron detenidos un hombre de 37 años de nacionalidad argelina y otro de 34 años de origen marroquí, quienes presentaban fracturas en una mano y diversas contusiones derivadas de la pelea. Ambos fueron atendidos en un centro hospitalario.

Además, a estos dos arrestados se les imputó un delito de robo con violencia, ya que portaban un reloj y un teléfono móvil que presuntamente habían sido sustraídos durante la reyerta.

Por otro lado, se constató que uno de los hermanos venezolanos tenía en vigor una reclamación judicial, lo que también fue puesto en conocimiento de la autoridad judicial.

Los cuatro implicados, en libertad tras pasar a disposición judicial

Los cuatro detenidos fueron puestos a disposición del Juzgado de Instrucción número 19 de Valencia, en funciones de guardia, que acordó su libertad mientras continúa la investigación. La causa sigue abierta por delitos de riña tumultuaria, lesiones y robo con violencia.

La Policía continúa analizando los hechos para determinar con exactitud la responsabilidad de cada uno de los implicados en una pelea que volvió a sembrar la alarma en la madrugada valenciana.

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