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Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

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Fallas 2026: 13 detenidos por uso indebido de pirotecnia y más de 60 sanciones en Valencia

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La Policía Nacional ha detenido a 13 personas durante las Fallas 2026 por delitos relacionados con el uso indebido de material pirotécnico, en un dispositivo especial de seguridad en València.

Balance policial de las Fallas 2026 en València

Durante la celebración de las Fallas de Valencia, la Policía Nacional ha llevado a cabo un amplio dispositivo de seguridad que se ha saldado con 13 detenidos y más de 60 propuestas de sanción por el uso inadecuado de material pirotécnico.

Los arrestados, hombres de entre 22 y 41 años, están acusados de delitos como daños, desórdenes públicos, atentado a agente de la autoridad y lesiones, tras conductas que pusieron en riesgo a ciudadanos durante las celebraciones.

Intervención de material pirotécnico y sanciones

Además de las detenciones, los agentes han intervenido numerosos artefactos pirotécnicos y han levantado 60 propuestas de sanción por infracciones relacionadas con la Ley de Seguridad Ciudadana.

El uso indebido de pirotecnia ha sido uno de los principales focos de actuación policial durante estas fiestas, especialmente en zonas con gran afluencia de público.

Dispositivo especial con más de 1.400 agentes

El operativo de seguridad ha contado con la participación de alrededor de 1.400 agentes, que han realizado más de 10.800 servicios operativos durante el desarrollo de las fiestas.

Entre las unidades desplegadas destacan:

  • Unidades de Intervención Policial (UIP)
  • Grupo Operativo Especial de Seguridad (GOES)
  • TEDAX (desactivación de explosivos)
  • Caballería y Unidad Aérea
  • Guías caninos
  • Unidades de prevención y reacción

Además, se ha contado con la colaboración de agentes internacionales de la Politie Nederland, integrados en patrullas mixtas en el marco de cooperación europea.

Mayoría de detenidos extranjeros

Según fuentes policiales, una parte significativa de los detenidos procede de países europeos como Alemania y Países Bajos, lo que ha llevado a reforzar la coordinación internacional durante el dispositivo.

Incidentes destacados durante las Fallas

Entre los incidentes más relevantes, destaca la detención de varios individuos que lanzaban material pirotécnico contra ciudadanos en zonas concurridas, así como desde habitaciones de hotel, provocando alarma social, daños materiales y lesiones.

En uno de los casos, un agente resultó herido tras ser alcanzado por artefactos pirotécnicos durante una intervención policial.

Objetivo: garantizar unas Fallas seguras

El dispositivo policial se ha desarrollado con el objetivo de garantizar el normal desarrollo de las Fallas, proteger a los ciudadanos y prevenir delitos habituales durante estas fechas, como actos vandálicos o infracciones relacionadas con el patrimonio.

La coordinación entre cuerpos de seguridad, emergencias y entidades públicas ha sido clave para mantener el orden público durante uno de los eventos más multitudinarios de la Comunitat Valenciana.

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