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Sucesos

Siete años de cárcel a un enfermero por abusar de una paciente en la sala de reanimación

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La Sala de lo Penal del Tribunal Supremo ha elevado a siete años de prisión la condena de cuatro años y seis meses impuesta por la Audiencia Provincial de Barcelona a un enfermero por abusar sexualmente de una paciente que estaba en la sala de reanimación tras ser operada en un hospital de Barcelona.

La sentencia estima el recurso del Ministerio Fiscal y agrava la pena porque considera que no hubo ningún tipo de consentimiento y que el condenado se aprovechó de la situación de vulnerabilidad en la que se encontraba la víctima, debido a la intervención, y de su superioridad respecto a ella para cometer el delito.

Los hechos ocurrieron en el Hospital del Sagrado Corazón de la Ciudad Condal el 31 de octubre de 2012. La mujer, de 42 años de edad, se encontraba en dicha sala recuperándose de una operación en la que le habían quitado la vesícula. El enfermero de quirófano, de nacionalidad brasileña, aprovechó que en la estancia estaban sólo la víctima, que acababa de despertar de la anestesia, y otra paciente dormida, y, “con decidido propósito de satisfacer su apetito sexual”, se acercó a la cama y le metió los dedos en la vagina. Sorprendida por lo ocurrido, la mujer le preguntó por qué lo hacía, a lo que él respondió que era para que pudiese orinar. Después, volvió a repetir los tocamientos y le palpó sus genitales. Al darse cuenta la paciente de que la actuación del condenado nada tenía que ver con la atención médica, intentó evitar que se repitieran cruzando las piernas.

De acuerdo con la fiscalía, la Sala Segunda modifica la sentencia de la Audiencia Provincial de Barcelona que había aplicado un tipo atenuado de abuso sexual –artículo 181.3 Código Penal- al apreciar que en este caso hubo consentimiento viciado de la víctima.

El Tribunal Supremo indica que el abuso sexual se produce frente a una víctima que no consiente el ataque realizado por el acusado. “No se trata de un consentimiento viciado por una relación de superioridad derivado de la situación porque el relato fáctico no describe un consentimiento viciado, sino que el ataque se realiza sobre una víctima que no llega a consentir, que no llega a expresar un consentimiento siquiera viciado a la introducción de miembros corporales y al manoseo posterior”, subraya la sentencia.

Añade que el relato fáctico es claro en la descripción del suceso; “absolutamente inconsentida” por lo que hay que aplicar el artículo 181.1 del Código Penal, ausencia del consentimiento, en lugar del 181.3, vicio en el consentimiento, como hizo la sentencia recurrida.
Como consecuencia de ello, la sentencia, de la que ha sido ponente el magistrado Andrés Martínez Arrieta, aplica las agravaciones referidas a la situación de vulnerabilidad de la víctima y el prevalimiento por el acusado de la situación de superioridad.

Sobre la vulnerabilidad de la víctima por la situación, afirma la sentencia, que el hecho de que estuviera despierta le permitió ser consciente del ataque sufrido y oponer una resistencia a la conducta que trataba de repetir, pero “no resta la condición de vulnerabilidad de quien se halla en una dependencia de cuidados especiales y necesarios después de la intervención a la que había sido sometida”.

También considera aplicable a este caso la agravación relativa al prevalimiento por la superioridad del enfermero, ya que la ausencia de consentimiento es aprovechada por quien se encuentra en situación de superioridad como garante del cuidado de la víctima.

La sentencia desestima el recurso de casación interpuesto por el condenado en el que sostenía que se había vulnerado su derecho a la presunción de inocencia por haber valorado el tribunal la declaración que prestó en sede policial. Sin embargo, la Sala Segunda responde a este motivo afirmando que la Audiencia Provincial de Barcelona no tuvo en cuenta esa declaración, en la que admitió el hecho de la denuncia, sino la declaración de la víctima y otras de referencia como la del marido de ésta, la de la enfermera de planta y la del encargado del servicio de enfermería.

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Sucesos

La menor de 14 años encontrada muerta habría dejado una nota antes de suicidarse

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Violación baños supermercado Valencia

La Policía Nacional continúa investigando el suicidio de Ángela, una adolescente de 14 años hallada sin vida este domingo en su vivienda de Arroyo de la Miel, en Benalmádena. Según informan fuentes policiales y medios locales, la menor habría dejado una nota con información clave antes de quitarse la vida, mientras los investigadores analizan su móvil y tablet para esclarecer los hechos.

El suceso se produjo alrededor de las 00:15 horas del domingo, tras lo que la familia denunció su desaparición el día anterior al no recibir respuesta a llamadas ni mensajes. Finalmente, el hallazgo del cuerpo fue confirmado por el propio hermano de la víctima en el sótano del domicilio familiar.

Sin constancia de acoso escolar

La consejera andaluza de Desarrollo Educativo y Formación Profesional, María del Carmen Castillo, ha confirmado que no consta que la menor sufriera acoso escolar ni que existieran protocolos abiertos por conductas autolíticas en el IES Benalmádena. El instituto, por su parte, ha señalado que Ángela era una alumna activa en el centro y que había sido elegida portavoz de su curso, sin registros de bullying según algunas compañeras.

Castillo ha detallado que la inspección educativa está trabajando para determinar si el sistema educativo tuvo algún papel en la situación y que se hará todo lo posible por esclarecer las causas del fallecimiento de la adolescente.

Investigación en dispositivos electrónicos

Las autoridades han iniciado un volcado de datos del teléfono móvil y la tablet de la menor, con el objetivo de analizar conversaciones y archivos que puedan aportar información sobre su estado emocional y los factores que condujeron al suicidio.

Apoyo a familiares y recursos de ayuda

El caso ha conmocionado a la localidad y la sociedad en general. Tanto el Gobierno como los servicios educativos han expresado su apoyo a familiares y amigos de la víctima. Además, se recuerda que las personas con pensamientos suicidas pueden recibir ayuda especializada en cualquier momento llamando al 024, y que ante situaciones de emergencia también está disponible el 112.

El Ministerio y expertos en salud mental insisten en que los suicidios suelen ser el resultado de múltiples factores psicológicos, biológicos y sociales, y que muchas situaciones pueden prevenirse con atención temprana y apoyo adecuado.

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