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Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

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Sucesos

Tragedia en Benicàssim: muere un menor de 16 años tras ahogarse en la playa

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Muere menor ahogado Benicàssim
Hospital General de Castellón - CSIF - Archivo

Un menor de 16 años ha fallecido tras sufrir un ahogamiento en la playa de Benicàssim, en la provincia de Castellón, en un suceso que ha vuelto a poner el foco en la seguridad en el entorno marítimo, especialmente en los meses de mayor afluencia.

El incidente se produjo este martes alrededor de las 17:00 horas en la zona comprendida entre las playas de Els Terrers y Torre Sant Vicent, según ha informado el Centro de Información y Coordinación de Urgencias (CICU).

Intento de reanimación y traslado hospitalario

Hasta el lugar se desplazó una unidad del SAMU, cuyo equipo médico practicó maniobras de reanimación cardiopulmonar (RCP) al joven.

Los sanitarios lograron recuperar inicialmente sus constantes vitales, por lo que fue trasladado de urgencia al Hospital General de Castellón. Sin embargo, pese a los esfuerzos médicos, el menor falleció posteriormente.

Este trágico suceso ha generado conmoción y recuerda la importancia de extremar las precauciones en playas y zonas de baño.

Ahogamientos en playas: un riesgo creciente en España

Los ahogamientos en playas, piscinas y espacios acuáticos continúan siendo una de las principales causas de muerte accidental, especialmente entre menores y jóvenes.

Factores como:

  • corrientes marinas
  • cansancio físico
  • imprudencias
  • ausencia de vigilancia
    pueden aumentar considerablemente el riesgo en el agua.

En zonas abiertas como el mar, incluso nadadores con experiencia pueden verse sorprendidos por condiciones cambiantes.

Cómo evitar ahogamientos en la playa

Ante este tipo de tragedias, los expertos insisten en la importancia de la prevención. Estas son algunas de las recomendaciones clave para evitar ahogamientos:

🏖️ Respetar las banderas de seguridad

  • Bandera verde: baño permitido
  • Bandera amarilla: precaución
  • Bandera roja: prohibido bañarse

Ignorar estas señales es uno de los errores más comunes.

👀 No bañarse solo

Especialmente en el caso de menores, es fundamental estar acompañado y bajo supervisión constante.

🌊 Evitar zonas peligrosas

Las corrientes, cambios bruscos de profundidad o zonas sin vigilancia aumentan el riesgo.

🧒 Vigilancia constante de menores

Los niños y adolescentes deben estar siempre controlados por adultos, incluso si saben nadar.

⏱️ Evitar el baño tras comer o con fatiga

El cansancio o la digestión pueden provocar mareos o pérdida de fuerza en el agua.

📱 Actuar rápido en caso de emergencia

Ante cualquier señal de peligro, es fundamental avisar inmediatamente a los servicios de emergencia (112) o a los socorristas.

Qué hacer ante un posible ahogamiento

Saber cómo reaccionar puede salvar vidas. Los expertos recomiendan:

  • No lanzarse al agua sin preparación si hay riesgo
  • Avisar a socorristas o emergencias
  • Sacar a la persona del agua si es seguro
  • Iniciar maniobras de RCP si no respira

La rapidez de actuación es clave en este tipo de situaciones.

Importancia de la prevención en playas de la Comunitat Valenciana

Con la llegada de la temporada de primavera y verano, las playas de la Comunitat Valenciana comienzan a registrar un aumento de visitantes.

Casos como el ocurrido en Benicàssim refuerzan la necesidad de:

  • reforzar la vigilancia
  • concienciar sobre los riesgos
  • fomentar la educación en seguridad acuática

La prevención sigue siendo la herramienta más eficaz para evitar tragedias.

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