Síguenos

Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

Publicado

en

La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

Advertisement
Click para comentar

Tienes que estar registrado para comentar Acceder

Deja un comentario

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.

Sucesos

Investigan la muerte de una niña de 4 años tras caer desde un quinto piso en Calpe

Publicado

en

Tres detenidos por asesinato a tiros en Torrevieja

La Guardia Civil ha abierto una investigación para esclarecer las circunstancias que rodearon la trágica muerte de una niña de 4 años que cayó accidentalmente desde un quinto piso en la localidad alicantina de Calp. Los hechos ocurrieron durante la madrugada del pasado domingo 7 de septiembre.

Según ha informado el diario Información y han confirmado fuentes del instituto armado a Europa Press, la menor sufrió una caída desde el balcón de un apartamento situado en una planta alta de un edificio residencial. A raíz del impacto, fue trasladada de urgencia a un centro hospitalario, donde permaneció varios días ingresada en estado crítico. Finalmente, falleció el pasado viernes a causa de las graves lesiones sufridas.

¿Cómo ocurrió la caída en Calpe?

De acuerdo con la información publicada por medios locales, el accidente tuvo lugar alrededor de las cinco de la madrugada. En el momento de la caída, la niña se encontraba acompañada únicamente por otros dos menores: un bebé de un año y una adolescente de 14 años, prima de la víctima, quien presuntamente estaba al cuidado de los más pequeños. No había ningún adulto presente en el domicilio cuando ocurrió el trágico suceso.

La Policía Judicial de la Guardia Civil ha asumido la investigación del caso con el objetivo de determinar si hubo negligencia o responsabilidad por parte de los adultos encargados de la tutela de los menores en ese momento.

Investigación en curso

Aunque las primeras hipótesis apuntan a una caída accidental, los agentes siguen recabando testimonios y revisando posibles pruebas que permitan esclarecer con precisión cómo y por qué se produjo el suceso. Hasta el momento, no se han comunicado detenciones ni cargos relacionados con el caso.

Seguridad infantil y supervisión

Este incidente ha vuelto a poner sobre la mesa la importancia de la supervisión de menores, especialmente en entornos de riesgo como viviendas en altura. Las autoridades insisten en la necesidad de tomar todas las medidas de seguridad posibles, como instalar barreras en ventanas y balcones, y nunca dejar a menores solos sin la vigilancia de un adulto responsable.

Puedes seguir toda la actualidad visitando Official Press o en nuestras redes sociales: Facebook, Twitter o Instagram y también puedes suscribirte a nuestro canal de WhatsApp.


Continuar leyendo